Los informes de Vivienda confirman que el control de los requisitos de las VPO de Alicante se basó en la normativa del PP
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“El análisis de esta promoción ha evidenciado que el decreto de vivienda del Botànic no establecía un procedimiento claro para adjudicar viviendas protegidas en promociones privadas, lo que facilitó la aparición de irregularidades”. Así se pronunció la vicepresidenta del Gobierno valenciano y consellera de Vivienda, Susana Camarero, en la sesión del pleno de las Corts del pasado 5 de marzo. Días antes, el 16 de febrero, también afirmó que la promoción Les Naus de Playa de San Juan, en la ciudad de Alicante, se adjudicaron con “las reglas del juego” del anterior Consell del Botànic.
En realidad se trata de un argumento recurrente por parte de Camarero cada vez que la izquierda le acusa de haber rebajado las medidas de control con el decreto aprobado por el ejecutivo valenciano en diciembre de 2024, entonces presidido por Carlos Mazón, al haber eliminado la obligatoriedad de inscribirse en el registro de demandantes de vivienda protegida en las promociones de gestión privada, como es el caso de las de Alicante. Una inscripción que debía ir acompañada de una declaración responsable que, en caso de incumplirse, implicaba la expulsión del registro, lo que impedía optar a este tipo de inmuebles.
Estos requisitos incluidos en la normativa del Gobierno del Botánico desaparecieron con la entrada en vigor de la normativa aprobada por los populares, que fue la que se tuvo en cuenta a la hora de comprobar que los adjudicatarios cumplían. La realidad es que lo que ha venido a continuación ha sido un escándalo que ya cuenta con 15 personas investigadas entre cargos vinculados al PP, familiares y otros adjudicatarios particulares que esquivaron la normativa.
Tanto es así, que los informes remitidos al juzgado que investiga el caso por parte de la propia Conselleria de Vivienda confirman que la normativa de aplicación en lo se refiere al control del cumplimiento de los requisitos por parte de los adjudicatarios es la aprobada por el Gobierno de Mazón en diciembre de 2024.
Según el documento firmado el pasado 2 de marzo al que ha tenido acceso elDiario.es, es cierto que la promoción de viviendas de Les Naus está acogida al Decreto 68/2023, de 12 de mayo, aprobado en la recta final del Botánico. Sin embargo, con respecto al procedimiento de visado del expediente de referencia, “por medio del que se procede a la comprobación y certificación del cumplimiento de requisitos legalmente exigidos por parte de los adjudicatarios de las viviendas de protección pública”, la Disposición Adicional Sexta del Decreto 180/2024 de 10 de diciembre, del Consell por el que se aprueba el régimen jurídico de las viviendas de protección pública de la Comunitat Valenciana, establece: “Podrán acceder al uso de una vivienda de protección pública calificada con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, en cualquiera de sus modalidades y régimen de uso tanto en primera como en segundas y sucesivas transmisiones, las personas físicas, unidad familiar o de convivencia que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente decreto”.
Por tanto, añade el informe, “dado que la promoción de viviendas de protección pública correspondientes al expediente de referencia obtuvo la calificación provisional con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del Decreto 180/2024 de 10 de diciembre, pero las solicitudes de visado fueron presentadas con posterioridad a esta fecha, el proceso de comprobación del cumplimiento de los requisitos referido al expediente de referencia se ha realizado de conformidad con el Decreto 180/2024 de 10 de diciembre”, es decir, el aprobado por el Gobierno de Mazón.
Al respecto, fuentes del departamento de Camarero defienden que este decreto solo se aplicó en lo referido a los requisitos de acceso, económicos y titularidad vivienda e insisten en que “el decreto 180/2024 sí establece nuevos y más exigentes requisitos”. Al mismo tiempo explican que en lo referente a las condiciones en virtud de las cuales el promotor adjudica las viviendas a los miembros de la cooperativa es la que marcaban los anteriores decretos de 2021 y 2023, según recogen otros informes. Por este motivo, consideran que fue en ese corte en el que faltaron controles.
Después de ese trámite, la Conselleria debía controlar en la fase de visados que los adjudicatarios cumplían con lo establecido en cuanto a renta y propiedades, entre otras cuestiones, lo que ya debía ceñirse a la normativa de 2024. Es ahí donde el funcionario citado por la jueza como investigado, que adjudicó una vivienda a su pareja, no cotejó debidamente los datos de los adjudicatarios.
Los informes, además, evidencian que pese a que ya no era obligatorio por estar en vigor la legislación de 2024, todos los adjudicatarios estaban dados de alta en el registro de demandantes. Un registro en el que varios candidatos falsearon los datos para poder cumplir los requisitos y optar a las viviendas. El informe del 2 de febrero pone de relieve que el registro sirvió para cotejar este falseamiento. De haber estado en vigor la normativa de la izquierda, esto hubiera implicado la expulsión de estos individuos del registro, por lo que no hubieran podido optar a viviendas protegidas.
El informe dice textualmente que “tras la segunda comprobación en relación a los trámites realizados y documentos justificativos que soportan el cumplimiento de requisitos, se advierte que tanto en la solicitud de visado como en la inscripción en el registro de demandantes de vivienda han omitido integrantes de la unidad de convivencia”
Así mismo “se advierte en esta segunda comprobación que en estos contratos de adjudicación interviene un solo adjudicatario, sin aportar datos identificativos, ni documentación ni autorización de consultas de la totalidad de los integrantes de la unidad de convivencia”. De esta manera “el expediente se revisó y visó como correcto tras comprobarse únicamente los datos del adjudicatario”. Sin embargo, “tras esta segunda revisión efectuada y constatar que estos contratos fueron formalizados por personas casadas en régimen de separación de bienes, se determina que el expediente no contiene toda la información necesaria para su resolución y que se debió requerir toda la documentación del cónyuge relativo al cumplimiento de requisitos de acceso a las viviendas de protección pública, al formar parte de la unidad de convivencia”.
Recientemente, el secretario territorial adjunto de Vivienda de la Generalitat, Vicente Caturla, declaró ante la jueza que la polémica promoción de las viviendas de protección pública de Alicante “comenzó con una legislación que garantiza el principio de igualdad, transparencia y publicidad, pero cambió con el decreto Mazón” y añadió que su departamento no cuenta con “capacidad de verificar si la información que se les entrega es correcta o no”.
Caturla señaló que Roberto Palencia, funcionario de la dirección territorial de Alicante ahora investigado en la causa “se propuso para visar los contratos”. Palencia revisó por iniciativa propia los 140 expedientes. Los trámites se hicieron íntegramente de forma telemática. Palencia reconoció ante su superior, cuando se destapó el escándalo, que su esposa había sido adjudicataria de uno de los pisos de protección pública en la promoción Les Dunes. Cuando Vicente Caturla se puso en contacto para pedirle explicaciones a Roberto Palencia, éste último habría dicho: “La he cagado, asumo las consecuencias”.