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Alaya pide que se certifique la condición de aforados de Chaves, Griñán y cinco exconsejeros

La jueza Mercedes Alaya instruye la macrocausa de los ERE.

Europa Press

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía ha pedido al Congreso de los Diputados y al Parlamento de Andalucía que “informen” sobre la condición de aforados de los expresidentes de la comunidad autónoma José Antonio Griñán y Manuel Chaves y de cinco exconsejeros, como son Carmen Martínez-Aguayo, Antonio Ávila, Manuel Recio, José Antonio Viera y Francisco Vallejo.

En una providencia dictada el pasado 22 de noviembre, la magistrada Mercedes Alaya libra oficios a las secretarías generales de ambas instituciones para que “informen de la condición de aforados” de todos los citados. Todos ellos se incluyeron en un auto en el que, sin poder imputarlos, sí hacía referencia a una suerte de preimputación. O los señalaba, como dijeron desde el PP-A.

De igual modo, y “desconociendo el domicilio de las personas” aludidas en dicho auto, la juez acuerda igualmente librar oficio a la Guardia Civil, “como ya les fue anticipado verbalmente tras el dictado de dicha resolución”, a fin de que “practique diligencias encaminadas a informar” dónde residen.

La providencia se produce después de que la Audiencia de Sevilla, en el auto por el que anuló parcialmente la resolución de 28 de junio en lo relativo a la imputación de la exconsejera de Economía y Hacienda entre 1994 y 2004 y exministra de Fomento Magdalena Álvarez, aprovechara para referirse a la posible participación en los hechos investigados de personas aforadas, advirtiendo de que “podría haberse alcanzado el límite máximo de instrucción por el juez ordinario”.

Conviene recordar que la fiscalía recurrió el auto en el que preimputaba a estos cargos y le pidió que dictara una nueva resolución en la que concrete los hechos “por los que cada uno de los aforados puede ser objeto de investigación”, pues al no hacerlo “genera la misma indefensión que pretende evitar”. La fiscalía dejó claro en este recurso que al instructor “le está vedado imputar o siquiera investigar de manera directa a una persona aforada, pues el conocimiento de estas causas corresponde a la sala de lo Penal del Tribunal Supremo”. La Sección Séptima, que debe resolver este recurso todavía.

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