Sobre un malpaís y con vertidos tóxicos a la costa: así son los atentados medioambientales del mayor polígono industrial de Tenerife

El polígono industrial de Güímar, que colinda con el Malpaís separado por el Camino de la romería del Socorro.

Iván Alejandro Hernández

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En el marco nacional de los intentos por impulsar el desarrollo industrial en la década de los sesenta del siglo XX, los polígonos industriales de creación pública eran la opción más factible para un territorio carente de materias primas y alejado del territorio continental, como Canarias. En este contexto, se impulsó el Polígono Industrial del Valle de Güímar proyectado sobre un malpaís, una palabra canaria que la RAE define como “campo de lava reciente, con una superficie tortuosa, estéril y árida”. Las protestas de los ecologistas lograron reducir su tamaño y proteger la mayor parte del paraje natural, al mismo tiempo que asociaciones vecinales consiguieron preservar una parte del Camino del Socorro, el trayecto de la romería más antigua de las Islas que se veía amenazado por la construcción del polígono y que ahora separa el enclave del malpaís. En la actualidad, el polígono industrial del Valle de Güímar ha llegado a los tribunales al ser el origen del “mayor atentado medioambiental en el litoral de Tenerife”.

Así han calificado los partidos denunciantes, Izquierda Unida Canaria y Sí Se Puede, los vertidos contaminantes en la costa nordeste de la isla . Las aguas residuales emitidas por este enclave desde 2013 a 2017 generaron riesgos en los ecosistemas marinos y la salud de las personas en zonas de baño, según recoge el auto emitido el pasado 18 de enero por el juez Francisco Tuero González, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Güímar. Además, continúan engordando las multas de la Unión Europea a España por no depurar correctamente sus aguas, que en conjunto ya ascienden a más de 50 millones de euros por semestre y, por esta en concreto, el Gobierno canario paga 600.000 euros, según informó el consejero insular de Desarrollo Sostenible y Lucha contra el Cambio Climático, Javier Rodríguez Medina.

Una alcaldesa y tres ex alcaldes han sido procesados al estimar el magistrado a cargo de la causa penal abierta en 2017, con 14 investigados y más de 24.500 folios repartidos en 61 tomos, que omitieron sus obligaciones de control, tratamiento y legalización del saneamiento y permitieron, como máximos responsables, vertidos continuos incontrolados desde 2013 de dos urbanizaciones y del polígono industrial “más grande de Tenerife”, que cuenta con entre 250 y 300 empresas y da trabajo a unas 3.000 personas.

El juez dictó un acuerdo de sobreseimiento provisional y parcial para diez de los 14 investigados y mantuvo la causa por presuntos delitos contra el medio ambiente y prevaricación contra la actual alcaldesa de Candelaria, María Concepción Brito Núñez (PSOE), que accedió al puesto el 13 de junio de 2015, y tres exalcaldes: Carmen Luisa Castro Dorta (Partido Popular), que asumió el bastón de mando en Güímar desde mayo de 2013 hasta junio de 2019; José Juan Lemes Expósito (primero con el PP y luego con Coalición Canaria), alcalde de Arafo entre junio de 2011 a junio de 2019, y José Gumersindo García Trujillo (PSOE), alcalde de Candelaria desde junio de 2011 hasta junio de 2015. Sí Se Puede e Izquierda Unida Canaria ya han anunciado que preparan la acusación contra estos responsables políticos, para la que tiene 10 días desde la notificación del auto, de cara a la apertura de juicio oral. 

Por su parte, Carmen Luisa Castro Dorta ya ha anunciado a Diario de Avisos que presentará recurso de apelación. La exalcaldesa llegó a pintar una raya azul en el polígono industrial para delimitar la zona perteneciente al municipio y defendió desconocer que los vertidos eran ilegales, si bien en la entrevista, tras conocer el auto, afirmó que desde 2014 advirtió al Cabildo de Tenerife del mal estado de las instalaciones de saneamiento. Castro ha protagonizado diferentes episodios llamativos, desde tildar a Pedro Sánchez de “dictador” y defender el “atractivo turístico” del Valle de Los Caídos, a patrocinar con dinero público viajes con vecinos de Güímar para ver en Madrid la grabación del programa Sálvame.

En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, el juez explica que se trata de una causa declarada compleja y con “innegable dificultad” por su extensión en el tiempo, ya que se investigan los vertidos desde 2007 hasta 2021, a lo que se suma la concurrencia de múltiples administraciones de ámbito local, regional, nacional y comunitaria, con sus respectivas normativas. Por ello, ha centrado la persecución penal en las actuaciones u omisiones que han implicado una responsabilidad “gruesa y directa”, apartando responsabilidades indirectas o tangenciales que carecen de gravedad para sanción penal. Así, atribuye a los alcaldes de Arafo, Candelaria y Güímar desde julio de 2013 hasta marzo de 2017 una responsabilidad “grave y directa” en los vertidos contaminantes, al omitir “de forma consciente y voluntaria” las actuaciones administrativas “a las que estaban imperativamente obligados”.

