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Rapidshare y Megaupload son la excepción: ¿por qué otros clásicos de las descargas sobreviven?

Después de 10 años de actividad, RapidShare anunció su cierre sin dar explicaciones

Lucía Caballero

Rapidshare fue una empresa de alojamiento de archivos”, reza la Wikipedia. Después del 31 de marzo, los editores de la enciclopedia libre de internet han tenido que cambiar la forma verbal porque Rapidshare ya no 'es', Rapidshare 'fue'. Todo lo que queda de la web es un recuadro azul que anuncia el cese de sus servicios y agradece a los usuarios la comprensión.

“La página ha cerrado por propia voluntad pero después del desgaste de años de acusaciones y presión constante de gobiernos, tribunales y la industria”, explica a HojaDeRouter.com David Bravo, abogado experto en propiedad intelectual. Junto con la de Megaupload, borrada del mapa en 2012, la clausura de este clásico de las descargas ha sido una de las más sonadas.

El caso del portal de Kim 'Dotcom' Schmitz fue diferente: en 2012, el FBI irrumpió en su mansión neozelandesa para detenerle por vulnerar unos derechos de autor valorados en 500 millones de dólares. La web cayó tras él, cerrada “cautelarmente” aunque la vista definitiva aún no se ha celebrado. El alemán sigue en libertad bajo fianza esperando un juicio de extradición a Estados Unidos que ha vuelto a aplazarse hasta septiembre.

El sector de los almacenes virtuales, páginas para compartir archivos en la Red, se ha quedado sin dos de sus estandartes. Sin embargo, aún son muchos los que sobreviven. Según Andy Ramos, también jurista especializado en propiedad intelectual, subsisten “porque hay tantas que todavía no se les ha metido mano”. También influye su fama: “Cuanto más populares se hagan, más riesgo tienen de recibir una demanda. Hay algunas tan pequeñas que no merece la pena ir contra ellas”.

De juicio en juicio

Una vez que han sido señaladas, resulta casi imposible capear la tormenta, incluso cuando no implica detención o cese obligado del servicio. “Desde el punto de vista legal sus casos son defendibles, pero la incertidumbre que provoca ir a los tribunales hace que muchas se lo piensen mejor y terminen despidiéndose”, señala Bravo. “El hecho de que la industria te lleve a juicio implica perder de antemano porque tienes que pagarte toda la defensa para luchar contra un monstruo. La mayoría acaba en la ruina”.

Rapidshare llevaba tiempo resistiendo bajo un paraguas que acabó quebrándose. En 2008, la empresa con base en Suiza perdió un juicio ante GEMA, la sociedad que gestiona los derechos de autor en Alemania, que acusaba a la empresa de vulnerar la propiedad intelectual de varias canciones. Un tribunal de Dusseldorf obligó a sus responsables a analizar todo el contenido del almacén para encontrar las obras sujetas a ‘copyright’. Dos años después, Capelight Pictures señaló a Rapidshare como culpable del mismo delito, aunque esta vez ganó causa: paradójicamente, el mismo tribunal alemán declaró que no era responsable de las infracciones de sus usuarios.

En aquella primera ocasión, GEMA aconsejaba el cierre de la página, alegando que filtrar todo su contenido para evitar la presencia de archivos ilegales era un esfuerzo demasiado grande, que no merecía la pena que siguiera estando operativa.

Pese a la advertencia, la empresa no tiró la toalla, y contrató para lavar su imagen a la firma Dutko Grayling, que ofrece servicios de ‘lobby’. Sin embargo, la relación no duró para siempre. Al principio le sirvió para salir de la lista negra elaborada por las asociaciones de las industrias cinematográfica y musical estadounidenses (la MPAA y la RIAA), en la que también figuraban las desaparecidas The Pirate Bay y Megaupload. El año pasado, poco después de abandonar su alianza, volvió al registro.

