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La semana del Tribunal Constitucional

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Aunque las miradas están en este momento puestas en la guerra entre Irán e Israel y Estados Unidos, por un lado, y en el Tribunal Supremo (Ábalos, Koldo y Santos Cerdán), por otro, el protagonismo de la semana le va a corresponder al Tribunal Constitucional, que tiene previsto resolver el recurso interpuesto por los diputados del PP contra la Ley de Amnistía.

Desde que se conocieron los resultados de las elecciones del 23 de julio de 2023, estuvo claro que no habría investidura sin los escaños obtenidos por Junts. El peor resultado electoral de Junts lo situaba en una posición estratégica para decidir la investidura, ya que sus siete escaños resultaban imprescindibles.

Dado que el resultado en las elecciones al Parlament tampoco había sido satisfactorio para Junts y que era imposible impedir que Salvador Illa fuera proclamado president de la Generalitat, únicamente quedaba la aprobación de una Ley de Amnistía como contraprestación para contar con ellos en la investidura de Pedro Sánchez, aunque en teoría también de Alberto Núñez Feijóo.

Aun en las peores condiciones para ellos, el resultado de Junts subrayaba que la Constitución material de España tiende a reflejarse en un empate entre las derechas y las izquierdas que resuelven los nacionalismos catalán y vasco, aunque fundamentalmente el primero, ya que el número de escaños en Catalunya es muy superior al del País Vasco.

Legislatura de la Amnistía, pues, es lo que sentenciaron las urnas. Tanto es así, que la Ley de Amnistía presidió el debate de las dos investiduras con que ha contado la legislatura.

En la primera, en la de Alberto Núñez Feijóo –que exigió al Rey, de manera constitucionalmente muy discutible, ser el primer candidato propuesto para abrir el debate inicial de la legislatura–, la Ley de Amnistía estuvo presente en negativo. No existía en ese momento ningún proyecto o proposición de ley de amnistía, pero el candidato del PP decidió centrar en esa proposición de ley no existente su discurso de investidura. Sabiendo que no iba a ser investido, iniciaba la operación de embarrar el terreno de juego con la finalidad de que no hubiera partido en el mejor de los casos, o de que resultara muy difícil jugarlo por parte del posible candidato del PSOE en el peor.

En la segunda, en la de Pedro Sánchez, la Ley de Amnistía estuvo presente en positivo. La ley de la gravedad también opera en la política y un asunto de tanta envergadura como es el de la (re)integración de Catalunya en el Estado no se puede resolver mediante el indulto, que es un acto de Gobierno, sino que tiene que resolverse mediante la amnistía, que es un acto de las Cortes Generales. Tiene que ser el órgano constitucional “que representa al pueblo español” (art. 66.1 CE), el que tiene que dar la respuesta política de una manera jurídicamente ordenada.

La resistencia a dicha respuesta parlamentaria ha sido de una ferocidad enorme. No ha habido, posiblemente, ninguna ley desde la entrada en vigor de la Constitución que haya sido sometida a un debate de tanta intensidad. No solamente se ha debatido en las Cortes Generales, sino también en los Parlamentos Autonómicos, en los municipios, en el Consejo General del Poder Judicial, en las Universidades e incluso en la Comisión de Venecia, a la que el PP acudió pensando que le iba a dar la razón.

Una vez aprobada la Ley por las Cortes Generales hemos asistido a una resistencia a la aplicación de la misma por el Tribunal de Cuentas, que ha llegado a plantear incluso una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuya decisión se conocerá en septiembre, pero que se sabe ya, a pesar del juego sucio practicado por un funcionario en retirada del PP, que no hay contradicción entre la Ley de Amnistía y el Derecho Europeo.

También hemos asistido a una rebelión por parte de la Sala Segunda del Tribunal Supremo a aplicar la ley en los términos en que ha sido aprobada por las Cortes Generales. Rebelión practicada de manera constitucionalmente esperpéntica, ya que dictó, en primer lugar, un Auto en el que se decía que no se tenía duda respecto de la constitucionalidad de la Ley en lo que a la tipificación del delito de malversación se refiere, siempre que se lo interpretara de manera contraria a la voluntad general expresada por el legislador. A continuación, elevó una cuestión de inconstitucionalidad, en la que no hablan los magistrados que la interponen, sino que hacen un refrito de las opiniones vertidas en contra de la misma por miembros de la comunidad académica. Algo insólito de lo que no existe precedente alguno.

Según esta interpretación, la Ley es constitucional respecto del delito de malversación, con lo que se pretende defender la sentencia de la propia Sala Segunda mediante la que se condenó en noviembre de 2019 a Oriol Junqueras y otros consellers así como a la presidenta del Parlament y otros miembros de la Mesa del Parlament, por un lado, y dar cobertura al juez Pablo Llarena, por otro, para que pueda mantener activa su orden de detención contra Carles Puigdemont. Es anticonstitucional en todo lo demás. De ahí la elevación de la cuestión de inconstitucionalidad.

En el mundo del derecho el orden de los factores sí altera el producto. Y el desorden de la decisión de la Sala Segunda así lo hace. Después de actuar de esta manera, el presidente de la Sala Segunda se permite escribir un libro en el que sostiene la tesis de que la Justicia está AMENAZADA (sic) en España. Libro que está siendo presentado con la alabanza de los palmeros usuales en estos casos en diversos rincones de la geografía española. La paja en el ojo ajeno…

A pesar de todos los pesares, la proposición de ley de amnistía recorrió todo el íter parlamentario y ha recorrido el íter jurisdiccional constitucional, al que se va a poner fin esta semana.

Sin la constitucionalidad de la Ley de Amnistía, la legislatura habría sido completamente estéril. Con su constitucionalidad se convierte en una legislatura sumamente fructífera, ya que permite volver a traer al terreno de la política a su máximo nivel el problema más importante con el que ha tenido que enfrentarse el constitucionalismo democrático en nuestro país, como afirmó Azaña en el debate sobre el Proyecto de Estatuto de Autonomía para Catalunya en 1932. No sé si la integración de Catalunya en España será fácil o difícil de resolver, pero lo que sí sé es que la democracia española no puede subsistir sin resolverlo. Todavía estamos en esas.