Cerrar cuentas bancarias sin ir al banco, ¿es posible?

Foto: CollegeDegrees360

Cristian Vázquez

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Abrir una cuenta bancaria parece cada vez más fácil. En los últimos años, las nuevas tecnologías y el desarrollo de la banca digital han abierto una posibilidad que hasta no hace tanto sonaba descabellada: acceder a una cuenta sin necesidad de acudir a ninguna oficina física, a distancia, por internet. Sin embargo, su contrapartida -cerrar una cuenta- es un trámite que aun hoy, en la mayoría de los casos y pese a las limitaciones impuestas por la pandemia de COVID-19, mantiene sus dificultades de antaño. 

Hacerlo sin necesidad de desplazarse hasta alguna sucursal del banco en cuestión sigue siendo, por ahora, unaalternativa infrecuente. La mayoría de los bancos exigen que el titular de la cuenta (o todos los titulares, si se trata de una cuenta compartida) se presenten en una oficina para realizar este trámite. Algunos incluso plantean el requisito de acudir no a cualquier sucursal, sino a aquella en la cual, en su momento, se abrió la cuenta.

Bancos que permiten cerrar la cuenta sin ir a la oficina

Los bancos que en general sí permiten el cierre de cuentas a distancia –por teléfono o por internet– son los que no tienen oficinas de atención al público, explica Gabriel Rodríguez, uno de los fundadores y responsables del comparador de productos financieros SinComisiones.org. Es decir, los llamados neobancos, como N26, Revolut o Bnext. Y también otros que sí tienen oficinas, pero muy pocas, como EVO Banco, que solo mantiene abierta una sucursal en Madrid.

Algo similar ocurre con un banco digital como Openbank, que permite cerrar una cuenta sin necesidad de desplazarse hasta ningún lugar físico oficina. Lo que puede resultar llamativo es que Openbank pertenece al grupo Santander, que desde luego tiene cientos de oficinas en todo el país y exige presentarse en una de ellas para poder cancelar una cuenta. Algo que sucede también con el BBVA, La Caixa, Bankia y demás bancos grandes y de funcionamiento tradicional.

Esto sucede, en buena medida, porque no existe una normativa específica que establezca cómo debe ser el procedimiento para el cierre de cuentas bancarias. Cada entidad, por lo tanto, puede determinar sus propias normas en este sentido. Debido a ello, en el momento de cancelar su cuenta, el cliente debe “someterse a lo acordado en el contrato”, según explica el Portal del Cliente Bancario (PCB) del Banco de España.

Una alternativa para cerrar la cuenta por correo postal

El mismo PCB apunta que, si el contrato “no recoge la obligación de tener que solicitar por un determinado procedimiento la cancelación” de la cuenta, “podrán usarse medios alternativos” para solicitar el cierre. En tal caso, se puede recurrir a “un escrito con la firma original de los titulares, enviado por correo certificado con acuse de recibo o por burofax a la sucursal donde se abrió la cuenta, o a través del medio que proporcione la entidad”.

Un envío como ese, por correo postal, puede ser una solución en casos en que la distancia geográfica, una enfermedad o algún otro problema haga muy difícil o imposible que el titular de la cuenta se traslade hasta la oficina del banco. En tal caso, puede suceder que desde la entidad se indique al cliente que, además del escrito firmado, el envío incluya tarjetas, libretas, talonarios de cheques u otra documentación.

En cualquier caso, Gabriel Rodríguez, del citado portal SinComisiones.org, cree que la tendencia es que los bancos evolucionarán hacia un modelo en el que cerrar una cuenta sea tan sencillo como abrirla, pues considera que la situación actual (que sea muy fácil de abrir y difícil de cerrar) es “injusta y abusiva”. 

Lo que tiene que suceder –señala– es que los bancos sean capaces de decir: “Igual que te abres una cuenta en cinco minutos, la cierras en diez. No quiero que la cierres, y voy a hacer lo posible para que no la cierres, pero te doy la posibilidad de que lo hagas”.

Pasos para cerrar una cuenta bancaria

Es importante saber que, aunque una cuenta quede en cero y sus titulares no realicen movimientos con ella, permanecerá activa. Y en el futuro podría generar gastos por comisiones, costos de mantenimiento, etc. Por lo tanto, si se va a dejar de utilizar, lo más conveniente siempre es cerrarla. 

El Portal del Cliente Bancario (PCB) del Banco de España puntualiza que “podemos cancelar nuestra cuenta en cualquier momento, sin necesidad de preaviso alguno y la entidad deberá cancelarla antes de transcurridas 24 horas desde nuestra solicitud”. 

Pero antes de esa gestión hay que realizar algunos pasos. Se detallan a continuación.

  • Corroborar que no existe un compromiso de permanencia. Este compromiso se estipula en algunos contratos a cambio de un beneficio financiero o un regalo material en el momento de abrir la cuenta, sobre todo en el caso de las cuentas nómina. De todos modos, aunque todavía esté vigente el periodo de permanencia, es posible cerrar la cuenta, pero el cliente debe pagar una penalidad (establecida en el mismo contrato). En función de ello, ha de valorar si le conviene realizar el trámite en ese momento o esperar a que ese lapso finalice.
  • Cancelar todas las deudas. Por supuesto, ninguna entidad financiera permite que un cliente se desvincule de ella si todavía le tiene que pagar algún monto, por mínimo que sea. En este punto entran todas las posibles comisiones bancarias, incluso una comisión por el propio cierre de la cuenta (no todos los bancos la cobran, pero algunos sí).
  • Desvincular los recibos domiciliados. De este modo, se evitan dos riesgos. Por un lado, que queden impaga alguna cuota o algún servicio. Por el otro, que a último momento un pago a último momento genere un descubierto y bloquee el cierre de la cuenta.
  • Dejar la cuenta en cero. Esto se puede realizar de dos maneras: por medio de una transferencia a otra cuenta o retirarlo en efectivo. Si se opta por una transferencia, de nuevo hay que tener cuidado de que este trámite no genere gastos de gestión y, en consecuencia, que la cuenta quede con saldo negativo, pues esto impedirá el cierre.

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