Costas pone la lupa en Fuerteventura

Vista de la playa desde el Hotel IFA Altamarena.

Manuel Riveiro

Puerto del Rosario —

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El Hotel IFA Altamarena, con sus más de 200 habitaciones, se promociona como el establecimiento alojativo ideal, “en una tranquila zona frente a la famosa playa de Jandía”. Para el Ministerio de Medio Ambiente, más que 'frente' está 'dentro' de la playa. Y la Audiencia Nacional le acaba de dar la razón en una sentencia reciente, al rechazar una demanda de la empresa propietaria del hotel contra un deslinde que deja al IFA Altamarena dentro del dominio público marítimo terrestre, lo que coloca al hotel, vinculado al grupo Lopesan, en una compleja situación legal de cara al futuro

El conflicto con Costas en esta parte del litoral de Morro Jable no es nuevo: en mayo de 2009 se trazó un nuevo deslinde del dominio público marítimo terrestre que dejó dentro del dominio de Costas una pieza de suelo urbanizada de más de 58.000 metros cuadrados junto a la playa del Matorral. En aquel momento, no solo el IFA Altamarena estaba dentro del dominio público, también el Hotel Robinson. La empresa propietaria del Altamarena emprendió entonces una batalla legal que no le ha dado frutos.

Así, alegó primero ante la Audiencia Nacional y luego ante el Tribunal Supremo que el hotel se había construido con licencia y que en ese tramo del litoral existía un deslinde, de abril de 1989, en el que no se incluían los terrenos de los dos hoteles citados. Argumentó que existe una “urbanización consolidada” en la zona afectada por el deslinde “desde hace más de veinte años” y que la delimitación del dominio público fue “arbitraria”.

La respuesta de la Abogacía del Estado echó por tierra esos argumentos. Replicó que en las fotografías antiguas “se puede apreciar que los terrenos que actualmente ocupan el conjunto de hoteles presentaban unas características similares a los terrenos adyacentes, catalogados como plataforma dunar y saladar”. “Es decir, que se trata de terrenos pertenecientes al dominio público marítimo terrestre que han sido transformados por obras”, recalcó. En el procedimiento se aportaron imágenes de 1966, que “reflejan los terrenos originales de duna” vírgenes. En las imágenes de 1975 se recoge “ya la construcción del Hotel Robinson” y en las de 1989 se aprecian los terrenos “ya degradados”.

La primera sentencia de la Audiencia Nacional fue concluyente: el Ministerio de Medio Ambiente había justificado la naturaleza de dominio público de los terrenos. ¿Y cómo es que tenía licencia de construcción? El tribunal aclaró que aunque un suelo sea incorporado a un proceso urbanizador eso “no desnaturaliza su condición geomorfológica”, y que es irrelevante incluso que esté clasificado como suelo urbano. Esa clasificación urbanística no constituye “causa suficiente para la inaplicación del régimen de protección costera” que establece la Ley. El Tribunal Supremo ratificó la resolución de la Audiencia Nacional y el IFA Altamarena se quedó en dominio público. Pero el Hotel Robinson corrió distinta suerte. 

Cambio a la medida

Costas ha sido inflexible con el hotel Altamarena pero no ha sucedido así con el Robinson. De hecho, aceptó un recurso de este hotel en vía administrativa y modificó el deslinde en la parte que le afectaba, excluyéndolo totalmente del dominio público. Contra ese cambio en el deslinde de Costas ha vuelto a pleitear el hotel del grupo Lopesan. El primer asalto, en la Audiencia Nacional, es el que acaba de perder. La empresa alegó que no fue emplazada por Costas en el recurso formulado por el hotel Robinson, exigió el mismo trato que su vecino y calificó de “totalmente inaceptable” que el ministerio hubiese trazado un “quiebro artificial e improcedente en la línea del dominio público, que toma como único criterio de delimitación” la “propiedad de las parcelas”.

La respuesta de la Abogacía del Estado es contundente: desde mayo de 2009, cuando se hizo el deslinde “que incluyó la parcela de Altamarena en el dominio público marítimo terrestre, la misma dejó de ser titularidad” de la empresa, por lo que “no procedía su emplazamiento” en el recurso del Hotel Robinson ante Costas. La Audiencia Nacional acaba de dictar sentencia y considera que el cambio que beneficia al Robinson no se puede entender una “modificación sustancial” del deslinde. Contra la sentencia de la Audiencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El Puertito de Los Molinos y Majanicho, en el punto de mira

Costas también ha puesto su ojo en núcleos del litoral como el Puertito de Los Molinos, en el municipio de Puerto del Rosario, o en Majanicho, en el municipio de La Oliva. El deslinde del dominio público marítimo terrestre, que tiene más de un cuarto de siglo, dejó a prácticamente todos los inmuebles de Los Molinos en terreno afectado por Costas.

Desde entonces los problemas se han sucedido para los propietarios. Así, por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado una demanda del titular de tres edificaciones, dos de 30 metros cuadrados y otra de 40 metros, que lleva una larga batalla para salvar los inmuebles. La Demarcación de Costas acordó en 1994 “recuperar de oficio la posesión del dominio público marítimo terrestre ocupado” y, en 2008, la Dirección General de Costas desestimó una reclamación del propietario, que cuestionó que se le privase de la opción de pedir una concesión. A los tribunales llegó otro caso similar, de una edificación de una planta de 25 metros cuadrados 

La Justicia también ha resuelto en contra de propietarios de casas en Majanicho, con numerosas edificaciones dentro del dominio público marítimo terrestre. En este caso el deslinde se aprobó en 2003 y, posteriormente, Costas rechazó otorgarle una concesión. El propietario alegó y, posteriormente, Costas rechazó otorgar una concesión de ocupación del dominio público marítimo terrestre, entre otras razones por “no quedar acreditada la anterior titularidad”, un argumento que ha sido tenido en cuenta por la Audiencia Nacional para inclinarse a favor del Ministerio de Medio Ambiente en varias reclamaciones judiciales de este núcleo costero.

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