Condenado a tres años y nueve meses de prisión un ex director del Centro de Discapacitados Triana por tres delitos contra la integridad moral

Sala del Juzgado de lo Penal número 7 de Santa Cruz de La Palma. LUZ RODRÍGUEZ

La Palma Ahora

Santa Cruz de La Palma —
3 de julio de 2023 14:26 h

0

El Juzgado de lo Penal número 7 de Santa Cruz de La Palma ha condenado a José Ameen Mustafá Díaz, psicólogo y ex director del Centro de Discapacitados Triana de Los Llanos de Aridane, por “tres delitos contra la integridad moral, con la concurrencia de la agravante de superioridad y la atenuante de dilación indebida a la pena de un año y tres meses de prisión por cada uno de ellos, inhabilitación especial para derecho de sufragio pasivo y para el ejercicio de la profesión y oficio relacionado con cualquier actividad que afecte a personas con discapacidad, menores, ancianos y/o cualquier otro objetivo vulnerable, durante el tiempo de la condena”, según se recoge en la sentencia, que no es firme y contra la que puede interponerse recurso de apelación. 

Asimismo, se le condena al encausado a indemnizar “a los responsables legales de los perjudicados en la cantidad de 5.000 euros a cada uno de ellos en concepto de daños morales, sin perjuicio de la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad Servicio Canario para la Dependencia SL (Sercade) y el Cabildo Insular de La Palma. A dicha cantidad se ha de sumar los intereses legales del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil”, se precisa en la sentencia.

“Se declara probado que el encausado, durante el periodo que trabajó en el Centro de Discapacitados Triana, entre el 18 de noviembre de 2008 hasta el 17 de marzo de 2013 como psicólogo y después como director, con el ánimo de constreñir la integridad moral y la dignidad de algunos de los residentes, los cuales superan el 80% del grado de discapacidad reconocida (Rebeca Gómez Paiz el 79%) y por tanto considerándose discapacitados con retraso mental severo y grave y prevaliéndose de su cargo, fueron sometidos a diferentes prácticas vejatorias y humillantes”, se expone en la sentencia.

Etiquetas
stats