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La lista más votada

El expresidente del Gobierno Felipe González, durante su participación en un acto de su fundación en Cáceres.

Javier Pérez Royo

4 de julio de 2023 22:39 h

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¿Quién gana unas elecciones? ¿La lista más votada o la que es capaz de configurar una mayoría parlamentaria que permita no solo la investidura del candidato que encabeza dicha lista sino que le permite gobernar después?

La respuesta cae por su propio peso. Gana quien puede gobernar y pierde quien no puede. En consecuencia, la monserga de la lista más votada carece de todo sentido. 

¿Por qué en España la sacamos a relucir periódicamente, como si realmente fuera un argumento con consistencia suficiente desde una perspectiva democrática como para poner en fuera de juego a quien no esté de acuerdo con dicha afirmación?

Pues la sacamos a relucir porque “la lista más votada” ha sido una norma constitucional no escrita durante más de 30 años desde la entrada en vigor de la Constitución. Hemos vivido más años de vigencia de la Constitución de 1978 con ese añadido no escrito que sin el mismo.

La lista más votada fue una norma constitucional no escrita para las elecciones generales exclusivamente. No lo fue desde el primer momento para las elecciones municipales. De haber estado vigente esa norma no escrita para estás últimas, UCD habría ocupado las Alcaldías de la mayor parte de las capitales de Provincia, empezando por Madrid y siguiendo por todas las capitales de Andalucía menos Córdoba y Málaga y muchas más. El PSOE tuvo uno de sus peores resultados en las primeras elecciones municipales en 1979, pero el PCE-PSUC tuvo el mejor. Se cerraron pactos con carácter general entre ambos partidos y ello le permitió al PSOE convertir en una victoria institucional inmensa lo que había sido un mediocre resultado electoral. A nadie se le ocurrió en aquel momento hacer uso del argumento de la lista más votada, poner en cuestión la legitimidad de los gobiernos municipales y calificarlos de gobiernos de perdedores.

Pero para las elecciones generales, la norma no escrita sí estuvo en vigor. Era el corolario del “bipartidismo dinástico” que se prefiguró a través de la Ley para la Reforma Política de 1976 y el Real Decreto-ley de marzo de 1977 sobre normas electorales para elegir las Cortes Generales el 15 de junio de dicho año. Unas Cortes que, aunque no fueron convocadas como Constituyentes, acabaron siéndolo como consecuencia del resultado electoral. Dichas Cortes harían suyas tanto la composición de las Cortes Generales contenida en la Ley para la Reforma Política como el sistema electoral configurado en Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno preconstitucional presidido por Adolfo Suárez. 

Con la combinación del contenido de ambas normas se pretendía poner en marcha un sistema bipartidista imperfecto, porque uno perfecto no es posible sin eliminar a los nacionalismos catalán y vasco. Pero uno imperfecto de acuerdo con el cual se alternarían en el poder la derecha (UCD y PP) y la izquierda (PSOE) sin necesidad de tener que formar coalición con nadie, sí era un objetivo que se podía alcanzar. Y de hecho funcionó durante más de treinta años. Para que así fuera era imprescindible que los dos únicos partidos de gobierno, PSOE y PP, aceptaran “la norma no escrita de la lista más votada”.

El momento decisivo en que se comprobó que era así fue el de las elecciones generales de 1996. La composición del Congreso de los Diputados fue la siguiente: 156 PP, 141 PSOE, 21 IU, 16 CiU, 5 PNV, 4 CC, 2 HB, 2 BNG, 1 ERC, 1 EA, 1 UV. Con ese resultado José María Aznar fue investido presidente del Gobierno, porque Felipe González impuso, se autoimpuso primero e impuso después a los demás, la vigencia de la lista más votada. Y además impuso que se hiciera en una investidura en la que José María Aznar recibiera la mayoría absoluta en la primera votación, venciendo la resistencia de Jodi Pujol, que había propuesto que fuera investido en segunda votación con la abstención de todos los demás partidos. La propuesta de Jordi Pujol era una aceptación de la lista más votada con la boca chica. La de Felipe González era una aceptación de la misma sin reserva de ningún tipo. De esta manera el PSOE confirmaba su opción constituyente de ser un partido “dinástico”.

Desde diciembre de 2015 la norma no escrita de la lista más votada dejó de estar en vigor. Y ha dejado de estarlo, porque el PSOE no ha dejado de ser un partido dinástico de manera inequívoca, pero tampoco continúa siéndolo como lo fue anteriormente. La lista más votada exige que el candidato que se convierte en presidente del Gobierno no solamente cuenta con mayoría de investidura, sino también con mayoría de gobierno. Es lo que tuvo José María Aznar en 1996. Dejó muy claro que, si CiU le retiraba la confianza no aprobando presupuestos, disolvería las Cortes y convocaría elecciones anticipadas.

Desde 2015 no ha sido así tras los resultados de todas las elecciones generales. La única ocasión en que la lista más votada sin más se ha traducido en mayoría de investidura fue la de Mariano Rajoy en julio de 2016. Se consiguió con la abstención del PSOE, previa renuncia a la Secretaría General y al escaño de diputado de Pedro Sánchez, pero sin que dicha abstención implicara apoyo ulterior al presidente del Gobierno para que pudiera gobernar. 

El resultado fue la parálisis del sistema político. Cayó en desuso el principio de anualidad presupuestaria y las Cortes Generales dejaron de ejercer la potestad legislativa. La única preocupación del Gobierno era mantener intacta la “interpretación sumamente conservadora de la Constitución” que se había impuesto con la mayoría absoluta de 2011 a 2015. El Gobierno no aprobaba proyectos de ley, sino que se limitaba a boicotear las proposiciones de ley aprobadas por los partidos en la oposición, que tenían mayoría parlamentaria, pero que no podían traducirla en mayoría de Gobierno por el conflicto independentista catalán. Mariano Rajoy se limitó a hacer uso de la facultad de oponerse a la tramitación de proposiciones de ley que supongan aumento de gastos o disminución de ingresos, impugnándolas todas ante el Tribunal Constitucional. La parálisis del sistema previsto en la Constitución era absoluta.

De dicha parálisis se saldría con el retorno de Pedro Sánchez a través de la aprobación de una moción de censura en la que se constató que había una mayoría de gobierno alternativa a la de la derecha, mayoría que se ha visto revalidada desde entonces en las dos elecciones generales de 2019 y que está a la espera de lo que ocurra el 23 J.

La lista más votada ha dejado de ser una norma. Tratar de imponerla supone la parálisis sistémica. Era una suerte de cláusula de cierre, no de la Constitución, sino del “Régimen” (ahora sí) del 78, que dejó de existir en las elecciones europeas de 2014. De ahí vino la abdicación de Juan Carlos I, la no renovación de los órganos constitucionales para los que se exige una mayoría reforzada que coincide con la de la reforma de la Constitución y todos los desbarajustes en la Constitución Territorial, de los que todavía no hemos salido, ni sabemos como salir, porque la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010 sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Catalunya destruyó el pacto constituyente de acuerdo entre el Parlament y las Cortes Generales más el referéndum de ratificación por los ciudadanos a los que la reforma va dirigida, sin que sepamos de qué manera podremos sustituirlo. 

Esto no puede no saberlo Felipe González. 

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