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El juez ratifica el endurecimiento de las medidas sobre Valladolid y el alcalde cuestiona el razonamiento

El auto del contencioso que ratifica las medidas.

elDiariocyl, Europa Press

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El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid ha ratificado las medidas sanitarias preventivas para la contención de la COVID-19, a solicitud de la Junta de Castilla y León, tanto en la literalidad de las mismas, como en el plazo de siete días que la Comunidad Autónoma aprobó el pasado 1 de septiembre. El alcalde de Valladolid, Óscar Puente, cuyo Ayuntamiento ha presentado un recurso y medidas cautelares para poner freno a las medidas, ha cuestionado los razonamientos esgrimidos en el auto.

El auto judicial conocido concluye que, según los datos expuestos por la Administración autonómica, el riesgo de difusión de la enfermedad es especialmente alto entre la población del municipio de Valladolid, con evidentes indicios racionales de transmisión comunitaria, y que debido a la dinámica de la enfermedad, se considera altamente improbable el control de la situación con la sola aplicación de las medidas generales contempladas en el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, informa la Junta a través de un comunicado.

Según Puente, a través de la resolución se muestra que la incidencia acumulada de casos de COVID-19 en Valladolid es del 21,79. “En España 21,24 casos, y en Castilla y León 21,70. Todo ello según la propia Junta. Es decir, Valladolid supera en 9 centésimas la media autonómica”. Según señala, gracias también a esa resolución “sabemos que el ámbito de exposición más habitual es el domicilio, donde se ha producido el 37% de los contagios”, dice en su cuenta de Twitter. Sobre el dato epidemiológico, Ignacio Rosell, secretario del Comité de Expertos de la Consejería de Sanidad de Castilla y León, ha comentado que la cifra de Valladolid es semanal mientras que la de España y Castilla y León es de dos semanas. A lo que Puente ha respondido que es “falso”, según el auto del juez. “Alcalde, no sé lo que habrá escrito el Sr. Juez en su ratificación, pero los datos epidemiológicos me los sé”, ha sentenciado Rosell.

Entre la argumentación aportada por la magistrada para ratificar la decisión de la Junta, está la consideración de estas medidas como urgentes y necesarias para la protección de la Salud Pública y que se trata de medidas proporcionales a los fines pretendidos, atendiendo a la finalidad última de proteger el derecho a la vida e integridad física de los ciudadanos. Las actuaciones previstas por la Junta de Castilla y León entrarán en vigor a partir de las 00.00 horas del día 3 de septiembre por un plazo de siete días.

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