Los tres ayuntamientos asumieron la cesión del polígono industrial el 23 de junio de 2013 de manos de la Asociación Mixta de Compensación del Polígono Industrial del Valle de Güímar, entidad creada en 1973 para gestionar el enclave y formada por el Cabildo de Tenerife, la Entidad Estatal del Suelo (SEPES) y La Caixa. Es a partir de dicha fecha cuando “la situación cambió drásticamente”, según el magistrado. Desde el 1 de agosto, cuando la Viceconsejería de Medio Ambiente dispone del censo de vertidos, se refleja la existencia de un vertido al mar por el emisario submarino, que estaba autorizado, y de otros dos sin autorización. En concreto, uno se ubicaba en una zona próxima a la Estación de Bombeo de Aguas Residuales (EBAR) cerca de Cuevas de Playa de Lima y otro transcurría por un barranco canalizado, que quedaba estancado frente a un supermercado, a unos 50 metros del mar. Sin embargo, estos no afectaban a dominio público marítimo-terrestre, por lo que no dieron lugar a expedientes ni actuaciones de control. 

Sin embargo, de 2017 a 2013, el auto recoge que el vertido a través del emisario submarino se efectuó conforme a la autorización concedida por la Viceconsejería de Medio Ambiente en 1998, es decir, conforme a la legalidad vigente. Aunque caducaba en 2011, la solicitud de prórroga fue realizada en plazo y en el proceso de cesión tuvieron constancia de este punto los ayuntamientos. Las analíticas presentadas durante los años de gestión de la asociación mixta no manifestaban incumplimientos relevantes de la normativa en vigor; además, constan labores de mantenimiento y limpieza de las instalaciones. Para adaptar las infraestructuras a la nueva legislación a aplicar y poder obtener una nueva autorización de vertidos, la asociación efectuó las diligencias pertinentes. 

Por ello, el juez concluye que la Asociación Mixta de Compensación no incurrió en un incumplimiento grave de las normas reguladoras en la emisión de vertidos que pudieran ocasionar daños medioambientales. Es solo a partir de junio de 2014 cuando se tiene constancia objetiva de la situación de total abandono y ausencia de funcionamiento de las instalaciones, recoge la resolución. Desde julio de 2013 hasta marzo de 2017, los tres ayuntamientos no destinaron ninguna partida presupuestaria a los gastos de conservación y mantenimiento de las infraestructuras, ni a la contratación de personal de limpieza, ni para supervisar o controlar el vertido. 

Durante el proceso de negociación de cesión, los ayuntamientos estaban obligados a crear una Entidad de Gestión Urbanística de Conservación para la gestión y mantenimiento del polígono antes de su recepción. Por desacuerdos entre los consistorios no se logró constituir y ningún ayuntamiento asumió las competencias municipales sobre la red de evacuación de las aguas residuales. Por ello, “quedaron en un estado de absoluto abandono”: las edificaciones de la cabecera del emisario submarino y en las EBAR estaban sin cierre y desvalijadas, con equipos sin funcionar o con signos de rebose de caudal del vertido. 

Los titulares de las infraestructuras no efectuaron ningún tipo de depuración ni tratamiento sobre las aguas residuales que continuamente emitían a través del emisario al mar las empresas ubicadas en el Polígono y las urbanizaciones de El Socorro y La Viuda. Tampoco se consiguió tramitar el expediente para obtener la prórroga en la autorización de vertidos y la concesión de ocupación de dominio público marítimo terrestre, por lo que desde 2011 los vertidos al mar a través del emisario eran ilegales, como advirtió el entonces director general de Protección de la Naturaleza del Gobierno canario.

Todo ello pudo ser comprobado con inspecciones del Seprona, recogidas de muestras de empresas, un dictamen del Instituto Nacional de Toxicología o el informe pericial judicial elaborado por expertos y especialistas en Calidad Ambiental, Química Analítica o Ciencias del Mar. Además de comprobar la ausencia de tratamiento del agua residual y el incumplimiento de la normativa aplicable, se apreció un riego “evidente, especial y significativo” en la calidad del mar receptor. En concreto, se constató que los vertidos potencialmente podían reducir o modificar el equilibrio de las especies y hábitats marinos, afectando a la tortuga boba, el delfín molar o el bucio. También se corroboró que tanto a largo como a corto plazo, se podía generar un riesgo de provocar infección de ojos, irritación en la piel, enfermedades gastrointestinales o infecciones respiratorias. 

