La cosecha de aceite de oliva se dispara y Competencia reclama no retirar producto del mercado porque daña al consumidor
La campaña de aceite de oliva se presenta significativamente mejor que la anterior, por lo que el Ministerio de Agricultura ha abierto la puerta a la retirada, aunque temporal, de producto con el objetivo de evitar que los precios se desplomen y dañen al sector productor. Un paso que aún no se ha decidido, pero que Competencia ha criticado porque puede perjudicar a los consumidores.
En cuanto a la campaña en sí, los primeros datos publicados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación apuntan a una producción media-alta, de más de 1,6 millones de toneladas, lo que supone un aumento del 23% respecto a la cosecha anterior. Así, el aforo puede llegar hasta los 2 millones, con el producto que aún hay en stock.
Ante esas cifras, el ministro Luis Planas abrió hace unos días la puerta a la activación de la norma que permite una retirada temporal de aceite, con el objetivo de evitar que los precios se hundan y los agricultores no puedan cubrir sus costes de producción. Se trata de activar el artículo 167 bis de la Organización Común de Mercado (OCM), un mecanismo que España ha impulsado ante la Comisión Europea para lograr esa citada estabilidad en los precios.
La decisión, de retirar o no temporalmente aceite, la tomaría Agricultura en noviembre. Planas pidió hace unos días “rigor” y “prudencia” para ver si se activa o no esa medida y recordó que las comunidades autónomas tienen todo el mes de octubre para ajustar sus cifras de aforo de aceite de esta campaña y ya en noviembre se conocerán las cifras de producción definitivas.
“Con todos estos datos, en la primera quincena del mes de noviembre se producirá la toma de decisión por vía de resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados”, aseguró Planas en declaraciones que recoge Europa Press. El responsable de Agricultura recordó que, si se retira aceite, será una “medida extraordinaria”. “No quiero prejuzgar, pero cuando corresponda tomaremos la decisión que corresponda tomar, ya sea proceder a una retirada o, como el año pasado, no hacerlo”, apuntó.
Competencia cree que puede perjudicar al consumidor
Ante esta posibilidad, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó este lunes una valoración a la norma que “busca anticiparse a una posible sobreproducción en la campaña 2026/2027 y establecer criterios para la retirada obligatoria de aceite del mercado ante un exceso de oferta”.
“La medida se activará cuando las existencias iniciales más la producción alcancen al menos el 120 % de la media de los dos niveles más altos de comercialización de las seis últimas campañas. La retirada no podrá superar el 20 % de la producción estimada”, recuerda la CNMC a través de un comunicado.
Competencia cree que “medidas de restricción como esta podrían producir efectos muy negativos sobre la competencia y los consumidores”. En concreto, “limitarían la cantidad de producto disponible en el mercado, afectarían a los precios, la calidad y la variedad de la oferta” y “alterarían el funcionamiento competitivo de la cadena de valor”.
“La eventual aplicación de la medida debe basarse en un diagnóstico completo del mercado”, apunta Competencia. “Por ello, se aconseja cuantificar sus efectos sobre los precios, el consumo, la rentabilidad de los productores y el resto de los operadores de la cadena, especialmente sobre los consumidores de menor renta”.
Y realiza seis recomendaciones. Por un lado, “reforzar la justificación de la medida, con datos de demanda y flujos comerciales que acrediten que la retirada responde a una sobreoferta realmente extraordinaria”. También, “precisar la metodología para determinar el porcentaje de retirada, de modo que el límite del 20 % responda a la mínima restricción necesaria” y “limitar la retirada a las categorías en que resulte necesaria, con una justificación detallada de la libertad de elección otorgada a cada almazara y de sus efectos sobre los distintos segmentos del mercado y consumidores”.
Por otro, insta a “aclarar el alcance de los sujetos obligados, resolviendo la aparente discrepancia respecto a la exclusión de almazaras de pequeña dimensión y estableciendo criterios objetivos y no discriminatorios; definir el plan de control antes de activar la medida y evitar el intercambio de datos sensibles entre operadores; y establecer un proceso de seguimiento con criterios, fases y plazos claros, para ajustar o revocar la medida si cambian las condiciones del mercado”.
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