Los bulos con los que Ayuso pide al Supremo frenar la regularización: ni “colapso” sanitario ni ayudas inmediatas
La Comunidad de Madrid dice que la sanidad madrileña se “distorsionará completamente” por dar los papeles a miles de vecinos que, sin embargo, ya tienen reconocido ese derecho. El Gobierno de Ayuso también defiende que la regularización colapsará de manera inmediata ayudas como la Renta Mínima de Inserción que, sin embargo, exige al menos un año de residencia legal en el país. Son algunos de los argumentos falsos o tergiversados que el Ejecutivo madrileño ha incluido en el recurso con el que pide al Tribunal Supremo la suspensión cautelar del real decreto que aprobó el proceso extraordinario de regularización, mientras sus magistrados estudian el fondo del asunto.
El Tribunal Supremo celebrará este viernes la vista para escuchar a las distintas partes que han pedido que paralice de forma cautelar el procedimiento de regularización extraordinaria, tras los recursos presentados por varios actores, entre los que destaca la Comunidad de Madrid. Para justificar la urgencia de la suspensión cautelar planteada, el Gobierno de Ayuso enumera uno a uno los servicios autonómicos que, a su juicio, se verían “colapsados” o “distorsionados completamente” por un supuesto incremento de cientos de miles de beneficiarios.
Sin embargo, muchos de los argumentos utilizados son falsos o chocan con la realidad de personas migrantes que acaban de regularizar su situación administrativa en España. Por un lado, el Gobierno de Ayuso habla del impacto en algunos servicios autonómicos a los que las personas sin papeles, aunque con algunas trabas, ya tenían derecho antes de que vayan a obtener el permiso de residencia, como la sanidad o la educación posobligatoria.
Por otro, la Comunidad de Madrid menciona algunas ayudas sociales a las que las personas sin papeles no pueden acceder, por lo que la obtención de su tarjeta de residencia sí conllevará de manera paulatina un posible aumento de la demanda, sin embargo, muchos de los requisitos de los ejemplos incluidos por el Ejecutivo autonómico son muy complicados de cumplir para la mayoría de personas que acaban de salir de una situación de irregularidad. Por tanto, su acceso a dichas ayudas no se daría de forma inmediata en cuanto obtuviesen sus permisos provisionales, pues muchas de ellas exigen un tiempo mínimo de residencia regular en España o empadronamiento.
Sanidad: ya cuentan con ese derecho
En el ámbito sanitario, el Gobierno regional afirma que un incremento de cientos de miles de personas “distorsiona completamente” toda la actual planificación de la red asistencial de la región. Explica que los recursos humanos, la organización de los centros y la estimación de la demanda dependen de la población asegurada asignada a cada facultativo. El Gobierno de Ayuso también apunta a los efectos de la regularización sobre el sistema de salud. El recurso subraya que el acceso a la sanidad difiere en el caso de los residentes, ya que la condición de asegurado implica la asignación de la Tarjeta Sanitaria Individual. “Esto supone un cambio cualitativo, ya que en ese momento se debe asignar un centro de salud y un facultativo”, recoge el escrito.
En realidad, las personas en situación irregular ya tienen derecho a la asistencia sanitaria normalizada en España, después de varias reformas realizadas por el Gobierno, la última en marzo de este año, que arregló algunas grietas de la normativa anterior por la que aún se producían casos de exclusión sanitaria en determinados supuestos. Sin embargo, actualmente en la Comunidad de Madrid, las personas sin papeles pueden acceder a este derecho a través de un código, llamado DASE, (Documento de Asistencia Sanitaria para Ciudadanos Extranjeros sin residencia legal en España) que les permite acceder a todos los derechos, como la asignación de médico de cabecera o la derivación a especialistas. En su propia página web, la Comunidad de Madrid explica cómo a las personas sin papeles cómo solicitar este documento.
El único cambio, por tanto, es que una vez dados de alta en la seguridad social se les tendrá que asignar la citada tarjeta sanitaria, en su procedimiento sencillo que también explica la web autonómica. Es una cuestión, como dice el recurso, cualitativa. Como ya tienen acceso a ese derecho, no se espera que suponga un mayor gasto para las arcas públicas y la modificación no requiere inmediatez, pues estas personas ya tienen un médico asignado.
