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Una de cada diez menores

Manifestación a favor del aborto libre y contra la reforma del PP.

Francisca García

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Una de cada diez menores de 16 y 17 años no puede comunicarles a sus padres su embarazo no deseado, ni su decisión de abortar. Una de diez podría parecernos, y lo es, una cifra relativamente baja, pero ese hecho no debería llevarnos a pensar que es irrelevante; ya que esas mujeres jóvenes atraviesan situaciones difíciles, muy complejas, tal vez ajenas al imaginario colectivo y quizás por eso, no consideradas por la mayoría; pero esas coyunturas son reales, dolorosas y deberían sacudirnos como sociedad y hacernos volver nuestra mirada hacia ellas.

Decimos que entre un 12% y un 13% de las menores de 16 y 17 años que acceden a la IVE, un 0,44% del total de mujeres que abortan en nuestro país, no pueden comunicar a sus tutores legales la decisión de interrumpir una gestación, unas 400 jóvenes; por el contrario, la mayor parte de las chicas de 16 y 17 años (entre un 80% y un 90%, según la comunidad autónoma) pueden confiar en sus padres o tutores legales, más de un 87% en total.

Expuesta la realidad, cabe preguntarnos ¿qué circunstancias son las que hacen imposible que un grupo de menores no pueda compartir su situación con quienes están llamados a protegerlas, a acompañarlas?

Desde nuestra experiencia diaria, podemos afirmar que se trata de jóvenes mujeres que atraviesan alguna de estas situaciones: desamparo familiar, familias desestructuradas, progenitores en prisión, malos tratos, mujeres emancipadas que residen en el país sin sus padres, enfermedades paternas/maternas invalidantes o con patologías psíquicas o psiquiátricas incapacitantes, tutores que por voluntad propia renuncian a conocer y a acompañar a la menor en sus circunstancias… y una situación muy frecuente y que no es otra que la que deriva de la posición abiertamente contraria al aborto de los progenitores de la menor.

Por otra parte, en el caso de las menores tuteladas por la Administración, la actitud de las personas responsables suele ser en general colaboradora. Es decir, las autoridades no suelen ralentizar los trámites administrativos necesarios para realizar la intervención. De manera genérica, el certificado de conocimiento por parte del consejero/a, juez/a de menores o persona encargada de la tutela suelen expedirse con prontitud. Sin embargo, en algunas ocasiones, se han dilatado los procesos, obstaculizando el acceso de la menor tutelada a la IVE y propiciando la ocultación del embarazo por parte de estas jóvenes.

La reforma que en el año 2015 llevó a cabo el Partido Popular sobre la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del embarazo, establece la obligación para las menores de 16 y 17 años, sin excepción, de comunicar a sus padres la gestación y su deseo de abortar. Este cambio legislativo supuso un duro golpe para los/as profesionales de los centros de IVE que atendemos a estas jóvenes ya que, a partir de dicho cambio normativo, desconocemos, aunque podemos presuponer, que está ocurriendo con estas menores.

Desde ACAI valoramos distintas posibilidades, creemos que un grupo de ellas al no contar con el apoyo necesario deciden continuar con su embarazo, otras recurrirán a un aborto clandestino, poniendo en riesgo su salud, y en otros casos la situación puede llevarlas a tomar decisiones trágicas como la de los menores de Besòs, en L'Hospitalet de Llobregat. Y es que cuando restringimos la autonomía y limitamos la capacidad de decisión de estas jóvenes, las estamos abocando a situaciones desesperadas, a un aborto inseguro o a un embarazo y un parto no deseados, con los consiguientes riesgos para su salud.

Mantener el requisito previo del consentimiento parental no protege a la menor, ya que se ha mostrado inviable en las menores en riesgo. La menor que atraviesa una situación como las descritas no acudirá a su tutor/a, lo evitará, tampoco acudirá al juzgado; si está sola, buscará, está buscando, la salida de la clandestinidad en la mayor parte de los casos.

Desde ACAI pedimos que se reforme de nuevo la ley y se abra la puerta para que estas mujeres de 16 y 17 años encuentren una salida jurídica a su situación, es decir, puedan decidir por sí mismas. Pedimos que en vez de dedicar esfuerzos improductivos a obstaculizar la interrupción del embarazo de estas jóvenes, se luche contra el aborto clandestino al que se ven abocadas, porque son menores que además de afrontar un embarazo no deseado, se ven inmersas en una compleja situación social, familiar y personal.

Por otra parte, resulta imprescindible potenciar la parte de la Ley de SSR e IVE del 2010 relativa a la educación sexual y las políticas en materia de salud sexual y reproductiva tan necesarias en nuestro país. Porque es obvio que los únicos caminos para reducir el embarazo no deseado son la prevención, la educación sexual y el acceso a la anticoncepción, de manera muy especial entre las/os jóvenes.

Tenemos que considerar que cuanto más precarias son las condiciones sociales y económicas de las mujeres jóvenes, menos atención prestan a la anticoncepción y más posibilidades tienen de quedarse embarazadas; por lo que desde ACAI pedimos estrategias de atención específicas sobre este colectivo de mujeres en riesgo social y económico, entre otras razones porque de quedarse embarazadas y continuar adelante con su embarazo profundizarán su frágil situación socioeconómica y de manera casi inevitable estarán en desventaja vital.

Por otra parte, desde un punto de vista jurídico, para los/as profesionales de ACAI resulta difícilmente sostenible que se reconozca capacidad suficiente a nivel general para que una mujer de 16 años pueda decidir libremente sobre aspectos decisivos de su vida, de su salud, su patrimonio, su educación, su estado civil y, sin embargo, se restrinja su libertad en relación al aborto provocado. Dicho de otra forma, resulta difícil de comprender que se reconozca la posibilidad de que las menores de 16 años no necesiten complementar su capacidad para casi ningún aspecto de su vida, se reconozca la posibilidad de gestionar su persona y sus asuntos y, sin embargo, se les impida tomar libremente decisiones sobre la interrupción voluntaria de un embarazo.

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