La Justicia prohíbe usar dos pisos en Logroño donde se ejercía la prostitución

La Justicia prohíbe usar dos pisos en Logroño donde se ejercía la prostitución

Rioja2

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El Juzgado de 1ª Instancia número 3 de Logroño ha condenado a los propietarios y ocupantes de dos viviendas de un piso en Logroño a cesar “de forma inmediata y definitiva” las actividades molestas desarrolladas en esas viviendas, “privándoles de su derecho de uso y ocupación” durante dos años, como refleja la sentencia a la que ha tenido acceso Rioja2.

La comunidad de propietarios demandó a los propietarios por las molestias causadas por el hecho de que, desde hace años, se ejercía en estos inmuebles la actividad de la prostitución. Según detalla la sentencia, la comunidad mantiene que “estas actividades generan enormes y reiteradas molestias para el resto de los vecinos” y que se encuentran “personas desconocidas en situación de ebriedad o realizando actuaciones incívicas tales como orinar y defecar en el portal del edificio, llamar a los timbres del portero automático a horas intempestivas, etc”. Sostienen que la actividad de prostitución “es una actividad molesta y nociva para el resto de los vecinos y que en todo caso las actividades de estos inmuebles generan molestias a los convecinos”.

Estas quejas fueron remitidas a la Policía y a la Defensora del Pueblo. Los demandados negaron que en los inmuebles se ejerciera la prostitución y ninguna actividad molesta para el resto de los convecinos.

El presidente de la comunidad requirió el cese de estas actividad, “sosteniendo que las molestias para los vecinos son de tal gravedad y entidad, que van más allá de los límites tolerables asumibles por la comunidad, y ello en relación al normal ejército de las relaciones sociales y las pautas ordinarias de la convivencia, manteniendo la privación del uso del piso si bien reduce el tiempo tres meses”. Se acordó el lanzamiento de la parte arrendataria.

También se incluyen en las pruebas documentales informes de la Policía Local de Logroño, que reflejan varias intervenciones de agentes, y también otro de la Policía Nacional, que pone de manifiesto que en un inmueble “se sigue ejerciendo la prostitución” y que “se han observado páginas de Internet con hombres y mujeres que hacen ofertas de favores sexuales y de trabajo referidos al inmueble”.

Se recogen así mismo actas de la comunidad de propietarios en las que un ocupante de uno de los pisos manifiesta que “personalmente pone de su parte para evitar los clientes que acudan a dicha vivienda puedan molestar”, así como quejas de los vecinos “derivadas de las actividades molestas que personas ajenas a la comunidad producen en el inmueble y que se traducen en desperfectos en el mobiliario de la comunidad como puerta, cristales, portero automático, escaleras y ascensores, extintores, cámara de video vigilancia, etc, además de ruidos y comportamientos vandálicos”.

La presidenta de la comunidad manifestó que “los clientes que acceden al inmueble se han hecho pis y heces en el portal” y que en una ocasión “observó fuego en uno de los pisos porque hacían cosas de fuego y aviso a la policía”. No tiene duda de que “se ejerce la prostitución porque cada semana se ven chicos y chicas diferentes y se ve que entran y salen, también en algunas ocasiones han venido borrachos y llaman a cualquier piso y los clientes de los inmuebles incluso algunas ocasiones se dejan las puertas abiertas”.

El empleado de la limpieza de la comunidad de propietarios manifestó que él trabajaba todos los días entre semana por la mañana y que muchas veces ha limpiado “orines y devueltos” en el tramo de escalera del portal al primero.

Atendiendo a todas estas pruebas y teniendo en cuenta que la propiedad no ha adoptado medida alguna, se acuerda el cese de la actividad, dejando claro que la prostitución en sí misma no se considera la causa determinante pero sí las actividad molestas derivadas de la misma.

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