La UCLM recibirá 8,2 millones de euros para impulsar alojamientos universitarios asequibles en Albacete
La Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM) recibirá hasta 8.197.200 euros para promover viviendas y alojamientos universitarios asequibles en el campus de Albacete, en el marco de un programa estatal impulsado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. La medida forma parte del Real Decreto 850/2026, de 21 de octubre, publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que regula la concesión directa de subvenciones para incrementar la oferta residencial destinada a la comunidad universitaria durante el ejercicio presupuestario de 2026.
La iniciativa contempla ayudas para siete universidades y administraciones públicas españolas. En el caso de Castilla-La Mancha no incluye a la Universidad de Alcalá, que cuenta con campus en Guadalajara, una de las provincias, en particular la capital y el Corredor del Henares, más tensionadas en España en materia de vivienda.
Se trata, según el ministerio de responder a las dificultades de acceso a una vivienda que afrontan estudiantes y profesionales que necesitan desplazarse por motivos académicos.
La cuantía máxima prevista para la universidad castellanomanchega asciende a algo más de 8,19 millones de euros.
El real decreto no detalla el número de plazas que se crearán, ni tampoco los inmuebles concretos que se utilizarán o los precios que deberán pagar sus futuros residentes. Estos aspectos tendrán que quedar definidos en la correspondiente resolución de concesión.
Una respuesta al coste de la vivienda universitaria
El Gobierno de España justifica estas subvenciones por la necesidad de ampliar las alternativas residenciales asequibles en las ciudades universitarias y evitar que el coste del alojamiento condicione el acceso a la educación superior, la elección de estudios o la movilidad académica.
El real decreto recuerda que en el curso 2024-2025 había 1.827.272 estudiantes matriculados en enseñanzas universitarias oficiales en España. Esta dimensión del sistema, unida a la distribución territorial de los centros y a la creciente internacionalización de la universidad, genera una demanda importante de alojamiento para quienes estudian, enseñan o investigan fuera de su lugar de residencia habitual.
La norma también recoge datos de la Encuesta de Condiciones de Vida de 2025 del Instituto Nacional de Estadística. Según esta fuente, el 7,6% de las personas de 16 o más años había buscado vivienda durante los doce meses anteriores sin llegar a cambiar de residencia. Entre ellas, el 67,2% señaló el precio excesivo como principal obstáculo.
En este contexto, el Ejecutivo considera que disponer de una oferta específica de alojamiento universitario puede favorecer la igualdad de oportunidades y reducir la competencia por las viviendas disponibles en el mercado ordinario de alquiler. El texto precisa, sin embargo, que la demanda universitaria no es por sí sola la causa del incremento general de los precios, aunque su concentración puede intensificar la presión en municipios con una oferta residencial limitada.
Siete beneficiarios y más de 44 millones de euros
La subvención destinada a la UCLM se integra en un programa que alcanza un máximo conjunto de 44.999.999 euros para las siete entidades incluidas en el real decreto.
La Universidad Autónoma de Madrid encabeza la distribución, con una cuantía máxima de 13.365.000 euros. A continuación figura la UCLM, con 8.197.200 euros, seguida de la Universidad Pablo de Olavide, con 6.504.300 euros; la Universidad de Burgos, con 5.940.000 euros; la Universitat Jaume I de Castelló, con 4.455.000 euros; la Universidad de Jaén, con 3.564.000 euros; y el Ayuntamiento de Lleida, con 2.974.500 euros.
Las cantidades recogidas en el BOE constituyen los límites máximos de las subvenciones previstas para cada beneficiario. Su aplicación concreta queda vinculada a las correspondientes resoluciones administrativas y a las disponibilidades presupuestarias.
La elección de estas entidades responde, según el Gobierno, a la singularidad de los proyectos, vinculados a determinados terrenos, inmuebles o derechos cuya disponibilidad corresponde a los beneficiarios.
Esta circunstancia justifica que las ayudas se concedan directamente, en lugar de mediante una convocatoria abierta en régimen de concurrencia competitiva.
