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El Tribunal Constitucional suspende la sanidad universal para los inmigrantes en la Comunidad Valenciana

El Constitucional suspende la ley valenciana de "sanidad universal". / Efe.

Desalambre

El Tribunal Constitucional ha suspendido la ley valenciana de sanidad que permitía el acceso normalizado de los inmigrantes sin permiso de residencia al sistema sanitario público desde julio. La medida cautelar es “consecuencia automática”, dice el Tribunal, de la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad contra la ley regional que presentó el Gobierno de Mariano Rajoy y por el que invocó el artículo 161.2 de la Constitución.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy vuelve a repetir la misma estrategia que ya empleó contra las leyes navarra y la vasca que también garantizan la atención sanitaria a los inmigrantes sin papeles. Este colectivo fue uno de los más afectados por la reforma sanitaria del Gobierno de 2012, que arrebató la tarjeta sanitaria de un día para otro a unas 800.000 personas.

Desde 2012, los inmigrantes en situación irregular tenían restringido el derecho al sistema de salud público en ciertos supuestos: urgencias, los menores de edad y las embarazadas. Más tarde, se incluyó la atención para los casos de salud pública.

Algunas comunidades autónomas, como Navarra y País Vasco, regularon en sus territorios para garantizar el acceso de estas personas a la sanidad pública y el Gobierno respondió con recursos de inconsticionalidad por invardir supuestamente las competencias del Estado. Varias regiones también solicitaron el criterio del Tribunal Constitucional (TC) para derogar el 'decretazo' sanitario.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy ha vuelto a acudir al argumento de las competencias del Estado para pedir el Constitucional que invalide la ley valenciana. Por el momento, el Pleno del Tribunal ha admitido a trámite el recurso y acuerda también la suspensión de la norma regional porque el Gobierno invocó el artículo 161.2 de la Constitución, que establece que el Ejecutivo “podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas”.

El TC levantó la suspensión en Navarra y País Vasco

El Constitucional deberá ratificar o levantar la suspensión “en un plazo no superior a cinco meses”, indica la justicia. En los casos de la ley navarra y la vasca, el Constitucional resolvió en dos autos cancelar esta medida cautelar. Aún está pendiente las sentencias definitivas sobre ambas normas.

Estos dos autos fueron considerados un “éxito” por las organizaciones en contra del decreto sanitario del Partido Popular, por los argumentos que incluyó el Tribunal en sus resoluciones. El alto tribunal consideró que el derecho a la salud “no puede verse desvirtuado por la mera consideración de un eventual ahorro económico”.

El Constitucional además no consideró probado este ahorro por el abogado del Estado. La necesidad de “garantizar la sistenibilidad” de la sanidad pública, supuestamente en peligro por la atención normalizada de los inmigrantes sin papeles, es uno de los argumentos más importantes para defender la exclusión sanitaria tanto el Partido Popular como por Ciudadanos.

El Gobierno anunció a finales de marzo que devolvería el acceso a la atención primaria de los inmigrantes en situación irregular, aunque no las tarjetas sanitarias. Desde entonces, el Ejecutivo se ha reunido con las Comunidades Autónomas pero no ha llegado a un acuerdo sobre cómo llevar a cabo esta modificación. Entre tanto, algunas regiones como la Comunidad Valencia, devolvieron la sanidad normalizada a estas personas.

Cristina Cifuentes (PP), presidenta de la Comunidad de Madrid, ordenó por carta a los centros sanitarios la atención de “todos los inmigrantes” independientemente de su situación adminitrativa hasta que se llegue a un acuerdo con el Gobierno central.

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