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La Audiencia de Girona ve libertad de expresión en vincular independentismo y nazismo y descarta que sea delito de odio

Manifestación independentista

Oriol Solé Altimira

La Justicia ha vuelto a tener que recordar que los delitos de odio protegen a colectivos seriamente discriminados y que no pueden usarse para zanjar discrepancias políticas. La Audiencia de Girona ha confirmado el archivo de una causa en la que un hombre denunció por delito de odio a una mujer por equiparar en Twitter al independentismo con el nazismo. Por mucha “repulsión ideológica” que puedan causar las opiniones de la mujer, están amparadas por la libertad de expresión, concluyen los togados.

La mujer denunciada respondió con varios tuits otro mensaje del hombre en el que “como alemán” residente en Girona mostraba su “vergüenza ajena y rabia” porque, a su juicio, el Estado español “protegía a los fascistas españoles”. “En Alemania hemos juzgado y condenado a los nazis y el saludo, banderas, tatuajes e insignias nazis son delito”, abundó.

A este comentario, la investigada le respondió con una cadena de cinco tuits en los que comparaba abiertamente el nazismo con el independentismo: “Los únicos fascistas -nazis- eres tú y los que defiendes; han hecho de Catalunya una Alemania 1933. Los 'judíos' somos los catalanes (quienes viven y trabajan en Catalunya), no independentiztaz. Vete a Alemania a defender a Puigdemont, Merkel te mete en una mazmorra por un tiempo. [...] ¿Qué pasa? ¿Estás cobrando dinero independentizta, para hacerles la 'cama por el mundo'? Supongo que tu mamá era o es catalana nazionalizta? ¿A que resultas q eres hijo de un nazi emboscao en la Costa Brava?”.

La Audiencia concluye que los tuits están amparados por la libertad de expresión y recuerda además que los independentistas en su conjunto, al igual que los policías y guardias civiles, no son un grupo social protegido por los delitos de odio, como sí podrían ser las minorías raciales o religiosas.

“La libertad de expresión no solo es aquella que ampara las opiniones con las que estamos conformes o nos mostramos de acuerdo, sino que es menester exigirla, promoverla y ensalzarla respecto de aquellas otras opiniones con las que discrepamos y no compartimos, e incluso con aquellas más graves que nos producen repulsión ideológica”, recuerdan los magistrados.

Desde el punto de vista independentista e incluso del que no lo es, continúan los jueces, “puede parecer repugnante, nauseabundo e inmundo que se identifique la política independentista con la política nacional-socialista del Tercer Reich o con cualquier otra política fascista”. Pero esta vinculación, remarcan los magistrados, “no deja de ser una crítica airada” a los independentistas, y por lo tanto dentro de los límites de la libertad de expresión.

Todo ello pese a que se pueda discrepar con la mujer denunciada por equiparar “lo que fue un genocidio ideológico y racial con una situación que no ha generado ni un solo muerto, y que es más exasperada en los telediarios que en la propia calle”.

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