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14F, un 'spin-off' malo de octubre del 2017

Budó y Aragonès, este martes antes de la reunión de Govern

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Hoy es el día del 'yo ya lo dije'. Lo repiten los que avisaron de que Quim Torra se equivocaba al no convocar las elecciones cuando aún no estaba inhabilitado y podía hacerlo, los que defendieron que el Govern no estaba buscando alternativas suficientes para garantizar unas votaciones seguras, los que afirmaron que el decreto para suspender las elecciones era una chapuza jurídica, los que alertaron de que los jueces podían acabar decidiendo por los políticos... Los que son duchos en la interpretación jurídica consideran que la paralización provisional del aplazamiento de los comicios decretada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya es lógica y ahora falta ver si acabará siendo una decisión definitiva. El decreto suspendido de manera cautelar alegaba “circunstancias epidemiológicas y de salud pública” aunque no apuntaba datos ni previsiones concretas.

Las alegaciones del Govern se basarán en los informes que presentaron a los partidos y en los que se vaticinaba un escenario sanitario más que pesimista. Además, en uno de esos informes, el elaborado por la Comisión Jurídica asesora de la Generalitat, se arguye que la suspensión del 14F por falta de garantías para que los catalanes puedan ejercer el derecho de voto en condiciones de libertad e igualdad no es, en puridad, una medida de salud pública, sino que se configura en realidad como una medida para velar por el proceso electoral. Es decir, que se alerta de que el 14F no se puede asegurar el ejercicio del derecho de voto.

En Galicia y Euskadi se consultó a las respectivas Juntas Electorales la decisión de suspender las elecciones. En ambos casos se contaba con el respaldo del conjunto de los partidos y, además, no se presentó ningún recurso que cuestionase dejar sin efecto la celebración de los comicios. No será porque no hubiese motivos puesto que la decisión de prohibir que votasen las personas contagiadas es más que dudosa. En Catalunya el contexto político es distinto. De entrada no hay presidente, el vicepresidente tiene unas funciones restringidas, y las elecciones se convocaron de manera automática en la fecha fijada por los plazos que marca el Estatut. Tampoco se dispone de una ley electoral propia y la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) no permite una suspensión.

El Govern defiende que no se consultó a la Junta Electoral porque en un acuerdo del 7 de enero, en respuesta a un partido extraparlamentario que planteaba la suspensión de las elecciones del 14F, la JEC se remitió al decreto del Govern en el que se hacía referencia a las razones derivadas de “la protección del derecho a la salud” para dejar sin efectos la convocatoria electoral. En todo caso, ahora la competencia para decidirlo ya no está en manos de la Junta Electoral sino del TSJC. Al embrollo jurídico, súmenle que había un partido, el PSC, que no estaba de acuerdo con el Govern y el resto de formaciones, por lo tanto no existía la unanimidad que sí respaldaba la propuesta en Euskadi y Galicia. Y finalmente, otra diferencia, no menor: allí nadie llevó la decisión a los tribunales.

Antes muchos catalanes, como el resto de españoles, llevaban un entrenador dentro. Ahora llevan un jurista. Los hay que combinan una doble alma: la de jurista y la de político, aunque no sepan nada de Derecho ni se hayan presentado nunca a unas elecciones. En su libro Fer-se totes les il·lusions possibles i altres notes disperses (Destino), Josep Pla afirma que encontrar un catalán normal es difícil. Es una aseveración contundente pero encaja en su visión de lo que define como un carácter que es fruto de la decadencia. Medio siglo después, la política, no solo en Catalunya, pero sobre todo en Catalunya, adolece de ese mismo decaimiento que ha contagiado a una parte de la ciudadanía. O estás a favor o estás en contra. O eres un independentista descerebrado o un soldado del 155. Y el que quiera matizar que se prepare para recibir de todos lados. Tampoco es nada nuevo, solo un 'spin-off' malo del octubre del 2017, cuando los reglamentos y las leyes se interpretaban en función de las estrategias políticas y en algunos casos hasta unos extremos perversos.

Lo único claro es que los catalanes no saben aún si acabarán votando el 14 de febrero o el 30 de mayo. El TSJC se ha comprometido a tomar la decisión definitiva de la manera más ágil posible y es probable que antes de acabar la semana salgamos de dudas. Pero el debate sobre la legalidad y la conveniencia por motivos sanitarios no se zanjará con la orden que dicte la Justicia. ¿La legalidad puede adaptarse a circunstancias tan extraordinarias como una pandemia? Es evidente que sí, lleva meses haciéndose a riesgo de restringir derechos tan fundamentales como el de la movilidad. Pero hay que hacerlo bien, justificarlo de manera rigurosa y evitar que pueda sentar precedentes poco democráticos. En el caso de Catalunya, la decadencia de la que hablaba Pla ha llegado a tales límites que cualquier decisión está bajo sospecha y la del aplazamiento electoral, incluso con datos epidemiológicos que lo aconsejan y el aval de los expertos que defienden que hay que votar más adelante, no es una excepción. 

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