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Las medidas actualizadas contra la COVID entran en vigor en Canarias mientras el Gobierno espera la aclaración del TSJC

Terrazas en Las Palmas de Gran Canaria

Canarias Ahora

9 de agosto de 2021 15:44 h

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Este lunes han entrado en vigor las medidas actualizadas contra el coronavirus que el Gobierno de Canarias publicó el pasado 6 de agosto para adaptar las restricciones a los autos del Tribunal Supremo de Justicia de Canarias (TSJC), que suspendió la limitación horaria de servicios y establecimientos entre las 00.00 y las 06.00 horas en el nivel de alerta 4 o la necesidad de presentar el certificado COVID para poder acceder a locales y eventos.

El Ejecutivo regional anunció el 30 de julio que solicitaría al TSJC que aclarase distintos aspectos de los autos emitidos un día antes. Aunque agosto es un mes inhábil, el alto tribunal ha respondido a este periódico que prevé pronunciarse antes de septiembre. Mientras llega ese momento, el Gobierno publicó una tabla señalando específicamente las medidas que quedaban suspendidas de forma cautelar, especialmente, en el nivel más restrictivo pero que a raíz de los reveses judiciales se da la contradicción de que en algunas medidas es más permisivo que el nivel 3.

En concreto, en el nivel de alerta 4 queda eliminado de forma temporal el cierre obligatorio de la hostelería entre las 00.00 a las 06.00 horas; por el momento, tampoco es posible limitar el aforo en los locales de juego y apuestas ni las actividades en instalaciones o centros deportivos al 33% en el nivel de alerta más restrictivo y pasa al 55%. Por otro lado, decae la reducción del aforo al 40% en los comedores interiores de los restaurantes, bares y cafeterías, tanto para las islas de nivel 3 como para las que se encuentran en nivel 4, pasando a la mitad con cuatro comensales por mesa. 

En Canarias tampoco se precisa un certificado COVID o una prueba diagnostica negativa para acceder al interior de ningún tipo de establecimiento, local o recinto, desde bares a cines o locales de juegos y apuestas.

Esto sucede mientras la incendia acumulada en Canarias desciende. La quinta ola está perdiendo fuerza en el Archipiélago y hasta este domingo su incidencia acumulada (IA) a 14 días había caído hasta los 457,6 casos/100.000 habitantes. Hace siete días, ese mismo indicador era de 507,5 casos/100.000 hab. Por otro lado, su IA a una semana también muestra un ligero descenso. De 257 casos/100.000 personas que registraba hace unos días, este parámetro ha pasado a sumar 203,7 casos. 

A pesar de que la presión hospitalaria todavía es alta y el número de fallecidos diarios por COVID-19 tampoco es el más favorable, las Islas están logrando revertir su curva desde que comenzara el último repunte en el pasado mes de junio. Este domingo, se notificó la menor cifra de contagios diarios por la enfermedad en un mes, con 478 casos, un 23% menos que los registrados el mismo día de la pasada semana.

Estas son las restricciones en cada nivel de alerta según los sectores o actividades:

Reuniones en espacios públicos y privados

Nivel 1: máximo diez personas.

Nivel 2: Maximo seis personas.

Nivel 3 y 4: Maximo cuatro personas.

Si todos son convivientes, puede superarse la cantidad máxima. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas establecido para cada uno de los niveles de alerta.

En la vía pública

En todos los niveles se prohíbe comer y beber en la vía pública y en los espacios al aire libre cuando no sea posible garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad de 2 metros, excepto entre grupos de convivencia estable, y en lugares autorizados para ello. Tampoco está permitido fumar mientras se transita por la vía pública, tan solo cuando se permanece inmóvil a una distancia de 2 metros de otras personas; se mantiene la prohibición de fumar en terrazas.

Parques infantiles

Nivel 1 y 2: Los ayuntamientos podrán permitir su uso siempre que se respeten las medidas generales de prevención, limpieza y desinfección.

Nivel 3 y 4: Cerrado.

Transporte público

En los niveles 3 y 4 de alerta se establece un aforo del 33% y se establece el refuerzo de las líneas de mayor afluencia; en el nivel 2, el aforo debe estar a la mitad. El nivel 1 no tiene restricciones en este sentido.

Ámbito laboral

Nivel 1: aforo del 75% en espacios comunes.

Nivel 2: aforo del 50% en espacios comunes.

Nivel 3: aforo del 33% en espacios comunes.

Nivel 4: preferentemente, y siempre que sea posible, de forma telemática.

En espacios de hasta 4 metros cuadrados, la ocupación máxima será de 1 persona, salvo que necesiten asistencia de un acompañante. Y en los que superen dicha medida, la ocupación máxima será del 50%, debiendo mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 1.5 metros en su interior.

Actividades, servicios y establecimientos

En este ámbito se establece una contradicción hasta que el TSJC se pronuncie y aclare el asunto. Cuando anunció que solicitaría aclaración del tribunal sobre la suspensión de las restricciones horarias, el portavoz del Gobierno de Canarias, Julio Pérez, recalcó que, según la interpretación del Ejecutivo, “el TSJC nos dice que no es posible que se aplique en el nivel 4, pero la lectura nos induce a mirar que en el resto de los niveles sí se mantendría ese cierre”.

