Condenan al hincha del Marsella a 3 años y 6 meses de prisión
El Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid ha condenado al aficionado francés del Olympique de Marsella Santos Mirasierra a tres años y seis meses de prisión por los incidentes ocurridos en el estadio Vicente Calderón con motivo del partido que midió al Atlético de Madrid y al Olympique de Marsella el pasado 1 de octubre.
Santos Mirasierra, que fue detenido tras el encuentro, se enfrentaba a la petición de ocho años de prisión solicitada por la Fiscalía de Madrid, cuatro años por el delito de desórdenes públicos, y la prohibición de entrada en los estadios de fútbol por un tiempo de tres años, y otros cuatro por el de atentado en concurso con un delito de lesiones y privación del derecho de sufragio durante la pena, además de dos meses de multa con cuota diaria de 20 euros por una falta de lesiones (1.200 euros).
Finalmente, Santos Mirasierra pagará su delito con tres años y seis meses de prisión como “responsable en concepto de autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad con uso de instrumento peligroso en concurso ideal con un delito de lesiones y como autor de una falta de lesiones”, según reza la sentencia.
El pasado miércoles, en su declaración, Mirasierra aseguró en todo momento que su “intención era colaborar” con la Policía y negó, en un principio, haber empujado a un policía en la grada del Calderón, pero luego confesó que le empujó “para proteger a una mujer”, que estaba herida, y que posteriormente declaró en calidad de testigo, reafirmando las palabras del francés.
En cuanto al lanzamiento de la silla, el aficionado francés fue reconocido como “coautor”, aunque no pudiera identificarse que fuera él mismo quién la lanzase contra la Policía. Esta acción contra el agente del cuerpo Nacional de Policía número 28180 le supone, además, la indemnización de 339,12 euros a dicho agente, y la de 101,74 euros al número 87524, que fue al que le propinó un empujón durante los incidentes en la grada del estadio rojiblanco.
Así, la sentencia refleja que “se considera probado” que Santos estaba en la bocana del fondo norte, aunque “es cierto que no ha quedado probado que materialmente el acusado lanzara esa concreta silla que lesiona al agente”.
Sin embargo, Mirasierra “se encuentra en el grupo de personas que reciben las sillas del exterior y las tiran a los agentes, en estos supuestos, según consolidado criterio jurisprudencial, rige el principio de imputación recíproca que permite la atribución del resultado a todos los intervinientes ejecutivos, son coautores los que realizan una parte necesaria en la ejecución, aunque sus respectivas aportaciones no produzcan por sí solas el acto típico”.
Será por este delito por el que es condenado a tres años y un día de cárcel, mientras que por el otros son los seis meses restantes. Además, Santos Mirasierra, según desprende el fallo dictado por la juez Caridad Hernández García, ha sido multado con una cuota diaria de cinco euros durante 45 días por “la falta de lesiones”. En el caso de impago, el aficionado del Olympique, quien declaró ser “un ultra, pero no un 'hooligan', ni un violento”, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.
No obstante, el lanzamiento de la silla, por el que se le imputan los tres años, era algo que, según el abogado del ultra, Erlantz Ibarrondo, mantenía contradicciones por lo que solicitaba la libre absolución de su patrocinado. “Todos los testigos afirman que Mirasierra no participa en los incidentes”, aseguró.
Por otra parte, la sentencia absuelve a Santos Mirasierra del delito de desórdenes públicos por el que venía siendo acusado con todos los pronunciamientos favorables. El delito por el que el Fiscal ampliaba la petición a ochos años de cárcel.
De esta forma, el inculpado podrá apelar la decisión vertida en la sentencia durante los próximos diez días mediante un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid.
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