Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja

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El presente documento viene a sustituir al Plan Especial de Protección del

Medio Ambiente Natural de La Rioja (PEPMAN). En el presente documento se

recogen una serie de modificaciones, propuestas de nuevas categorías de

espacios... que se pueden ver en el documento con las alegaciones

completas. Sin embargo, el PEPMAN no frenó proyectos de dudosa utilidad

social o pública, ni roturaciones, ni la degradación de nuestros espacios

naturales y las DOT tampoco son una garantía de que a partir de este

momento se garantice y mejore la conservación de nuestro patrimonio

natural.

El Colectivo Ecologista Riojano considera muy positiva la inclusión de una

serie muy amplia de espacios naturales dentro de las DOT. La protección de

alguno de estos espacios, en especial en el ámbito de la Rioja Media,

había sido reivindicada por el CER, desde hacia tiempo, como por ejemplo

la Rad de Varea, el encinar del Cortijo... A lo largo de las alegaciones

solicitamos que se amplíen muchos de los espacios para proteger la

totalidad de los ecosistemas, no dejándolos protegidos en un término

municipal y no en el vecino.

Sin embargo, además de ampliar los límites de algunos espacios o solicitar

como la creación incluso de Reservas Integrales para la Alta Montaña de

Urbión o Demanda, hemos comprobado que las DOT sirven para reducir la

superficie de algunos espacios naturales. Esta reducción frente al PEPMAN

se basa en proteger exclusivamente las hileras de árboles p. ej: tamarices

en el Tamarizal de Ausejo, dejando resto del terreno sin protección o

reduciendo drásticamente las superficies: A continuación se puede ver en

la siguiente tabla:

Espacio PEPMAN (Ha) DOT (Ha)

VS-11 Tamarizal de Ausejo 300 50,64

VS-10 Dehesa de Navarrete 850 507,16

VS-09 Dehesa de Cirueña 190 76,9

VS-08 Carrascal de Cidamón 600 319

VS-07 Carrasquedo de Grañón 320 144,1

VS-06 Carrascal de Villarroya 375 264,69

Nos parece preocupante dado que se localizan en una zona donde las

posibilidades de recuperación, por la presión humana, son muy pequeñas. Lo

fácil es proteger en la Sierra grandes extensiones, dejando pequeños

espacios reducidos a la mínima expresión en el Valle. Tampoco podemos

olvidarnos de la inclusión de nuevos espacios en el valle, pero muchos de

ellos existen por encontrarse o bien en zonas con fuertes pendientes, o

pertenecer al Ministerio de Defensa (La Rad de Varea)… No por los

esfuerzos realizados por las administraciones locales ni regionales.

También es significativo el recorte en las Huertas del Cidacos.

Huertas del Cidacos HT-09:

Con esta misma nomenclatura se designaba en el PEPMAN donde se recogían

con esta figura 1.650 Ha, pero en las DOT pasan a ser 1.002,32 Ha. En

todos los municipios se recorta esta figura, pero es especialmente grave

en Arnedo donde buena parte de las huertas quedan fuera de esta figura.

Este recorte no es debido a las necesidades de las administraciones

públicas (carreteras, infraestructuras..) sino por la presencia de las

casillas, bien conocidas por esta administración y por nuestra

organización. Tal vez el Gobierno de La Rioja crea que con este recorte se

solucione esta cuestión, pero se olvida de que las láminas de inundación

para diferentes períodos anegarán estas construcciones.

El CER plantea que se mantenga la superficie del PEPMAN para este espacio,

y el control efectivo de las casillas.

Asimismo en cuanto a la normativa podemos indicar:

a).- Planteamos un control efectivo de la construcción de casetas y

casillas agrícolas en las Huertas Tradicionales.

b).- Piscifactorías: planteamos la prohibición de la construcción en las

Riberas de Interés Ecológico.

c).- Instalaciones o construcciones de infraestructuras energéticas, se ha

simplificado demasiado en este punto en las DOT.

Planteamos que se divida en:

c.1.).- Nuevos embalses deben estar prohibidos en RR (Riberas de Interés

Ecológico) y AR (Áreas de Vegetación de ribera del Ebro) y SS (Sierras

Singulares) así como en PC, VS, PG, CP y ZH.

c.2.).- Instalaciones eólicas, tanto de parques eólicos y estaciones de

medición deben estar prohibidos en todas las categorías de protección (MA,

MM, PC, SS, AR, RR, HT, VS, PGM, EE, CP, ZH y PA).

C.3.).- Geotérmica, autorizada en todos los casos propuestos.

c.4.).- Minihidraúlica, autorizada en los casos propuestos pero supeditada

a la preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental.

c.5.).- Solar, autorizada en los casos propuestos pero supeditada a la

preceptiva Evaluación de Impacto Ambiental. Sin embargo, se debe prohibir

las instalaciones solares en las zonas con presencia de aves esteparias.

http://www.lamaguilla.org/web/index.php?option=com_content&view=article&id=64&Itemid=95

Por último el CER quiere recordar que considera las figuras contempladas

en las DOT como elementos básicos en la conservación de la naturaleza. Sin

embargo, la protección efectiva se logrará con la creación de Parques

Naturales, Reservas Naturales, Reservas Integrales… En La Rioja, la

conservación de nuestros espacios naturales con las anteriores figuras se

restringe al Parque Natural de Sierra de Cebollera, la Reserva de los

Sotos de Alfaro y al Área Natural Singular de la Laguna de Hervías. El

Gobierno de La Rioja ha paralizado el desarrollo de los Planes de

Ordenación de Recursos Naturales que se redactaron en el último Gobierno

del PSOE. El desarrollo de estos PORN debía haber desarrollado nuevos

parques naturales y espacios con figuras de protección con un mayor rango

legal. Todos estos PORN, se encuentran archivados en la Consejería.

Esperamos que algún día el Gobierno de La Rioja rectifique y para empezar

por esta senda admita las alegaciones del CER a las DOT.

En Logroño, 6 de Abril de 2010

CER

Colectivo Ecologista Riojano

Tfno. 610 06 95 71

www.lamaguilla.org

info@lamaguilla.org

Avenida de Navarra, 2 entreplanta, 3

26.001 Logroño (La Rioja)

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