Euskadi regula en la ley de presupuestos las tasas para la emisión de permisos de trabajo, transferidos desde el 1 de julio

El articulado de la ley de presupuestos de Euskadi para 2026, entregado este jueves al Parlamento Vasco, incorpora una disposición final para regular la asunción por parte de la comunidad autónoma de las competencias relativas a los permisos de trabajo de personas extranjeras, en vigor desde el 1 de julio. En concreto, se contempla una modificación de la ley de tasas para precisar los precios de este tipo de trámites, que son elevados pero que en su mayoría son asumidos por las empresas y que, cuando el sujeto pasivo es un particular, tienen importantes excepciones.

Según las fuentes consultadas, las tasas que se fijan de cara al 1 de enero de 2026 son las mismas que hasta ahora cobraba el Estado y que, subsidiariamente, se están aplicando ahora también en estos primeros meses de gestión del servicio por parte del área de Economía, Trabajo y Empleo del Ejecutivo vasco. Ha sido precisamente en este mes de octubre cuando se ha desarrollado ya un aplicativo informático para que el dinero sea ingresado en la Hacienda vasca, aunque se sigue empleando el sistema estatal Mercurio para la gestión general de los expedientes.

Que las tasas pasen ahora a estar reguladas por una normativa autonómica no es algo menor. Indica que, a partir de ahora, podría darse el caso ya de que el trámite tenga otro coste si se hace ante la Administración autonómica o ante la estatal. La competencia marca que el Gobierno vasco solamente tramitará permisos para empleos en el ámbito de la comunidad autónoma.

Los presupuestos prevén 203,84 euros de tasa por un permiso para trabajadores con una oferta laboral de hasta 33.152 euros anuales, dos veces el SMI, o que se instalen por cuenta propia. Si el salario es superior, el precio asciende a 407,71 euros. La prórroga de la autorización es de 81,54 euros. Hay otras tasas para trabajos de corto período o para la expedición de titulaciones, según prevé la nueva regulación.

Explica este reglamento que los sujetos pasivos son los empleadores o empresarios salvo casos de autoempleo o de “relaciones laborales en el sector del servicio doméstico de carácter parcial o discontinuo, en el que lo será la propia persona física trabajadora”. Pero las exenciones son muy amplias. Se aplican a “personas nacionales iberoamericanas” -no se concreta más-, a filipinos, andorranos, ecuatoguineanos, hijos y nietos de españoles que residan en el extranjero o “personas extranjeras nacidas en España” [sic]. Otro colectivo eximido de las tasas son los sefardíes, herederos de judíos expulsados en España siglos atrás.

Las fuentes consultadas indican que, en la práctica, son las empresas las principales responsables de estos pagos. Desde julio hasta ahora, en cuatro meses de nuevo servicio, se han tramitado del orden de 6.000 expedientes laborales. La inmensa mayoría, más de 5.000, son derivados de la entrada en vigor, en la misma fecha, del nuevo reglamento estatal de extranjería. Son básicamente autorizaciones por arraigo. Otras 600, aproxidamente, sí son permisos para nuevas contrataciones de extranjeros gestionadas en origen. Las hay para la construcción, para servicios del hogar pero también, 25 en concreto, para trabajar como deportista de elite en clubes vascos de fútbol o baloncesto, particularmente, según las fuentes consultadas.

elDiario.es/Euskadi

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