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Ser diputado regional a tiempo parcial no menoscaba su función, según el Constitucional

El TC anula un desahucio al haber sido notificado el afectado por edictos

elDiarioclm.es

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Sentencia del Tribunal Constitucional por la que desestima el recurso interpuesto por sesenta senadores del Grupo Parlamentario Socialista contra con la supresión de la retribución por dedicación exclusiva de los parlamentarios autonómicos de Castilla-La Mancha que así lo solicitaran, que entró en vigor el uno de enero de 2013 y que se justificó por parte del Partido Popular como una medida de austeridad.

El Tribunal considera que se trata de “un legítimo cambio normativo del régimen de retribuciones de los diputados autonómicos” que “no vulnera el derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, pues la misma se aplica por igual a todos los miembros de la Cámara”. Es decir que no cabe considerarlo un castigo a la oposición parlamentaria como se presumía.

La demostración de que los dos grupos políticos con presencia en las Cortes tienen igual trato en este aspecto la encuentra el Tribunal en que veintiún diputados de cada uno de los grupos “no gozan de la situación de dedicación exclusiva” según la información que se le ha proporcionado y por lo tanto se limitan a percibir dietas e indemnizaciones de menor cuantía.

Es cierto que cuatro de los veinticinco diputados del PP siguen cobrando exclusivamente de las Cortes, tres por ser miembros de la Mesa y otro más por ser portavoz, y también lo es que tres diputados del Psoe cobran de las Cortes, dos por pertenecer a la Mesa y otro por ser el portavoz. Sin embargo la igualdad de trato que alegan los magistrados no es tan clara si tenemos en cuenta que otros cinco diputados del PP son consejeros de la Junta, y cinco más son ediles que se han asignado sueldo en sus respectivos ayuntamientos, de forma que el grupo parlamentario del Gobierno ha sido el menos afectado al poderse dedicar plenamente a su actividad política.

Pero quizá lo más llamativo del texto de la sentencia es que el Tribunal no cree que el hecho de que un diputado deba tener otra ocupación para poder subsistir (salvo que su situación económica sea muy solvente, o la flexibilidad de su trabajo lo permita) suponga “menoscabo de la función legislativa o de control de la acción de gobierno […], no se obstaculiza la tramitación de enmiendas, […] ni se pone limitaciones a la solicitud de información, a la formulación de preguntas o a la petición de comparecencias”. Más allá de otras consideraciones sobre el alcance del trabajo que desarrolla un diputado, cabe dudar de que sus funciones no sufran menoscabo si debe compatibilizarlas con su propia labor profesional, convirtiendo su trabajo político en algo complementario, no se sabe si una afición o un minijob.

Recibida con satisfacción por el PP, esta sentencia viene a reforzar su intención de aprobar ahora una nueva reforma de la ley electoral autonómica, tras cambiarla el mismo partido en 2012 para aumentar el número de diputados, pero con la intención esta vez de reducir los actuales cuarenta y nueve diputados a entre veinticinco y treinta y cinco, con el argumento del “ahorro en políticos”, justo cuando ya no cobran.

Por ello desde la oposición parlamentaria y extraparlamentaria no dudan en calificar esta reforma como “hecha a medida” para mantener el Gobierno, sobre-representando las circunscripciones electorales provinciales donde más respaldo puede obtener el PP en detrimento de las minorías. En definitiva, un “pucherazo” electoral disfrazado de austeridad y “vendido” con demagogia.

Y es que el resultado real en términos de ahorro es dudoso porque, tal como ha demostrado eldiario.es/clm, comparando los Presupuestos de las Cortes de 2012 con los actuales, la eliminación de casi todas las dedicaciones exclusivas ha supuesto un ahorro de 748.000 euros anuales, una cantidad que palidece frente a los 7,32 millones de euros que, según el Presupuesto de la Junta en 2014, gastará el Gobierno de Cospedal en sueldos de ciento cuarenta y nueve altos cargos y asesores, es decir para remunerar sesenta y cinco consejeros, viceconsejeros, secretarios generales y directores generales y otros ochenta y cuatro trabajadores eventuales de las consejerías, cargos políticos al fin y al cabo. Es decir, diez veces lo que se ahorra en sueldos de diputados. Y recordemos, una vez más, que sólo la presidenta y su consejería de presidencia gastan en setenta y siete altos cargos y personal eventual en puestos de confianza, ocupados mediante libre designación, más de 3,25 millones de euros anuales.

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