Los informes y recomendaciones del futuro Consejo LGTBI de Castilla-La Mancha no serán vinculantes

Castilla-La Mancha tendrá su propia Comisión de Diversidad y Consejo LGTBI en materia de derechos y libertades de las personas de este colectivo, que será regulado mediante decreto. Su borrador acaba de publicarse para someterse a información pública y en este documento se establecen la composición y funcionamiento de ambos órganos, que serán consultivos y de participación ciudadana, sin personalidad jurídica propia. Es decir, sus informes no serán preceptivos ni vinculantes.

La creación de estos órganos se enmarca en los objetivos establecidos en la Ley de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI de Castilla-La Mancha aprobada en mayo de 2022.

El objetivo final es potenciar las políticas públicas, orientadas a prevenir, eliminar cualquier forma de discriminación y hacer efectivo el derecho de participación, representación en los asuntos públicos haciendo efectivos y reales los derechos de las personas de este colectivo.

Entre las funciones del futuro Consejo LGTBI de Castilla-La Mancha se encuentra, además de aprobar su propio reglamento, elaborar informes sobre materia de diversidad sexual; realizar recomendaciones y propuestas sobre la política y las actuaciones de las administraciones; o asesorar al Gobierno regional, a iniciativa de este último, aunque sus informes no tendrán carácter preceptivo ni vinculante.

El Consejo estará compuesto por la Presidencia, la Vicepresidencia, la Secretaría y las Vocalías. En estas últimas es donde está adscrita la representación de la sociedad civil: asociaciones y federaciones en el ámbito LGTBI; organizaciones empresariales de Castilla-La Mancha; Federación de Municipios y Provincias; Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha; y representantes de diferentes ámbitos de la Administración regional.

Estas vocalías podrán participar en los debates de las sesiones, realizar propuestas y recomendaciones, ejercer su derecho al voto y formular su voto particular, así como expresar el sentido de su voto y los motivos que lo justifican.

Debera reúnirse una vez al año como mínimo

El pleno del futuro Consejo LGTBI celebrará sesión ordinaria como mínimo una vez al año, además de las sesiones extraordinarias que acuerde convocar la Presidencia, a iniciativa propia o a solicitud de la mitad de las personas integrantes. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto de la Presidencia será de calidad.

Podrán asistir a las reuniones del pleno del Consejo, con voz, pero sin voto y sin que dicha asistencia suponga ningún coste, personas expertas en temas sobre diversidad sexual o políticas públicas en materia de diversidad sexual y derechos LGTBI, previa petición de la Presidencia o de la mayoría de las vocalías.

En cuanto a la Comisión de Diversidad, el otro órgano que contempla el borrador del decreto, tendrá entre sus funciones velar por la implementación de las políticas públicas del Plan Estratégico de Políticas Públicas LGTBI para la coordinación y atención de la diversidad sexual en Castilla-La Mancha.

Además, también se encargará de que se incorpore la perspectiva de diversidad sexual en la planificación de las políticas públicas de la Administración regional. También estará compuesta por una Presidencia, una Vicepresidencia y Vocalías.

El Consejo LGTBI deberá quedar constituido en los tres meses siguientes a la publicación del decreto. En el borrador se establece por último que la constitución de la Comisión de Diversidad y del Consejo no aumentará el gasto público.