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El aviso del Constitucional a los directores de TV3 y Catalunya Ràdio no afecta al derecho a informar del referéndum

El director de TV3, Vicent Sanchís

Oriol Solé Altimira

Los directores de TV3 y Catalunya Ràdio, Vicent Sanchis y Saül Gordillo, han recibido este martes, a través del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), el aviso de del Tribunal Constitucional (TC) que les advierte de su deber de impedir cualquier iniciativa relacionada con el referéndum que el Alto Tribunal acordó después de la suspensión de la ley y el decreto de convocatoria del 1-O.

El aviso a los directores de los medios, han precisado a este medio fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, no afecta al derecho a la información de ambas cadenas, sino que se refiere a la difusión de la campaña de publicidad de la Generalitat del 1-O, que actualmente emiten TV3 y Catalunya Ràdio en sus bloques publicitarios.

En concreto, el aviso del TC a los directores de los medios públicos catalanes es el mismo que a todos los consellers, 947 alcaldes de Catalunya y a 60 altos cargos de la Generalitat y los Mossos d'Esquadra. Se les insta, a todos ellos, a abstenerse “de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que permita la preparación y/o celebración del referéndum sobre la autodeterminación de Catalunya”.

La inclusión del verbo “informar” en el aviso ha motivado que TV3 publicara una noticia en su web difundida en las redes sociales con este titular: “El TSJC pide a TV3 que 'no informe' de acuerdos o actuaciones que permitan el 1 de octubre”.

Sin embargo, fuentes del TSJC han precisado que el alto tribunal catalán no ha pedido nada a la cadena pública, sino que se ha limitado a trasladar el apercibimiento del TC, igual que ha hecho y continuará haciendo con el resto de cargos avisados. Una portavoz de TV3, a preguntas de este diario, ha recalcado que el apercibimiento no afecta al derecho a la información de la cadena.

Las mismas fuentes también han subrayado que la acepción de la palabra “informar” incluida en el apercibimiento del TC no se refiere al hecho de publicar una noticia –“dar noticia de algo”– sino a la acepción de la RAE referida a funcionarios y cargos públicos –“dictaminar en asunto de su respectiva competencia”–, en concreto, la emisión de la publicidad relacionada con el 1-O en TV3 y Catalunya Ràdio.

El TC también recordó a Sanchis, Gordillo, y los casi 1.000 apercibidos, su deber “de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”, y les apercibió “de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender” a su requerimiento.

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