Los detalles de la Zona de Bajas Emisiones de Santander: desde 2031 solo accederán vehículos no contaminantes y de emergencias

“Pendiente de presentación y aprobación del Proyecto de Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Santander”. De esta forma, el borrador de la ordenanza reguladora de la ZBE en la capital de Cantabria ha sido sometido a la opinión de los vecinos hurtando la información básica, como es la relación de calles afectadas cuyo acceso mediante vehículo a motor estará restringido o prohibido a partir de 2026. El proceso de participación concluye este domingo día 15 de junio.

Y es que cerca del 80% del texto de la ordenanza es un 'copia y pega' de otras normativas en vigor. Esto puede ser algo habitual en este tipo de normativa, ya que una ordenanza se apoya en apartados de la legislación básica, que se trasponen sin más, y suele poner el foco en antecedentes de otras ciudades que han desarrollado este ámbito por adelantado. Así, en la ordenanza santanderina hay párrafos completos transcritos de reglamentos de Barcelona, Madrid, Valencia o Sevilla, por ejemplo.

No obstante, la 'creatividad' de la ordenanza santanderina es mínima si no se ofrece la delimitación de calles. La decisión política, es decir, hasta qué punto será restrictivo en la capital de Cantabria o no el acceso y circulación, se reduce a una categorización de los vehículos contaminantes, sin saberse muy bien dónde se aplicará. En cuanto al cuándo, los plazos están sujetos a numerosas excepciones y tipologías.

De esta forma, el Ayuntamiento de Santander, dirigido por la alcaldesa, Gema Igual (PP), da pocas pistas al respecto y el hermetismo sigue imperando. Cuestionado el Consistorio por la situación del proceso de participación, que está a punto de expirar, no se han respondido las preguntas de elDiario.es.

La ordenanza y la ZBE en sí han de estar aprobadas a final de año, aunque tendría que haber estado operativa desde el 1 de enero de 2023. El Ayuntamiento, después de habérselo tomado con calma, ya dispone de los datos medioambientales necesarios para definir la zonificación, seleccionada la empresa que tendrá que redactar el proyecto y también la empresa que tendrá que gestionar el área durante cinco años. Falta la entrega del mapa de ZBE y la ordenanza que regulará estas áreas de acceso restringido al tráfico.

No obstante, la alcaldesa de Santander ha asegurado que la Zona de Bajas Emisiones estará antes de fin de año. Torrelavega, la otra ciudad de Cantabria que tiene que aplicar la ley, ya tiene implantada su ZBE desde esta semana, aunque de forma muy permisiva.

Ordenanza

En cuanto a los detalles, en el proyecto se informa de que a partir del 1 de enero de 2031 solo podrán circular por la ZBE de Santander los vehículos a motor no contaminantes (vehículo 0 emisiones, ECO y C), así como bicicletas, ciclomotores y vehículos dedicados a emergencias y prestación de servicios. Con carácter previo, se regula una larga relación de plazos y categorías que establecen moratorias y excepciones.

Con carácter general, la restricción de acceso, circulación y estacionamiento en la futura ZBE de Santander será aplicable los días laborables, de lunes a viernes, de 08.00 a 19.00 horas. Las infracciones podrán ser sancionadas con multas de 200 euros.

Los vehículos de clasificación ambiental A, calificados como muy contaminantes, podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2025. Estos tienen los días contados, salvo una excepción establecida para titulares de plazas de aparcamiento y que hayan nacido antes de 1995. En este caso podrán acceder hasta el 31 de diciembre de 2030, que es el plazo máximo dado a los que tienen etiqueta B.

Los de clasificación ambiental B podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2030, como queda dicho. Este será aplicable a vecinos empadronados, propietarios de plaza de parking y garaje, vehículos de carga y descarga, de mudanza, usuarios de plazas de parking en rotación, vehículos escolares, taxi y VTC, vehículos de alquiler y el transporte colectivo.

Podrán circular libremente por la ZBE de Santander los vehículos de servicios emergencia y vehículos para funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico o el funcionamiento de las instituciones y las administraciones públicas.