Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja
El presente documento viene a sustituir al Plan Especial de Protección del
Medio Ambiente Natural de La Rioja (PEPMAN). En el presente documento se
recogen una serie de modificaciones, propuestas de nuevas categorías de
espacios... que se pueden ver en el documento con las alegaciones
completas. Sin embargo, el PEPMAN no frenó proyectos de dudosa utilidad
social o pública, ni roturaciones, ni la degradación de nuestros espacios
naturales y las DOT tampoco son una garantía de que a partir de este
momento se garantice y mejore la conservación de nuestro patrimonio
natural.
El Colectivo Ecologista Riojano considera muy positiva la inclusión de una
serie muy amplia de espacios naturales dentro de las DOT. La protección de
alguno de estos espacios, en especial en el ámbito de la Rioja Media,
había sido reivindicada por el CER, desde hacia tiempo, como por ejemplo
la Rad de Varea, el encinar del Cortijo... A lo largo de las alegaciones
solicitamos que se amplíen muchos de los espacios para proteger la
totalidad de los ecosistemas, no dejándolos protegidos en un término
municipal y no en el vecino.
Sin embargo, además de ampliar los límites de algunos espacios o solicitar
como la creación incluso de Reservas Integrales para la Alta Montaña de
Urbión o Demanda, hemos comprobado que las DOT sirven para reducir la
superficie de algunos espacios naturales. Esta reducción frente al PEPMAN
se basa en proteger exclusivamente las hileras de árboles p. ej: tamarices
en el Tamarizal de Ausejo, dejando resto del terreno sin protección o
reduciendo drásticamente las superficies: A continuación se puede ver en
la siguiente tabla:
Espacio PEPMAN (Ha) DOT (Ha)
VS-11 Tamarizal de Ausejo 300 50,64
VS-10 Dehesa de Navarrete 850 507,16
VS-09 Dehesa de Cirueña 190 76,9
VS-08 Carrascal de Cidamón 600 319
VS-07 Carrasquedo de Grañón 320 144,1
VS-06 Carrascal de Villarroya 375 264,69
Nos parece preocupante dado que se localizan en una zona donde las
posibilidades de recuperación, por la presión humana, son muy pequeñas. Lo
fácil es proteger en la Sierra grandes extensiones, dejando pequeños
espacios reducidos a la mínima expresión en el Valle. Tampoco podemos
olvidarnos de la inclusión de nuevos espacios en el valle, pero muchos de
ellos existen por encontrarse o bien en zonas con fuertes pendientes, o
pertenecer al Ministerio de Defensa (La Rad de Varea)… No por los
esfuerzos realizados por las administraciones locales ni regionales.
También es significativo el recorte en las Huertas del Cidacos.
Huertas del Cidacos HT-09:
Con esta misma nomenclatura se designaba en el PEPMAN donde se recogían
con esta figura 1.650 Ha, pero en las DOT pasan a ser 1.002,32 Ha. En
todos los municipios se recorta esta figura, pero es especialmente grave
en Arnedo donde buena parte de las huertas quedan fuera de esta figura.
Este recorte no es debido a las necesidades de las administraciones
públicas (carreteras, infraestructuras..) sino por la presencia de las
casillas, bien conocidas por esta administración y por nuestra
organización. Tal vez el Gobierno de La Rioja crea que con este recorte se
solucione esta cuestión, pero se olvida de que las láminas de inundación
para diferentes períodos anegarán estas construcciones.
El CER plantea que se mantenga la superficie del PEPMAN para este espacio,
y el control efectivo de las casillas.
Asimismo en cuanto a la normativa podemos indicar:
a).- Planteamos un control efectivo de la construcción de casetas y
casillas agrícolas en las Huertas Tradicionales.
b).- Piscifactorías: planteamos la prohibición de la construcción en las
Riberas de Interés Ecológico.
c).- Instalaciones o construcciones de infraestructuras energéticas, se ha
simplificado demasiado en este punto en las DOT.
Planteamos que se divida en:
c.1.).- Nuevos embalses deben estar prohibidos en RR (Riberas de Interés
Ecológico) y AR (Áreas de Vegetación de ribera del Ebro) y SS (Sierras
Singulares) así como en PC, VS, PG, CP y ZH.
c.2.).- Instalaciones eólicas, tanto de parques eólicos y estaciones de
medición deben estar prohibidos en todas las categorías de protección (MA,
MM, PC, SS, AR, RR, HT, VS, PGM, EE, CP, ZH y PA).
C.3.).- Geotérmica, autorizada en todos los casos propuestos.
c.4.).- Minihidraúlica, autorizada en los casos propuestos pero supeditada
a la preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental.
c.5.).- Solar, autorizada en los casos propuestos pero supeditada a la
preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental. Sin embargo, se debe prohibir
las instalaciones solares en las zonas con presencia de aves esteparias.
http://www.lamaguilla.org/web/index.php?option=com_content&view=article&id=64&Itemid=95
Por último el CER quiere recordar que considera las figuras contempladas
en las DOT como elementos básicos en la conservación de la naturaleza. Sin
embargo, la protección efectiva se logrará con la creación de Parques
Naturales, Reservas Naturales, Reservas Integrales… En La Rioja, la
conservación de nuestros espacios naturales con las anteriores figuras se
restringe al Parque Natural de Sierra de Cebollera, la Reserva de los
Sotos de Alfaro y al Área Natural Singular de la Laguna de Hervías. El
Gobierno de La Rioja ha paralizado el desarrollo de los Planes de
Ordenación de Recursos Naturales que se redactaron en el último Gobierno
del PSOE. El desarrollo de estos PORN debía haber desarrollado nuevos
parques naturales y espacios con figuras de protección con un mayor rango
legal. Todos estos PORN, se encuentran archivados en la Consejería.
Esperamos que algún día el Gobierno de La Rioja rectifique y para empezar
por esta senda admita las alegaciones del CER a las DOT.
En Logroño, 6 de Abril de 2010
CER
Colectivo Ecologista Riojano
Tfno. 610 06 95 71
info@lamaguilla.org
Avenida de Navarra, 2 entreplanta, 3
26.001 Logroño (La Rioja)
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