Construcción, rehabilitación y transformación de inmuebles
El programa permite financiar distintas actuaciones destinadas a ampliar la oferta disponible de alojamiento asequible en las ciudades universitarias. Entre ellas figuran la promoción y construcción de nuevos alojamientos, la rehabilitación de inmuebles existentes, su adquisición y la transformación de edificios para destinarlos a este uso.
Precisamente la medida coincide hoy con el debate, en las Cortes de Castilla-La Mancha de la Proposición de Ley de Medidas Urgentes para la Movilización de Suelo, el Impulso de la Vivienda y la Simplificación Urbanística de Castilla-La Mancha que, entre otras cosas, permitirá dedicar edificios como antiguos cuarteles o de otro tipo a vivienda con algún tipo de protección pública.
Las actuaciones concretas de la UCLM deberán quedar especificadas en la resolución de concesión, que también establecerá los plazos de ejecución y las condiciones aplicables al proyecto.
El real decreto fija un plazo máximo ordinario de seis años para desarrollar las actuaciones, con posibilidad de solicitar una prórroga de hasta tres años adicionales, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
Entre los gastos que pueden recibir financiación se incluyen los relacionados con el suelo, la urbanización, las obras de edificación, los proyectos técnicos, los informes preceptivos y el personal vinculado a la actuación. También pueden contemplarse otros costes necesarios para ejecutar el proyecto, siempre que estén debidamente acreditados y justificados.
La ayuda podrá compatibilizarse con otras subvenciones o fuentes de financiación públicas y privadas destinadas a la misma finalidad, siempre que la suma de los recursos no supere el coste total de las actuaciones subvencionables.
Precios limitados y protección permanente
Uno de los aspectos centrales de la norma es que los alojamientos financiados deberán conservar de forma permanente su destino universitario y su carácter asequible. No podrán perder voluntariamente la protección exigida ni convertirse en viviendas destinadas a otros usos, evitando así la especulación de futuro.
Esta obligación se mantendrá aunque cambie la propiedad del inmueble, la entidad gestora o la titularidad de los derechos de uso. También deberá garantizarse cuando los alojamientos se levanten sobre terrenos cedidos o concesionados, de manera que la protección continúe después de extinguirse el título correspondiente.
La resolución de concesión tendrá que fijar el número mínimo de viviendas, alojamientos o plazas comprometidas, así como las condiciones de acceso y el régimen de precios máximos. Estos últimos serán aprobados por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana a partir de una propuesta justificada de la entidad beneficiaria.
El precio mensual deberá incluir el alojamiento y los servicios básicos necesarios para su utilización ordinaria, entre ellos electricidad, agua, conexión wifi y limpieza en los términos que determine la resolución. Podrán ofrecerse otros servicios adicionales, pero deberán ser voluntarios y no podrán condicionar el acceso o la permanencia de los residentes.
La fijación de los precios deberá tener en cuenta la finalidad social del proyecto, su viabilidad económica, las características de los alojamientos, la financiación pública recibida y los precios de referencia de opciones comparables en el territorio.
Tramitación y obligaciones de la universidad
El real decreto establece que las resoluciones de concesión deberán emitirse y notificarse durante 2026. Antes de recibir los fondos, las entidades beneficiarias deberán acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, declarar que no están incursas en determinadas prohibiciones legales y demostrar que disponen de un título jurídico suficiente sobre los terrenos o inmuebles afectados.
El pago se realizará de forma anticipada y en un único abono, de acuerdo con las condiciones de la resolución. Posteriormente, las entidades deberán justificar la aplicación de los fondos mediante una memoria de actuación y otra económica, con documentación acreditativa de los gastos y del cumplimiento de los compromisos adquiridos.
El plazo para presentar la justificación será de tres meses desde la finalización de las actuaciones. Además, las entidades deberán mantener actualizado un registro de las viviendas y plazas financiadas y comprobar periódicamente que siguen destinadas al alojamiento universitario asequible y que se respetan los precios y las condiciones de acceso establecidos.
Si la universidad no cumple sus obligaciones deberá reintegrar total o parcialmente las ayudas percibidas, con intereses.
0