Así, la tabla refleja que en los niveles 1, 2 y 3 de alerta, se fija una limitación horaria entre las 00.00 y las 06.00, sin embargo, en el más restrictivo esta medida queda suspendida.

Hostelería y restauración

En todos los niveles, debe haber una distancia de al menos dos metros entre los grupos de mesas y la disposición de las sillas evitará una disposición cara a cara. Para facilitar el rastreo ante casos positivos de COVID-19, se llevará un registro de los clientes en los servicios de comida y cena en zonas interiores de restaurantes. Y el servicio de recogida a domicilio deberá cerrar a las 00.00 horas.

Nivel 1: terrazas al aire libre al 100% de aforo y máximo diez comensales por mesas. En el interior, 75% de aforo y máximo seis comensales por mesa. En barra, grupos de cuatro personas como máximo, con espacios señalizados. El cierre debe producirse antes de las 02.00 horas.

Nivel 2, 3 y 4 terrazas al aire libre al 75% de aforo con seis comensales por mesa; en el interior, al 50% y con cuatro comensales por mesa. En barra, grupos de dos personas y espacios señalizados. El cierre debe producirse antes de las 00.00 horas, inclusive en el nivel 4 de alerta, a pesar de que en el apartado anterior se dice que queda suspendido.

Comercios

Nivel 1: aforo del 50% en interiores

Nivel 2: aforo del 33% en interiores.

Nivel 3 y 4: aforo del 25% en interiores.

Actividades culturales

En cines, teatros o auditorios, el aforo será del 55% en todos los niveles de alerta, con entradas numeradas y asientos preasignados y distribuidos por grupos de convivencia estable, que podrán ser de seis personas en los niveles 1 y 2; de cuatro personas en el nivel 3. De no ser convivientes, se establecerá la separación dejando butacas libres.

En las bibliotecas, el aforo será del 75% en el nivel 1; del 50% en el nivel 2 y del 33% en el nivel 3 y 4. Los museos cuentan con el mismo aforo excepto en el nivel 4, que se reduce a un 25%.

Actividad física no federada

Uso de la mascarilla obligatorio exceptuado, exclusivamente en las prácticas deportivas en las que pueda garantizarse la distancia de seguridad de 2 metros con otras personas permanentemente. En el interior de instalaciones se produce una de las contradicciones a raíz de los autos del TSJC:

Nivel 1: no se superará el 75% del aforo y se permiten actividades colectivas de diez personas como máximo.

Nivel 2: no se superará el 50% del aforo y se permiten actividades colectivas de seis personas como máximo.

Nivel 3: No se superará el 33% del aforo y se permiten actividades colectivas de cuatro personas como máximo.

Nivel 4: No se superará el 55% del aforo.

Locales y juegos de apuestas

Nivel 1: aforo del 75% y mesas con 10 personas como máximo, con distancia de 2 metros entre cada silla. Cierre a las 02.00 horas.

Nivel 2: aforo del 50% y mesas con seis personas como máximo, con distancia de 2 metros entre cada silla.

Nivel 3: aforo del 33% y mesas con cuatro personas como máximo, con distancia de 2 metros entre cada silla.

Nivel 4: aforo del 55% y mesas con cuatro personas como máximo, con distancia de 2 metros entre cada silla.

Actividades religiosas, velatorios y entierros

Nivel 1: aforo del 75%.

Nivel 2: aforo del 50%

Nivel 3 y: aforo del 33%, con 20 personas al aire libre y diez en espacios cerrados.

Playas

Nivel 1: aforo del 100% con grupos máximos de diez personas.

Nivel 2: aforo del 75% con grupos máximos de seis personas.

Nivel 3: aforo del 50% con grupos máximos de cuatro personas.

Piscinas

Nivel 1: aforo del 75% con grupos máximos de 10 personas.

Nivel 2: aforo del 50% con grupos máximos de seis personas.

Nivel 3 y 4: aforo del 33% con grupos máximos de cuatro dos personas, respectivamente.

Acampadas

Nivel 1: aforo del 50% en grupos de diez personas; no podrán pernoctar en la misma estancia personas no convivientes.

Nivel 2: Aforo del 33% en grupos de seis personas; no podrán pernoctar en la misma estancia personas no convivientes.

Nivel 3 y 4: Cierre de acampadas, refugios, albergues no sociales y

campamentos con pernoctación

Ocio nocturno 

Nivel 1: se permite su apertura con un horario de cierre a las 02.00 horas. No se permite el baile y siempre se debe usar mascarilla, excepto para la ingesta. Se establece un registro de clientes para facilitar el rastreo. Los karaokes, con mascarilla, micrófono higienizado tras su uso por cada cliente y distancia mínima de 2 metros entre participantes y entre ellos y el público.

Nivel 2, 3 y 4: cerrados.

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