Las actuaciones

Después de que se incoara la causa el 8 de marzo de 2017, los ayuntamientos titulares desarrollaron “una intensa actividad dirigida a superar aquella situación de dejación y abandono en las instalaciones del sistema de evacuación de aguas industriales del polígono”, según el auto. Los tres consistorios solicitaron el cierre del emisario para impedir que se siguieran vertiendo aguas residuales sin el tratamiento adecuado. Pero el Juzgado de lo Contencioso Administrativa Número 4 de Santa Cruz de Tenerife acordó la suspensión de esta medida al comprometer las actividades empresariales. Y estableció un plazo para que las administraciones ejecutaran una serie de acciones tendentes a mejorar las infraestructuras.

En 2017, la Viceconsejería de Medio Ambiente también abrió un expediente promovido por el Ayuntamiento de Arafo, en representación de los tres ayuntamientos, y el Consejo Insular de Aguas de Tenerife, con el objetivo de obtener la autorización de los vertidos y la concesión de ocupación de dominio público marítimo-terrestre. Así, presentaron las actuaciones necesarias a acometer: un nuevo sistema de impulsión y bombeo de las aguas residuales urbanas de El Socorro y La Viuda y de las aguas industriales del polígono; la construcción de una Estación de Depuración de Aguas Residuales Industriales (EDARI) para el polígono; un pozo filtrante para un nuevo aliviadero de la EBAR que emite vertidos; destrucción de las EBAR de la La Viuda y El Sur; un nuevo aliviadero al mar de la EDARI y un nuevo tramo de difusores del emisario submarino con retirada de los ramales existentes. 

Los técnicos que elaboraron esta propuesta también presentaron el 10 de noviembre de 2017 en el mismo expediente un documento técnico para solicitar la autorización de vertidos y la concesión de Costas, recogiendo todos los requisitos exigidos. Tras subsanar los requerimientos observados, en una resolución del 16 de septiembre de 2019, la directora general de Sostenibilidad de Costa y el Mar del Ministerio para la Transición Ecológica concedió la ocupación de 802 metros cuadrados de dominio público marítimo-terrestre con destino a la conducción principal de vertido y aliviadero de emergencia de las aguas procedentes del polígono. 

Y en una resolución de 18 de septiembre de 2019, la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático otorgó autorización para el vertido de aguas residuales urbanas e industriales depuradas a través del emisario por un plazo de 15 años prorrogable. Se incluía un plan de etapas para que el vertido se realizara inicialmente a través del emisario existente y que, posteriormente, sería remodelado, para que las aguas industriales vertidas fueran pretratadas en una situación intermedia hasta la puesta en funcionamiento de la EDARI proyectada, cuyo funcionamiento se prevé en la actualidad para antes del verano, a la que se sumará una Estación Depuradora de aguas Residuales Urbanas (EDARU). 

El Malpaís de Güímar y la Romería del Socorro

El Cabildo de Tenerife impulsa, a finales de la década, junto a la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Santa Cruz de Tenerife, la creación de un espacio para la instalación de empresas. Se elige el Valle de Güímar, en un área que agrupa a tres municipios: Candelaria, Arafo y Güímar. Se escogieron estos terrenos, principalmente, por dos razones: la construcción en esos momentos de la autopista del sur y la proyección del segundo aeropuerto en la Isla. El lugar seleccionado permitía buenas conexiones terrestres, aéreas y marítimas.

En 1972 se constituye la Asociación Mixta de Compensación del Polígono Industrial del Valle de Güímar, formada casi a partes iguales por el Cabildo de Tenerife, el Instituto Nacional de Urbanismo, que pasaría a ser la Entidad Estatal de Suelo (SEPES) y la Caja General de Ahorros de Santa Cruz de Tenerife, que se convertiría en Cajacanarias y, después, La Caixa. Esta entidad se encargó de la urbanización de los terrenos y de las ventas de las parcelas a las empresas. En sus planeamientos iniciales, el polígono se implantaba en un terreno con una extensión de 610 hectáreas urbanizables, de las que 350 serían parcelas destinadas a uso industrial. Esta delimitación afectaba a tres pequeños núcleos habitados, El Socorro, Playa de la Viuda y Playa de La Lima, a las que no se expropió y, también, en gran parte, al Malpaís de Güímar.

