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El Tribunal Supremo ratifica la nulidad del ERE de Madrid Río

El Supremo ratifica la nulidad del ERE de Madrid Río

El Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad del expediente de regulación de empleo (ERE) aplicado a 127 trabajadores de la plantilla de la empresa encargada del mantenimiento del Parque Madrid Río, y confirma que se vulneró el derecho a la huelga de los empleados.

La UTE Parques Singulares aplicó un ERE a finales de 2014. Durante las negociaciones con la plantilla, los trabajadores convocaron una huelga. La empresa, sin embargo, no respetó su derecho a ello y sustituyó a los trabajadores que no acudieron a su puesto de trabajo por empleados de otros centros.

La sentencia del Supremo, que confirma la que ya dictó en este sentido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, recoge que “durante el desarrollo de la huelga (que se produjo coetáneamente al desarrollo del proceso de negociación y consultas), -la empresa- destinó a trabajadores que pertenecían a otros centros de trabajo a algunas zonas cuya limpieza dependía del centro de trabajo en el que se desarrollaba la huelga”.

Así, los responsables de la UTE generaron una situación de “esquirolaje interno” y ejercieron el poder de dirección de la empresa de manera abusiva. Según informa el Supremo, la empresa no ha razonado “en ningún momento que el proceder de la empresa tuviese una justificación objetiva y razonable”. Puesto que la empresa vulneró el derecho a la huelga, el Tribunal ni siquiera entra a valorar el resto de argumentos de los abogados de la empresa.

El ERE afectó a 127 trabajadores, la mitad de la plantilla, encargados de los servicios de jardinería y mantenimiento de Madrid Río. Fueron despedidos 86, que ahora tienen derecho a volver a su puesto de trabajo, mientras que 41 empleados se acogieron a bajas voluntarias o a una rebaja en sus condiciones laborales.

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