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Seguros para aparatos electrónicos: ¿merece la pena contratarlos o es suficiente la garantía legal?

Los productos reacondicionados suelen costar menos que los dispositivos nuevos

Inés Aguerri Alonso

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Móviles, ordenadores, tabletas, relojes inteligentes, etc. La dependencia de estos dispositivos, así como el elevado coste de alguno de ellos hace que cada vez sean más los compradores que optan por contratar un seguro en busca de proteger a sus pertenencias de acontecimientos inesperados.   

Pero antes de sumar este seguro de aparatos electrónicos a nuestra lista de gastos, siempre viene bien plantearnos las siguientes preguntas que nos ayudarán a saber en qué ocasiones nos compensa o no contratarlo o si nos es suficiente con la garantía legal de los productos.

¿Tengo suficiente con la garantía legal?

Según el Real Decreto Legislativo 7/2021 aprobado el 27 de abril de 2021, a partir del uno de enero de 2022, de los dos años obligatorios anteriores se pasó a una garantía legal de tres años para los productos adquiridos desde esa fecha, y como mínimo, un año para aparatos de segunda mano.

La garantía legal cubre la devolución, reparación, rebaja del precio o resolución del contrato de manera gratuita, siempre y cuando sea consecuencia de fallos de fabricación y se solicite en los plazos señalados. 

Existe también la garantía comercial que, como explica la OCU, “es la que voluntariamente ofrece el vendedor o el fabricante para dar un nivel de protección mayor que el de la garantía legal”. Para poder reclamar la garantía, en ambas es importante conservar la factura de compra.

Sin embargo, la garantía legal contempla exclusiones que, precisamente, suelen ser las más comunes en los daños sufridos en un aparato electrónico: se pierde la garantía si el producto ha sufrido daño por caídas o de manera fortuita, así como la sustitución de piezas debido al desgaste o deterioros estéticos de uso cotidiano.

También si ha sido desmontado o reparado por una empresa o particular ajeno a la que se compró el producto o si se han utilizado accesorios que no sean los originales. Tampoco prevé ni incluye las revisiones periódicas, de mantenimiento o la instalación del producto.

¿Me ofrece el seguro alguna ventaja respecto a la garantía legal?

Hoy en día se puede contratar el seguro de móvil con la propia operadora o hacerlo a través de portales especializados con una duración que suele ser de un año renovable.

Depende de la aseguradora, también se puede contratar por días o meses y existen otros en los que se pueden activar y desactivar las coberturas en cualquier momento.

La diferencia principal entre el seguro y la garantía legal es que, normalmente, el primero se utiliza con motivo de extender la garantía, pues esta, aunque cubre los defectos de fábrica, no cubre otros factores como los ya señalados.

Las coberturas básicas de la mayoría de los seguros incluyen rotura de pantalla y robo, pero solo cuando media la violencia. Sin embargo, existen coberturas adicionales que harán variar el precio, como daños por líquidos y agua, daños accidentales por caída, averías, hurto…

Según un informe de la firma de servicios posventa OnsiteGo, “alrededor del 71% de los casos de reparación de teléfonos móviles están relacionados con daños en la pantalla”, siendo esta la parte más cara de arreglar después de la placa base. 

Reparar la pantalla de un iPhone oscila entre los 200 y 300 euros; la de un Samsung, entre los 100 y 250. Todo dependerá de la marca y del modelo, por lo que si el móvil es de última gama y hemos invertido bastante dinero en él, es probable que merezca la pena asegurarlo, pues cuanto más novedoso sea el modelo, más costarán sus arreglos individuales. 

Cierto es que el coste de arreglar la pantalla no es tan alto como el precio del seguro, que en móviles de gama media suele rondar los 150 euros. La diferencia es que el precio de la pantalla atañe solo a un arreglo y esos 400 euros nos cubren de muchos más imprevistos durante todo un año.

Eso sí, como explica Jaime Clemente, desarrollador de aplicaciones Web y programador Senior en Viewnext, “el coste del seguro anual puede variar dependiendo del producto que se quiera cubrir y el valor de este. No es lo mismo cubrir un móvil de 70 euros con una cobertura limitada que un portátil de 2500 euros con una cobertura total”. 

¿A qué debemos prestar atención antes de contratar uno?

Atención a la letra pequeña

La letra pequeña, en ocasiones, acoge diversas limitaciones. En este tipo de seguros, por ejemplo, se pueden establecer importes máximos de indemnización o coste de reparación, límites de antigüedad o limitaciones según el daño. 

Además,  en algunos casos se trabaja con franquicias, un porcentaje o tasa fija que será pagada por la aseguradora mientras que de la otra parte del porcentaje se hace cargo el asegurado. 

Piénsalo, no te precipites

Muchos de los consumidores optan por contratar un seguro en el mismo punto de venta movidos por la necesidad de asegurar un aparato en el que acaban de invertir una gran cantidad de dinero.

Esto provoca no tener tiempo de comparar opciones y actuar de manera precipitada. Según Clemente, “debemos pararnos a pensar antes de contratarlo porque, por ejemplo, en el caso de disponer de un seguro de hogar, lo normal es que ya tengamos alguna cobertura como robo”.

O en el caso de que el móvil deje de funcionar sin motivo alguno, este es cubierto por la garantía legal obligatoria del producto, por lo que añadir esos servicios al seguro sería un gasto adicional innecesario.

La inmediatez no está siempre a la orden del día

Tendrás que tener en cuenta que, normalmente, los seguros no actúan de forma inmediata y pueden pasar varios días sin disponer del aparato electrónico porque el proceso de peritaje para comprobar la incidencia suele ser largo. Además, el tomador deberá presentar además de la factura de compra, pruebas según el accidente, denuncias de robo, etc. 

Sin embargo, “hay seguros que te dejan un móvil mientras realizan el peritaje y lo reparan, lo que encarece el precio del seguro”, explica Clemente. De hecho, buscar un seguro con esta cláusula es recomendable si el trabajo del tomador depende del aparato en cuestión, para no quedarse sin método de trabajo hasta que se realice el peritaje. 

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