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“Arqueocarreras” en Artenara: El posicionamiento de los diletantes

Carlos Julián García

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Hace justamente un mes publiqué un artículo de opinión [Patrimonio Arqueológico y deporte: un uso equivocado en Canarias Ahora] en el que expresaba que la propuesta de realizar una carrera pedestre por los yacimientos arqueológicos de Artenara era una idea descabellada y apuntaba que “este es un uso contrario a las determinaciones que sobre la protección y uso público del patrimonio arqueológico se desprende de la legislación vigente y del sentido común.” También indicaba que esta era una idea inaceptable, sustentada en un desconocimiento absoluto sobre la fragilidad de las Zonas Arqueológicas, lo cual es razón suficiente para imposibilitar las manifestaciones deportivas en estos lugares.

Subrayaba asimismo que esta propuesta podía considerarse como un ejemplo de la inadecuada y equivocada concepción que acerca del patrimonio arqueológico tienen en la isla muchos gobernantes locales; cuestión esta que a día de hoy debe extenderse –y este es uno de los motivos del presente artículo- a algún gacetillero que plantea como válida la actividad deportiva en las Zonas Arqueológicas.

Según me consta, por comunicación directa, muchos profesionales del ramo (más de una decena, incluidos varios Doctores en la materia), se hicieron partícipes de los argumentos esgrimidos en contra de dicho evento deportivo. Asimismo, fuentes del Cabildo insular nos han confirmado la inviabilidad del desarrollo de la “arqueocarrera”.

Pues bien, ahora se procura por parte de un forofo de las carreras campo a través poner en solfa, con un punto de arrogancia, los planteamientos que argumentan la incompatibilidad del uso deportivo en las zonas arqueológicas, particularmente para aquellas que están nominadas para su declaración por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad.

Recientemente, el Sr. Rafael Falcón, publicaba en un medio local un artículo intitulado: “Antropología sin boberías”, en el que expone una serie de ideas (?) que van en sentido contrario al deseable uso público (necesariamente sostenible) de estos lugares, apuntando sin ambages las bondades de esta carrera para difundir el patrimonio arqueológico, sustentando su perorata con un argumentario caracterizado por un profundo desconocimiento del patrimonio arqueológico insular y con un cierto desprecio para con las opiniones de los científicos y profesionales en la materia que no comparten en manera alguna esta idea y que se merecen otra consideración diferente a la expresada por este señor.

Al respecto, con el ánimo de contribuir al debate que el Sr. Falcón pretende abrir, entiendo que es pertinente resaltar algunas cuestiones.

En primer término, he de manifestar que, a tenor del propio título del artículo citado, nos encontramos ante un lego en la materia que osa hablar de Antropología (en vez de Patrimonio Arqueológico), adjetivando como boberías los preceptos legales que impiden cualquier uso público, excepto- en su caso- los educativos y culturales, para estos sitios. En este libelo contra los que llama “puristas”, queda reflejada la ignorancia de este señor respecto al valor de estas manifestaciones culturales y de la perentoria necesidad de vigilar por su protección, así como articular un uso racional del régimen de visitas (vs. capacidad de carga). Son varias las perlas que nos ofrece cuando nos habla de las posibilidades de esta modalidad deportiva para conocer (!) el patrimonio arqueológico, lo que –nos cuenta- le ha ayudado a acercarse y descubrir el poblado de Acusa Seca, al que califica como la capital troglodita de Gran Canaria (sic), indicándonos que una carrera que pase por una zona arqueológica “no significa que los corredores nos adentremos dentro de las cuevas, sino que transitemos la zona por el sendero habitual de cualquiera viandante. Y esto es lo que pretende la inminente Artenara Trail con Risco Caído. Darle valor a la zona, no entrar en sus cuevas.”

Así es, en el citado texto no solo se vierten ideas de este tenor, sino que se hace una decidida apuesta por el cambio de ruta previsto para la presente edición, frente al trazado de años anteriores, que hará que “los corredores pasen por el sendero que transcurre desde el barrio de Risco Caído (?) en dirección a Artenara.”

Al respecto, creo que es necesario anotar que, a falta de dos semanas para que se realice la prueba, la organización –en la que está presente el ayuntamiento artenarense- no ha cursado esta propuesta a la Comisión Insular de Patrimonio, órgano competente para autorizar las actividades que se prevén realizar en las zonas arqueológicas, normalmente destinadas a su protección, investigación y en su caso a aquellas reservadas al uso público que, como ya he indicado, son las específicamente vinculadas a aspectos de índole cultural y educativa. Asimismo, hemos de anotar que hace pocas fechas se realizó, por operarios del Ayuntamiento de Artenara, una “limpieza” del camino que da acceso a Risco Caído con la intención de adecentarlo para la citada carrera, lo que se tradujo en un desbroce salvaje con el que se liquidaron algunas plantas de mucho interés que venían siendo utilizadas, por parte del personal encargado de las visitas guiadas a Risco Caído durante los últimos seis años en que se viene realizando este servicio, como recurso interpretativo .

Sirvan estos ejemplos para comprender la descoordinación de las administraciones responsables de velar por la protección y gestión del patrimonio arqueológico.

Dos consideraciones finales:

1. El Bien de Interés Cultural de la Zona Arqueológica de Risco Caído comprende no solo las cuevas propiamente dichas ahí localizadas, entre las que destaca la denominada nº 6 -en la que se observa ese fenómeno lumínico, particularmente valioso, que ya es fama-, sino que además incluye un área más amplia, en la que se localizan otros enclaves trogloditas –v.gr: la Cueva de la Paja-, toda ella delimitada con su entorno de protección (BOC nº 192, 3 de octubre de 2014), en el que se incluyen los caminos que cruzan la Zona Arqueológica.

2. Las administraciones públicas con competencias en la materia (particularmente el Cabildo y el Ayuntamiento de Artenara) tienen, en primer término, la obligación de instar a la organización de la Artenara Trail para que busque alternativas y varíe el trazado de la ruta prevista y, si esto no se produce, impedir en última instancia que la carrera pueda circular por la Zona Arqueológica de Risco Caído.

Por último, hay que decir que no todo vale y que este tipo de carreras debe adecuarse a las determinaciones legales (y al sentido común), de tal forma que este sano ejercicio no altere en lo más mínimo el patrimonio (natural y cultural) que alberga la Cumbre.

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