Victoria Rosell cree que Guillermo García Panasco debe dimitir tras confirmarse la extralimitación de la Fiscalía
La jueza Victoria Rosell cree que el fiscal jefe de Las Palmas, Guillermo García Panasco, debe dimitir después de que el TS haya declarado nula la investigación preliminar que la Fiscalía realizó sobre ella en 2015, en la que estima que invadió competencias reservadas al CGPJ y vulneró el derecho de defensa de la magistrada.
Así lo ha dicho a Efe la jueza, quien ha recalcado que esta investigación se enmarcó en la campaña de las elecciones generales de diciembre de 2015, a las que ella se presentó como candidata de Podemos al Congreso por Las Palmas.
Rosell ha recordado que “el primer día de campaña”, la Fiscalía de Las Palmas hizo público que había abierto una investigación “disciplinaria” contra ella tras recibir en un sobre anónimo la copia de un contrato por el cual la UD Las Palmas compraba al periodista Carlos Sosa, su pareja, los derechos de una licencia de FM por 300.000 euros.
En la sentencia dada a conocer este miércoles, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que consideró que la Fiscalía no tiene competencias para incoar unas diligencias preprocesales en materia disciplinaria a los jueces.
Expone el TS que sí se puede hacer esa investigación “siempre que sea muy ”preliminar y temporalmente se limite a lo estrictamente necesario para determinar si procede o no instar al Consejo General del Poder Judicial la incoación de un expediente disciplinario“.
Es decir, el decreto de apertura de investigación por parte de la Fiscalía de Las Palmas fue correcto, pero las pesquisas no quedaron en aspectos preliminares, sino que “se excedió e invadió las competencias en materia disciplinaria del CGPJ”.
Por estas extralimitaciones, Victoria Rosell ha estimado que el fiscal jefe de Las Palmas, Guillermo García Panasco, “debe dar explicaciones y asumir responsabilidades, no renovando el cargo o dimitiendo, ya que la función de la Fiscalía es proteger derechos fundamentales, no vulnerarlos”.
A juicio de la magistrada, García Panasco “no se encuentra en las mejores condiciones para presidir un órgano que defiende derechos fundamentales” y en el que, a su juicio, “no ha cumplido su deber”.
La sentencia del Supremo también declara nula la investigación abierta por el fiscal jefe de Las Palmas sobre la instrucción que la juez había realizado en un caso de fraude fiscal donde figuraba como acusado el presidente de la UD Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez.
La Fiscalía de Las Palmas pretendía conocer si Rosell incurrió en algún tipo de responsabilidad disciplinaria en ese procedimiento, tras tener conocimiento de que su pareja, el periodista Carlos Sosa, había firmado un acuerdo en octubre con la UD Las Palmas para traspasarle la gestión de una licencia de radio por 300.000 euros.
Para el Supremo, unas diligencias preprocesales del fiscal no son parte del procedimiento sancionador, sino que a esa institución compete instar la iniciación del procedimiento disciplinario respecto a jueces y magistrados sin que “en absoluto pueda afirmarse que la ejerza”.
Tres magistrados discrepan de la sentencia del Supremo y han firmado un voto particular redactado por Pablo Lucas y al que se han adherido José Luis Requero y Pilar Teso, quienes creen que en ningún caso el fiscal debe investigar a jueces o magistrados.
A su juicio, esta sentencia transforma el artículo 5.3, referido a diligencias preprocesales -claramente penales y, por tanto, no disciplinarias- en fuente habilitadora de facultades de investigación del Ministerio Fiscal en materia disciplinaria sobre los jueces.
En su voto, afirman que la Constitución no encomienda ningún cometido instructor al fiscal en materia de régimen disciplinario a jueces y magistrados, y, de acuerdo con ella, si el Ministerio Fiscal tiene conocimiento de hechos de posible trascendencia disciplinaria imputables a un juez o magistrado, como ocurrió en este caso, la única actuación que le cabe es ponerlos en conocimiento del CGPJ.