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La Fiscalía pide a Llarena que no suspenda las órdenes de detención contra Puigdemont y Comín

El fiscal Javier Zaragoza durante el juicio en el Tribunal Supremo por el procés.

Pedro Águeda

La Fiscalía de Tribunal Supremo ha pedido al juez instructor de la causa del 'procés', Pablo Llarena, que mantenga las órdenes nacionales e internacionales de detención que cursó contra el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y Toni Comín después de la sentencia. Los cuatro fiscales de la causa del procés firman un escrito en el que también piden a Llarena que solicite al Parlamento Europeo que se suspenda la inmunidad de ambos.

Los fiscales del Supremo incluyen en su escrito al magistrado una petición para que comunique a las autoridades belgas el procedimiento que piden poner en marcha para que dejen sin efecto los plazos de entrega del expresidente y exconseller de Economia mientras el Parlamento europeo decide sobre la solicitud de suspensión de inmunidad.

En su escrito, los cuatro fiscales hacen un repaso de la situación de Puigdemont y Comín. En este sentido recuerdan que ambos ya estaban procesados cuando se presentaron a europarlamentarios, “por lo que eran plenamente conscientes de las limitaciones que comportaba su situación procesal en el efectivo ejercicio de sus derechos políticos”. Y de ello, añade, “cabe inferir razonablemente que lo que pretendía en realidad era acogerse al paraguas de la inmunidad que, a su juicio, le concedía la elección como europarlamentario con el propósito de obtener la libertad y eludir el proceso penal por este cauce”.

El Ministerio Público recuerda en su escrito que la Constitución se refiere a la inmunidad de diputados y senadores en el sentido de que no podrán ser “inculpados ni procesados” sin la previa autorización de la Cámara, pero añade: “Los términos son claros: antes de la inculpación o el procesamiento”. “El criterio aplicable en el ámbito del procedimiento ordinario, conforme a nuestro sistema procesal, es que la necesidad de recabar la autorización de la cámara legislativa sólo rige para dictar el auto de procesamiento”, añade.

“La inmunidad -aseguran los fiscales- no puede convertirse, en ningún caso, en un refugio protector o generador de impunidad frente al legítimo ejercicio de la función jurisdiccional”. “Entender que la inmunidad opera sin límite alguno, incluso cuando el proceso penal se encuentra ya en fases avanzadas (cuando la investigación ya está concluida) supondría desbordar el espacio constitucionalmente reservado a esa garantía”, añaden.

El hecho de que Carles Puigdemont y Toni Comín estén procesados por delitos muy graves y se encuentren en situación de “rebeldía” justifica las medidas cautelares contra ambos que pide la Fiscalía, según ésta, esto es, las ordenes de detención y la prisión provisional.

La inmunidad es “una garantía protectora frente a la apertura de procesos concebidos para alterar el normal funcionamiento de la cámara legislativa no para impedir el desenlace de una causa penal en la que el diputado o senador elector ha sido ya procesado y la investigación se encuentra concluida”, señalan.

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