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Primera Página es la sección de opinión de eldiario.es Cantabria. En este espacio caben las opiniones y noticias de todos los ángulos y prismas de una sociedad compleja e interesante. Opinión, bien diferenciada de la información, para conocer las claves de un presente que está en continuo cambio.

Terrazas: cuando el ocio invade los derechos fundamentales

Santander
Plaza Cañadío de Santander durante un fin de semana.

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Por mucho que intentemos ignorarlo, Santander está alcanzando un límite insostenible en la expansión de terrazas de establecimientos hosteleros. Lo que comenzó como una solución coyuntural durante la pandemia, se ha convertido en una ocupación crónica del espacio público, con consecuencias graves tanto para la salud como para la convivencia vecinal.

No se trata de un debate entre hostelería y ciudadanía, ni de confrontar economía contra bienestar, sino de poner sobre la mesa una evidencia cada vez más palpable: las terrazas generan una contaminación acústica alarmante, muchas veces superior a la de zonas industriales. En un contexto urbano saturado, no podemos permitir que la expansión de estos espacios prevalezca sobre el derecho al descanso y a la salud.

La situación exige la existencia de ordenanzas municipales claras y eficaces. Es imprescindible que se regulen aspectos como la ocupación del suelo público, la distancia a las fachadas, los niveles de saturación y el impacto acústico mediante informes técnicos serios. Pero, sobre todo, es imprescindible que dichas normas se apliquen y se cumplan. Y que las administraciones públicas ejerzan un control riguroso, sancionen en caso de incumplimiento y, si es necesario, clausuren aquellas terrazas que sistemáticamente vulneren la normativa vigente.

Las terrazas deben respetar los itinerarios peatonales accesibles. En muchas calles estrechas, la acumulación de mobiliario impide el paso de personas con movilidad reducida, sillas de ruedas, carritos de bebés o personas con discapacidad visual. Incluso ambulancias o servicios de emergencia encuentran dificultades para acceder. Esta invasión del espacio común bloquea portales, comercios y viviendas, afectando a la seguridad y la dignidad de los residentes.

Las autorizaciones temporales concedidas con motivo de la pandemia no pueden convertirse en permisos permanentes. Una vez superada la excepcionalidad, estas deben ser revocadas. De lo contrario, se estaría legalizando una situación de abuso del espacio público y del descanso vecinal.

Urge limitar tanto los aforos como los horarios. No tiene sentido que las terrazas superen el 50% del aforo del interior del local. Es especialmente preocupante cuando varias terrazas se agrupan, formando grandes concentraciones de personas y ruido, transformando zonas residenciales en espacios de ocio nocturno incontrolado.

Una conversación entre cuatro personas sentadas en una terraza puede superar fácilmente los límites legales establecidos: 50 decibelios por la noche y 60 decibelios durante el día y la tarde. En muchas terrazas se superan incluso los 60 decibelios del límite nocturno permitido en zonas industriales. Y en el interior de los dormitorios, donde el umbral no debería sobrepasar los 30 decibelios (o 25, según algunas ordenanzas), el ruido penetra noche tras noche, dificultando el sueño y dañando la salud.

Incluso cuando los límites no se sobrepasan de forma estricta, el perjuicio puede ser real. La llamada “ilicitud civil del ruido” reconoce que hay molestias continuadas que deben ser gestionadas y resueltas, aunque estén dentro de los márgenes legales. Soportar diariamente una fuente de ruido constante como la de una terraza no solo afecta al oído, también eleva la presión arterial, provoca estrés, insomnio, ansiedad, gastritis, depresión y puede agravar enfermedades preexistentes. Dificulta la concentración, impide estudiar o trabajar, afecta la convivencia familiar y devalúa el valor de las viviendas.

Además, a menudo, a las terrazas se suma el efecto arrastre: botellones, consumo de alcohol y otras sustancias, suciedad, malos olores, comportamientos incívicos... Y como si fuera poco, la instalación y retirada del mobiliario en horas de madrugada genera aún más molestias para quienes intentan descansar.

Los titulares de los establecimientos son responsables de las molestias provocadas por sus clientes. Y los ayuntamientos también son responsables por omisión, cuando no actúan para evitar estos excesos. Una ciudad que enferma por ruido y descontrol no es una ciudad más viva. Es una ciudad invivible.

La ciudadanía tiene derecho a la intimidad de su hogar, a la salud, al descanso, a la inviolabilidad de su domicilio. No puede ser que estos derechos fundamentales queden supeditados al ánimo de lucro de unos pocos o al deseo de fiesta de otros tantos. No puede ser que las reglas de convivencia se impongan por la vía del ruido, del abuso y del desamparo institucional.

El ocio no es un derecho fundamental. No figura entre los artículos 15 al 29 de nuestra Constitución. Sí lo son, en cambio, el derecho a la vida y a la integridad moral (artículo 15), el derecho a la intimidad personal y familiar (artículo 18.1) y el derecho a la inviolabilidad del domicilio (artículo 18.2). No es el ocio nocturno lo que protege la salud de las personas. Lo es el poder descansar con tranquilidad en nuestras viviendas.

Y cuando nadie acude a poner fin a un tormento cotidiano, solo queda reclamar un derecho básico: el derecho a ser dejados en paz en nuestros hogares.

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