“¿Cómo va a generar colapso en el sistema sanitario un derecho que ya está reconocido?”, dice Ignacio Peña, coordinador de Salud Entre Culturas, una organización especializada en el acceso a la salud de las personas migrantes, que cuenta con un reconocido programa de acompañamiento a pacientes extranjeros en el Ramón y Cajal. “En el pasado había muchos casos de exclusión, pero ahora mismo en la Comunidad de Madrid, se habilita el DASE sin casi problemas, con más o menos trabas, pero ya funciona bastante bien”, añade.
Ya acceden a FP y grados superiores
Respecto a la educación, el escrito señala que los extranjeros residentes tienen derecho a acceder a las etapas posobligatorias y al sistema público de becas “en las mismas condiciones que los españoles”. El recurso expone que es “lógico” que estas personas pretendan acceder a cursos de formación profesional o educación de adultos para integrarse en el mercado laboral. No obstante, justifica su impugnación advirtiendo que el reconocimiento de estas ayudas o las matrículas en las actividades formativas supone una “actividad administrativa irreversible”, cuyos efectos económicos y organizativos resultaría imposible deshacer con posterioridad.
La realidad es que las personas en situación irregular pueden cursar actualmente grados superiores y cursos de Formación profesional en España. La legislación española no impone la residencia legal como requisito de admisión académica. El obstáculo que se encuentran los estudiantes adultos en situación irregular tiene que ver con las trabas en el momento de la expedición oficial del título, cuando sí es exigido contar con el permiso de residencia. Muchas personas deciden estudiar igualmente para aprovechar su tiempo sin papeles, pues pueden solicitar un certificado de notas para probar la formación mientras no logran el título oficial.
Es el caso de Hilary, peruana de 18 años, que lleva meses cursando un curso de Formación Profesional (FP) de Estética en la Comunidad de Madrid pese a no tener papeles. La joven contó a elDiario.es que sabía que, sin permiso de residencia, no podía conseguir el título, pero sí está matriculada y puede asistir a sus clases con cierta normalidad. “Sin tener papeles no puedo recibirlo, por eso la regularización es tan importante para mí”, explicó. También Mario (nombre ficticio), un hombre peruano, se inscribió en un FP de Telecomunicaciones justo cuando perdió su autorización para vivir y trabajar en España, al ver rechazada su petición de asilo: “Aproveché ese momento para no perder el tiempo. Espero que, cuando acabe, ya tenga los papeles y pueda buscar trabajo en ese sector”, explica el peruano que, en este caso, se matriculó en Huelva.
Sobre las becas, con el reconocimiento de su permiso de residencia los estudiantes podrán optar como cualquier ciudadano a este tipo de ayuda, pero de nuevo se descarta el efecto inmediato e “irreversible” mencionado por el Gobierno de Ayuso. Las personas extranjeras, para optar a una beca, necesitan autorización de estancia o residencia legal en España “a 31 de diciembre del año anterior al inicio del curso”. Por tanto, los migrantes regularizados en este procedimiento no podrían acceder a las ayudas hasta al menos 2027.
Los requisitos de los servicios sociales
La Comunidad de Madrid destaca que la irrupción de nuevos solicitantes puede “distorsionar el presupuesto, desplazando a otros beneficiarios y ralentizando la gestión”. El texto cita la Renta Mínima de Inserción, una prestación económica que, añade, está dirigida a quienes “acrediten tener residencia legal en la Comunidad de Madrid”. El ejecutivo autonómico alega que este derecho se encuentra dimensionado estrictamente para una demanda estimada, por lo que cree imprescindible la paralización cautelar porque, si el Supremo suspendiese paralizarlo más adelante, revertir la prestación “se entiende imposible”.
Pero el recurso no menciona un dato importante. Para conseguir la Renta Mínima de Inserción (RMI) de la Comunidad de Madrid los solicitantes deben acreditar “residencia legal, permanente y efectiva” en la región durante el año inmediatamente anterior a la solicitud. Es decir, las personas que obtengan la regularización no podrán acceder a ella hasta que se cumpla un año de la emisión de la tarjeta de identificación de extranjero en vigor y de su empadronamiento en la región, es decir, como mínimo hasta a partir de verano de 2027
Por otro lado, cualquier persona empadronada en la Comunidad de Madrid puede tener acceso a los servicios sociales autonómicos o municipales según la normativa española, en lo relacionado con la atención de trabajadores sociales. De hecho, el reconocimiento de sus derechos como ciudadanos, y su acceso normalizado al mercado laboral, puede provocar que esas personas necesiten menor atención de dichos servicios.