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La querella de Vox no inició la causa que condenó a Torra a la inhabilitación
La querella presentada por Vox en abril contra el presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, no originó la causa en la que el dirigente independentista ha sido condenado a la inhabilitación, al contrario de lo defendido por el líder ultraderechista Santiago Abascal en el debate de investidura. Fue la Fiscalía.
ABASCAL: “Quim Torra acaba de ser condenado e inhabilitado por los tribunales por cometer el delito de desobediencia, por cierto a raíz de una querella que Vox inició en los tribunales. Y aprovecho la ocasión para dar las gracias a los miles de españoles que pagaron la fianza que entonces los tribunales nos exigieron. La Junta Electoral Central ha decidido a raíz de esa condena destituir al presidente de la Generalidad”.
DATOS: El pasado 19 de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó a Torra a un año y medio de inhabilitación para cargo público por desobedecer a la autoridad electoral tras negarse a retirar símbolos secesionistas (unos lazos amarillos) de edificios públicos en período de elecciones.
La sentencia precisa que la causa se abrió “a instancias de la querella del Fiscal Superior de Cataluña”, que fue admitida a trámite el 1 de abril; la denuncia de Vox, de hecho, se presentó posteriormente, el 3 de abril.
El tribunal detalla también que se reclamó a la formación política un depósito (de 15.000 euros, según informó el partido) para poder participar en el proceso como acusación particular.
La condena del TSJC, que no es firme y va a ser recurrida por Torra, le impide presentarse como candidato en unas futuras elecciones pero no le inhabilita como presidente hasta que no se ejecute el fallo.
Por ello, el PP, Ciudadanos y Vox recurrieron ante la Junta Electoral Central (JEC) para pedirle que ordenara retirar al presidente de la Generalitat su credencial de diputado autonómico, lo que conlleva su inhabilitación.
Este órgano aceptó ayer viernes el recurso presentado por los populares y estimó parcialmente los otros dos.
FUENTES:
- Sentencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Cataluña
- Informaciones de EFE sobre el recurso a la JEC
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