11 países europeos respaldan la iniciativa española sobre violencia de género
España ha logrado ya el apoyo de 11 países de la UE para la que será una de las iniciativas más destacadas de su presidencia, la creación de una orden europea de protección de víctimas, que se aplicará sobre todo a las mujeres maltratadas. El objetivo de esta propuesta es que cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que ésta se traslade.
La presidencia española presentó hoy durante la reunión de embajadores de los Veintisiete el texto legal para crear la orden de protección, aunque su contenido no se discutió. Todos los Estados miembros comparten los objetivos de la iniciativa, pero su tramitación se enfrenta a “muchas dificultades técnicas” debido a las diferencias entre los sistemas legales de los Estados miembros, según explicaron fuentes diplomáticas. Así, en algunos países las órdenes de protección las dicta un juez, como en España, mientras que en otros pueden hacerlo autoridades administrativas.
De momento, la iniciativa española cuenta con el respaldo de Bulgaria, Bélgica, Estonia, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, Polonia, Suecia, Rumanía y Portugal, que firman también la propuesta de directiva. Pese a las dificultades, España espera que se apruebe antes de que termine su presidencia el 30 de junio.
En 2008, se dictaron 118.000 medidas de protección para víctimas de delitos. No hay datos disponibles sobre las víctimas que se trasladaron, pero si fuera únicamente el 1% del total ya significaría 1.180 casos al año, según destacan los países promotores de la iniciativa.
La iniciativa pretende garantizar que la persona objeto de la protección reciba en el Estado de ejecución una protección idéntica o equivalente a la que se le habría acordado si la medida de protección se hubiera dictado inicialmente en ese Estado, evitando así cualquier tipo de discriminación.
La orden europea de protección se dictará exclusivamente a instancia de la persona protegida y se basará en las medidas de protección acordadas en el país de origen de la víctima. Entre estas medidas, el texto legal cita la prohibición para el agresor de entrar en localidades o lugares en la que la persona protegida resida, o la prohibición de aproximarse a la persona protegida.
El nuevo instrumento deberá incluir información sobre la identidad de la víctima, el uso de dispositivos electrónicos de protección que se le hayan facilitado en su país de origen y un resumen de los hechos que dieron lugar a la imposición de la orden, así como las medidas de protección concreta y las prohibiciones que deben imponerse al agresor.
Los Estados miembros estarán obligados a reconocer cualquier orden europea de protección que reciban de otro país y a ejecutar inmediatamente sus disposiciones para garantizar la seguridad de la víctima. Los gastos correrán a cargo del país de ejecución. Toda denegación de una orden europea de protección deberá motivarse.
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