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El Tribunal Supremo absuelve a Federico Sauermann

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que revoca la dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, absolviendo así a Federico Sauermann, hijo del fallecido empresario alemán afincado en Canarias Walter Sauermann. El 24 de mayo de 2005, el tribunal canario condenó a Federico Sauermann a dos años de prisión por estafa y el pago de una indemnización de 354.000 euros. Ahora, el máximo órgano judicial español ha resuelto dejar sin efecto esa decisión y declara al acusado inocente.

Así, entiende el Tribunal Supremo que existen varios datos alegados en el recurso “que tenían que haber sido objeto de tratamiento en la sentencia recurrida”. Primero, el carácter complejo de la cuestión jurídica relativa a la extensión de la hipoteca a los bienes inmuebles incorporados a la industria que es objto de explotación en la finca hipoteca. Segundo, ser lego en derecho el acusado, que siendo perito industrial, se dedicaba a la administración de las empresas de su padre. El Supremo recuerda en su dictamen que aunque las empresas en cuestión pasaban por una importante crisis económica, “tenía su correspondiente equipo de profesionales dedicados específicamente a las cuestiones financieras”.

En tercer lugar, dice el TS que no resulta acreditado que el acusado recibiera información alguna sobre lo que sibnificaba el artículo 11 de la Ley Hipotecaria en cuanto a la determinación concreta de los bienes a los que se extendía la hipoteca inmobiliaria. También apunta la sentencia que “aunque la jurisprudencia del Tribunal Supremo de orden civil no requiere que haya una determinación concreta de los bienes a los que se amplía el derecho real de garantía para la validez de la extensión del objeto hipotecado, el que tal determinación se hiciera en el presente caso es un dato más a favor del razonamiento que estamos realizando respecto al desconocimiento por parte el acusado sobre este extremo”.

Por último, dice el Supremo que entre la hipoteca inmobiliaria a favor del banco y la escritura de ratificación de la pignoración, ambas actuaciones de Sauermann, transcurrió un tiempo “excesivo”, a juicio del Tribunal, para que el acusado pudiera recordar si la escritura primera se había extendido o no a otros bienes adscritos a la industria que en la finca se estaba desarrollando. “Todos estos datos, o algunos de ellos, tendrían que haberse tenido en cuenta en la sentencia recurrida para valorar si conoció o no este señor esa identidad entre aquellos bienes hipotecados y estos otros pignorados”, explica la resolución.

El Tribunal Supremo demanda de la sentencia de la Audiencia Provincial una motivación fáctica razonable suficiente. “No se hizo así en la resolución impugnada, y ello nos obliga (...) al consiguiente pronunciamiento absolutorio”.

Con todo, el Tribunal Supremo ha fallado que ha lugar al recurso de casación formulado por Friedrich Octavio Sauermann, por lo que éste queda absuelto definitivamente de las acusaciones que contra él se dirigían.

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