En 1971, tras luchar contra la tala de árboles en la Isla, nace la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN), que en la década de 1980 escenifica las primeras protestas por la ubicación del polígono. “ATAN no se opuso a su construcción, sino a la ocupación de toda la zona correspondiente al Malpaís de Güímar”, recuerda Eustaquio Villalba, portavoz de ATAN que, junto al Grupo Ecologista Tabona, lideran la lucha por la conservación del paraje natural, un área volcánica que se extendía desde Montaña Grande hasta la costa y que cuenta con multitud de especies endémicas. 

Empujado por estas protestas, que se escenificaron en las calles y por la vía administrativa, el Gobierno de Canarias aprobó en 1987 la Ley de Declaración de Espacios Naturales en el Archipiélago, lo que conllevó a declarar el Malpaís de Güímar como paraje de interés natural y, posteriormente, como reserva natural especial, aumentando su protección. “Hubo mucha polémica al respecto, aunque afectó a una parte del malpaís, se consiguió conservar una gran extensión y que el Polígono ocupara menos terreno”, señala Villalba. 

Pero los grupos ecologistas prosiguieron con su lucha para conseguir que se catalogara a todo el Malpaís como Reserva Natural Especial y, para tal fin, se constituyó la Plataforma Ciudadana en Defensa del Malpaís de Güímar. En 2006, finalmente, se aprobó la normativa que atendía esta petición y determinaba como límite de la zona protegida el Camino del Socorro.

De forma paralela a la lucha ecologista, el portavoz de ATAN también rememora que en la década de los ochenta “la gente de Güímar protestó porque se invadía el trayecto del camino tradicional de la romería del Socorro”. Se constituyó entonces la Asociación Cultural Patrimonio de Güímar en defensa del tradicional camino al temer que la construcción del Polígono podía alterar su trazado. Esta reivindicación llevó, en 2001, a la publicación de un decreto por el Gobierno regional, que declaró el Camino como Bien de Interés Cultural.

“En la medida de lo posible, se respetó y se consiguió que el trazado de la romería no se viera afectado por el polígono industrial, aunque sí lo fue, pero en menor medida de lo que hubiese sido si no se hubiesen llevado a cabo las protestas”, señala Villalba. El núcleo habitado de El Socorro, un pequeño pueblo tradicional junto al mar, el malpaís, con su pequeña ermita y su olor a albahaca, han quedado engullidos por el polígono.

Finalmente, el planeamiento del polígono industrial redujo su superficie urbanizable, de las 610 hectáreas previstas a unas 200 hectáreas. Quedó, para el portavoz Villalba, la espina clavada de las zonas ajardinadas del enclave, que había sido también objeto de protestas por ATAN porque se plantaron especies exóticas. “Fue un grave error. Si hubiesen plantado especies de la zona, hubiesen ahorrado agua porque no necesitan riego”.

Villalba también hace hincapié que ATAN advirtió “la inexistencia de un tratamiento de las aguas residuales que contaminarían el litoral, tal y como ocurrió y han convertido en un desierto biológico toda la zona”. En 1978, finalizó el proyecto del emisario submarino que desarrollaba el sistema de vertidos de cara a obtener la autorización correspondientes para realizar esta acción de forma legal, que otorga en 1998 la Viceconsejería de Medio Ambiente por un periodo de 13 años. Previamente, en 1981, la Dirección de Puertos y Costas había concedido la ocupación del dominio público marítimo-terretre por 30 años. El sistema implantado por la Asociación Mixta de Compensación constaba de dos Estaciones de Bombeo de Aguas Residuales (EBAR), una Estación de Tratamiento Adecuado de Aguas Residuales Industriales (ETARI) para aplicar un tratamiento primario y un emisario submarino de 736,5 metros de longitud, 525 metros desde la costa que alcanzaba los 26,10 metros de profundidad. 

Además, se implantó una red de aguas pluviales que desembocaba en el mar y una red de recogida de aguas residuales generadas por las actividades mercantiles de los tres municipios del polígono, a la que se acoplaron las aguas residuales urbanas de los núcleos habitados de El Socorro y Playa de La Viuda. Las aguas residuales eran impulsadas por las EBAR a la ETARI y, de ahí, se vertía al mar por el emisario. Nunca se proyectó una Estación Depuradora de Aguas Residuales Urbanas (EDARI) hasta la incoación de la causa penal en 2017, cuyas diligencias se inician a partir del 1 de agosto de 2007 por estar documentados en esa fecha los vertidos. Sin embargo, Villalba asegura que ATAN denunció vertidos desde 1986 en adelante y, como ejemplo, expone una fotografía publicada en su web en 1998 en la que se aprecia una mancha blanca en el mar frente al Polígono. “El daño que se ha hecho al medioambiente es enorme y se sigue haciendo”, concluye.

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