A partir de 2012, los almacenes virtuales “tenían miedo de que les pasara lo mismo que a Megaupload”, afirma Bravo. “Rapidshare entró en una especie de psicosis en la que retiraba, a veces incluso por sí mismo, el contenido ilegítimo”. El mismo año del cierre del servicio de Dotcom, sus responsables hicieron público un manifiesto en el que presentaban toda una lista de medidas para combatir la piratería en sus servidores.

En el documento, anunciaban solícitamente que los dueños de los derechos de una obra tendrían carta blanca para retirarla ellos mismos, además de reafirmar su compromiso de actuar ante las denuncias de autores y usuarios.

La respuesta a las denuncias constituye la forma de cumplir con uno de los puntos de las leyes sobre propiedad intelectual: las páginas no son responsables directas de las infracciones de sus usuarios a no ser que tengan “conocimiento efectivo”. Entonces, están obligadas a retirar la obra ilegítima, aunque las cosas no son tan fáciles. “Cada uno lo interpreta de una manera”, dice Bravo.

Estrictamente, el conocimiento efectivo se tiene “cuando un juez ha declarado ilícitos los contenidos”. Sin embargo, letrados y tribunales hacen sus propias cábalas, “aceptan otras vías, como esta de que los usuarios y los titulares señalen las trasgresiones”. También hay quien va más allá y “alega que la propia naturaleza del servicio le da a sus impulsores información suficiente para saber quién hace trampas”, prosigue Bravo.

Cuando las barbas de tu vecino veas cortar…

Para evitar disgustos, muchas páginas siguen el mismo camino que Rapidshare. “Llegan a convenios, tanto públicos como privados, con los titulares de los derechos y sociedades de autores para que puedan borrar directamente los archivos”, explica Bravo. Es el caso de 4Shared, cuyo “programa de exclusión directa” permite a estas organizaciones crear una cuenta y realizar los bloqueos por su cuenta.

En MediaFire no tienen un plan de este estilo. Ellos se reservan “el derecho a determinar qué es perjudicial para sus clientes, operaciones o reputación”. Su departamento de abusos recibe los avisos de vulneración y los investiga. Cada vez que un usuario comete una infracción se le sanciona, y si continúa pueden cerrarle la cuenta, lo mismo que en 4Shared.

Los términos y condiciones de Uploaded estipulan que sus responsables pueden bloquear, eliminar o cambiar la localización de los archivos si violan los derechos de autor, y de nuevo animan a usuarios y autores a denunciar los abusos, aunque no mencionan el cierre de ninguna cuenta.

Independientemente de la estrategia, adoptar esta posición tampoco es motivo suficiente para relajarse. “La industria puede aceptar la medida y mañana iniciar acciones legales porque decide que ya no es eficaz para luchar contra la piratería”, afirma Bravo.

El manifiesto de Rapidshare declaraba que los usuarios tenían la obligación de indicar una dirección de correo válida para identificarlos. Aunque menos sonadas, los ‘uploaders’ también reciben acusaciones porque, a fin de cuentas, son los verdaderos responsables de los delitos. La página prometía además vigilar las webs de enlaces y los foros donde aparecieran referencias a archivos protegidos por 'copyright' alojados en sus servidores.

Todas estas acciones pueden resultar útiles, pero Ramos las considera insuficientes. “Si no quieres que te cierren un servicio como este”, aconseja, “haz como Amazon, Dropbox o Google, que sí ponen medios suficientes para evitar infracciones”.

“El reto de los legisladores ha sido permitir la innovación en los servicios en la ‘nube’ mientras combaten las infracciones a gran escala”, asegura Casey Rae, miembro del consejo de la Coalición para el Futuro de la Música y la Alianza Nacional para la Cultura y el Arte Digital estadounidenses. “Por supuesto que puedes compartir archivos ilícitos en Dropbox, pero la plataforma lo pone más difícil que otras páginas como Megaupload”.

Dropbox impone un máximo de 20GB y 100.000 descargas de ficheros compartidos a través de un hipervínculo para las cuentas gratuitas, y 200 GB sin techo de descargas para las de pago. Si se sobrepasa el límite o los vínculos provocan “cantidades inusuales de tráfico”, los enlaces quedan bloqueados temporalmente (aunque el contenido sigue en el servidor).

