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El Constitucional abre una vía para devolver la sanidad pública a los inmigrantes sin papeles

Concentración Madrid contra Decreto Ley sanitario

Laura Olías

“El auto sienta un precedente legal”, afirma tajante Mª Eugenia Rodríguez Palop, docente y doctora en Derecho por la Universidad Carlos III. El Tribunal Constitucional ha anulado la suspensión de la Ley Navarra de Asistencia Sanitaria, recurrida por el Gobierno y que contempla una atención sanitaria completa a los inmigrantes que perdieron la tarjeta sanitaria debido al Real Decreto 16/2012. En su texto, hay argumentos del alto tribunal de especial importancia de cara a los recursos de inconstitucionalidad contra el decreto que han presentado varias comunidades autónomas.

El Real Decreto-ley 16/2012, del 20 de abril, dividió a los ciudadanos en “asegurados y beneficiarios” con condiciones que supusieron la retirada de la tarjeta sanitaria a los inmigrantes residentes en España en situación irregular. Tras un año y medio de la aplicación del decreto, colectivos como Médicos del Mundo y Yo Sí Sanidad Universal denuncian la arbitrariedad en los centros sanitarios debido a la norma, a la que se oponen frontalmente.

Varias comunidades autónomas se opusieron a aplicar el decreto, lo que se materializó en una serie de regulaciones regionales que ampliaban la cobertura sanitaria y en varios recursos ante el Constitucional, tanto por parte del Gobierno como por varias Comunidades (Andalucía, Asturias, Cataluña, Canarias y País Vasco).

De momento, el alto tribunal se ha pronunciado sobre la suspensión cautelar de las normativas del País Vasco –en diciembre de 2012– y la Comunidad Foral de Navarra, fruto de los recursos del Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional por una extralimitación competencial de las autonomías (aún por resolver). Y las conclusiones del tribunal han contentado a los opositores. “Estamos celebrando el auto”, dice por teléfono Eva Aguilera, responsable de Incidencia Política y del informe Dos años de reforma sanitaria: más vidas humanas en riesgo de Médicos del Mundo. “Estamos contentos porque el Constitucional ha antepuesto el derecho a la salud y a la integridad física al ahorro económico”, apunta.

Argumentos del Tribunal Constitucional

El Gobierno presidido por Mariano Rajoy pedía la suspensión cautelar de las normas por supuestos “perjuicios económicos”, que complicarían el control del déficit público ante la Unión Europea. Además, el abogado del Estado argumentó que la suspensión no provocaba perjucios para los inmigrantes debido a que la reforma del Gobierno “preserva la calidad del sistema sanitario público, asegurando siempre el derecho de los ciudadanos a la protección a una asistencia sanitaria pública, gratuita y universal”.

El auto del tribunal ha desestimado las razones del Ejecutivo. El texto recoge que el Gobienro no ha demostrado suficientemente “el impacto económico” de la aplicación de la norma navarra y rechaza que “dicha asistencia sanitaria [la contemplada por el decreto 16/2012] se preste en los mismos términos que la otorgada” por la ley foral impugnada.

Para Mª Eugenia Rodríguez Palop, lo más importante del auto del Tribunal Constitucional reside en el reconocimiento de una categoría superior al derechos a la salud: “El derecho a la salud y el derecho a la integridad física de las personas afectadas por las medidas impugnadas, así como la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad, poseen una importancia singular en el marco constitucional, que no puede verse desvirtuada por la mera consideración de un eventual ahorro económico que no ha podido ser concretado”, recoge el texto.

Con esta frase, en opinión de Rodríguez Palop, el Constitucional está igualando en importancia ambos derechos, algo que no está contemplado en la CE. “El derecho a la salud no está dentro de los artículos 15 a 30 de la Constitución, como el derecho a la integridad física (artículo 15), que son derechos de primer orden, especialmente protegidos”, explica.

“Además, recuerda que un derecho fundamental solo se puede recortar si choca con otros derechos fundamentales” –descifra la profesora– “y no es el caso”. Rodríguez Palop considera que el Constitucional está desacreditando el Real Decreto 16/2012: “Al mencionar ese supuesto ahorro económico, no concretado, está diciendo al Gobierno que no se pueden recortar derechos en abstracto, es decir, sin probar que su aplicación supone un merma de otros derechos fundamentales”.

Miembros de Yo Sí Sanidad Univeral también interpretan la decisión de la justicia de manera muy positiva. “Al anular la suspensión para garantizar el cumplimiento del artículo 43 de la CE, creemos que de algún modo viene a decir que el RDL 16/2012 no lo asegura”. Además, creen que queda claro una de las reclamaciones de la plataforma “que la salud es más importante que el gasto”.

Rodríguez Palop cree que este auto, junto con el referido al País Vasco en los mismos términos, están perfilando la postura del alto tribunal a propósito del Real decreto 16/2012, sobre el que tendrá que pronunciarse en los recurso de inconstitucionalidad que han presentado Andalucía, Asturias, Cataluña, Canarias y País Vasco. “El Tribunal puede contradecirse y cambiar de opinión, pero no sería coherente”, apunta.

Las consecuencias del decreto 16/2012

En Médicos del Mundo y Yo Sí Sanidad Universal consideran que a pesar de que no se haya podido probar el “impacto económico” por parte del Gobierno en esta ocasión, lo que se probará a largo plazo es que la norma del Gobierno va a suponer un gasto para las arcas del Estado: “Con un poco de sentido salud se darían cuenta de que derivar a toda esta población a la atención a las urgencias es más caro para nuestro sistema de salud”, apunta Eva Aguilera.

Desde Yo Sí Sanidad no saben “qué más hace falta” para que el Gobierno retire la ley. En la plataforma acompañan a inmigrantes sin permiso de residencia a centros sanitarios para intentar garantizar una atención adecuada, pero son muchas las irregularidades que presencian. Ahora, la posición del TC supone un refuerzo a sus esperanzas de retirar “una normativa injusta”.

Durante los cuatro meses de suspensión de la Ley navarra 8/2013, 200 personas vieron truncadas sus solicitudes para obtener la tarjeta sanitaria y se emitieron facturas por la atención a inmigrantes sin papeles, según afirma el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra en un comunicado. “Facturas que ahora se van a anular”, indica.

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