Igual que el resto de almacenes, Google Drive, Amazon Web Services y Dropbox eliminan cualquier contenido denunciado por infracción de los derechos de autor. “Los retiran totalmente, no como Megaupload y otras páginas que solo quitaban el enlace asociado al archivo y le daban otro ‘link’ al usuario para que siguiera compartiéndolo”, señala Ramos.

En otra línea de actuación, Dropbox analiza el 'hash' de todos los archivos antes de cifrarlos. Se trata de una sucesión de letras y números que los identifica, y que luego compara con una base de datos donde almacena los de obras originales. Una medida que no resulta efectiva si el ‘uploader’ los cifra antes de subirlos o simplemente los incluye en una carpeta comprimida tipo '.zip'.

Desde 2007, Google hace lo propio en YouTube con su famoso 'content ID', un sistema que identifica los vídeos presuntamente ilegales comparando su 'hash' con el de las obras originales. Cuando coincide, el autor puede decidir si quiere bloquear el contenido, dejarlo sin más o permitir que siga pero cobrar en lugar del 'uploader' el dinero que genere por publicidad. La herramienta, no obstante, vive rodeada de polémica: a menudo arroja falsos positivos que provocan el bloqueo de archivos totalmente legales, incluso compartidos por los propios artistas.

4Shared implementa algo similar a través de su 'programa de ID musical', aunque ellos no se fijan en el código ‘hash’, sino que emplean algoritmos que calculan una especie de huella o ID para cada archivo de audio a partir de su contenido. El programa está basado en la herramienta de 'software' libre Echoprint, que también utiliza Spotify.

Al final, por muchos mecanismos automáticos que se implementen, para saber con certeza si una película, un vídeo o una canción vulneran el ‘copyright’ hay que visualizarlos o escucharlos. Algo que, en la práctica, es inviable. “Este tipo de páginas pueden recibir 200.000 archivos en un día y no existe la capacidad técnica para tal análisis”, indica Bravo. “Ni siquiera YouTube puede hacerlo”.

DepositFiles lo admite en sus términos sobre derechos de autor, declarándose incapaz de indexar la “inmensa cantidad de archivos” que se almacenan en sus servidores. Afirma que filtra el contenido (aunque no el de las cuentas privadas), pero advierte de que no borrará nada si no hay una advertencia previa por parte de un tercero.

Un esfuerzo inútil

La aplicación de tantas medidas antipiratería y de lavado de imagen costaron lo suyo a Rapidshare. Invirtió más de un millón de dólares, perdiendo por el camino al 75% de su plantilla y gran parte de sus clientes, para terminar cerrando. Mientras todo siga como hasta ahora, muchas seguirán sus pasos. “Cada dos o tres años hay una rotación, unas desaparecen y otras surgen”, dice Ramos.

Es una persecución interminable. La única forma de sobrevivir sin amenazas constantes es “pedir permiso a todas las productoras por los derechos o poner medios para evitar las infracciones”, piensa Ramos, “pero esto no es rentable porque los contenidos dejan de atraer a tantos usuarios”.

Por su parte, Bravo opina que la solución pasa por modificar las leyes para que los archivos compartidos reporten los beneficios pertinentes a los autores. Una modificación que implicaría un cambio en el reparto: “No habría que pagar a las sociedades como la SGAE, sino que los ciudadanos contribuirían al Estado para redistribuirlo después entre los autores”.

Con el modelo actual “no hemos eliminado la piratería”, afirma. Al contrario, “cada demanda ha servido para sofisticar las argucias de los usuarios para compartir los contenidos. Cierra una página, pero mañana hay cuatro sistemas alternativos mejores”. Nadie da su brazo a torcer, así que el juego del ratón y el gato continúa. ¿Cuál será la siguiente presa?

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Las imágenes de este artículo son propiedad, por orden de aparición, de Peter Harrison, María Elena y Andrew Allingham

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