Bruselas propone regularizar a millones de riders y trabajadores de plataformas que trabajan como falsos autónomos

Andrés Gil

Corresponsal en Bruselas —

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Más de 28 millones de personas trabajan a través de plataformas laborales digitales en la UE. En 2025, se espera que su número alcance los 43 millones de personas. La gran mayoría de estas personas son auténticamente autónomos, dice la Comisión Europea. Sin embargo, se calcula, dice Bruselas, que puede haber hasta 5,5 millones de personas en riesgo de estar mal clasificadas. Entre 2016 y 2020, los ingresos en la economía de plataformas crecieron casi cinco veces desde los 3.000 millones los 14.000 millones.

Como resultado de la directiva propuesta, Bruselas calcula que entre 1,7 millones y 4,1 millones de personas podrían reclasificarse como trabajadores, mientras que otros pueden convertirse en auténticos autónomos, ya que algunas plataformas pueden ajustar sus modelos de negocio.

“Sin embargo”, dice la Comisión Europea, “las nuevas formas de trabajo también conllevan nuevos desafíos. Se hace cada vez más difícil clasificar correctamente la situación laboral de las personas, lo que en algunos casos conduce a una protección social y unos derechos laborales inadecuados. Además, el uso de algoritmos en el trabajo de la plataforma puede plantear cuestiones de responsabilidad y transparencia”.

La ley de los riders española, impulsada por el ministerio de Trabajo de la vicepresidenta Yolanda Díaz, ha supuesto, por tanto, una avanzadilla a la regulación europea.

En consecuencia, la Comisión Europea ha propuesto este jueves medidas para mejorar las condiciones en los trabajos de plataformas. “Las nuevas reglas garantizarán que las personas que trabajan a través de plataformas laborales digitales puedan disfrutar de los derechos laborales y los beneficios sociales a los que tienen derecho”, afirma Bruselas: “También recibirán protección adicional en lo que respecta al uso de la gestión algorítmica (es decir, sistemas automatizados que respaldan o reemplazan las funciones de gestión en el trabajo)”.

Así, el Ejecutivo comunitario propone normas europeas para “proporcionar una mayor seguridad jurídica, lo que permitirá que las plataformas laborales digitales se beneficien plenamente del potencial económico del mercado único y de la igualdad de condiciones”.

De esta manera, la Comisión Europea, propone a través de una comunicación una serie de medidas sobre el trabajo en plataformas: acciones que las autoridades nacionales, los interlocutores sociales y otros actores relevantes deben tomar en sus respectivos ámbitos. El objetivo también es “sentar las bases con estándares globales para el trabajo de plataformas de calidad”.

Bruselas también lanza una propuesta de directiva sobre la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas, “que incluye medidas para determinar correctamente la situación laboral de las personas que trabajan a través de plataformas laborales digitales, y nuevos derechos tanto para los trabajadores como para los autónomos en materia de gestión algorítmica”.

Además, Bruselas ha puesto en marcha un proyecto de directrices para “aclarar la aplicación de la legislación de la UE en materia de competencia a los convenios colectivos de trabajadores autónomos que buscan mejorar sus condiciones laborales, lo cual incluye a quienes trabajan a través de plataformas laborales digitales”.

Directiva sobre la mejora de las condiciones en el trabajo de plataforma

La propuesta de directiva busca garantizar que las personas que trabajan a través de plataformas laborales digitales obtengan el estatus legal de empleo que corresponde a sus verdaderos acuerdos laborales, y proporciona una lista de criterios de control para determinar si la plataforma es un “empleador”. Si la plataforma cumple con al menos dos de esos criterios, se presume legalmente que es un empleador.

Las personas que trabajan a través de ellas gozarían, por tanto, de los derechos laborales y sociales que conlleva la condición de “trabajador”.

Para quienes sean reclasificados como trabajadores, esto significa el derecho al salario mínimo (cuando exista), la negociación colectiva, el tiempo de trabajo y la protección de la salud, el derecho a vacaciones pagadas o un mejor acceso a la protección contra accidentes de trabajo, prestaciones por desempleo y enfermedad, como así como pensiones contributivas de vejez.

Las plataformas tendrán derecho a impugnar o “refutar” esta clasificación, con la obligación de demostrar que no existe una relación laboral que recaiga sobre ellas.

“Los criterios claros que propone la Comisión aportarán a las plataformas una mayor seguridad jurídica, reducirán los costes de los litigios y facilitarán la planificación empresarial”, afirma Bruselas.

Algoritmos

“La directiva aumenta la transparencia en el uso de algoritmos por parte de las plataformas laborales digitales, garantiza el control humano del respeto de las condiciones laborales y otorga el derecho a impugnar las decisiones automatizadas. Estos nuevos derechos se otorgarán tanto a los trabajadores como a los autónomos”, explica la Comisión Europea.

Las autoridades nacionales a menudo tienen dificultades para acceder a los datos en las plataformas y las personas que trabajan a través de ellas. Esto es aún más difícil cuando las plataformas operan en varios Estados miembros, por lo que no queda claro dónde se realiza el trabajo de la plataforma y quién lo realiza.

“La propuesta de la Comisión aportará más transparencia en torno a las plataformas al aclarar las obligaciones existentes de declarar el trabajo a las autoridades nacionales y pedir a las plataformas que pongan a disposición de las autoridades nacionales información clave sobre sus actividades y las personas que trabajan a través de ellas”, afirma el Ejecutivo comunitario.

En la Comunicación sobre mejores condiciones de trabajo, la Comisión Europea “pide a los Estados miembros, los interlocutores sociales y todos los actores pertinentes que propongan medidas concretas para mejorar las condiciones de trabajo en el trabajo en plataformas. Su objetivo es aprovechar los beneficios de la transformación digital y proteger la economía social de mercado europea. La UE también quiere predicar con el ejemplo y contribuir a los futuros estándares globales para el trabajo de plataformas de alta calidad. Las plataformas operan de forma transfronteriza y justifican un enfoque regulador transfronterizo”.

La vicepresidenta ejecutiva de la Comisión Europea, Margrethe Vestager, ha dicho: “Con cada vez más puestos de trabajo creados por las plataformas laborales digitales, debemos garantizar condiciones de trabajo decentes para todos aquellos que obtienen sus ingresos de dicho trabajo. Nuestra propuesta de directiva ayudará a los falsos autónomos que trabajan para plataformas a determinar correctamente su situación laboral y disfrutar de todos los derechos sociales que conlleva. Los autónomos auténticos en las plataformas estarán protegidos mediante una mayor seguridad jurídica sobre su estado y habrá nuevas salvaguardas contra los problemas de la gestión algorítmica. Este es un paso importante hacia una economía digital más social”.

El comisario de Empleo, Nicolas Schmit, ha afirmado: “Debemos aprovechar al máximo el potencial de creación de empleo de las plataformas digitales. Pero también debemos asegurarnos de que sean trabajos de calidad, que no promuevan la precariedad, para que las personas que trabajan en ellos tengan seguridad y puedan planificar su futuro. La propuesta de la Comisión establece criterios claros para establecer si una plataforma es un empleador y, de ser así, sus trabajadores tienen derecho a determinada protección social y derechos laborales. El progreso tecnológico debe ser justo e inclusivo, por lo que la propuesta también aborda la transparencia y la supervisión de los algoritmos de las plataformas”.

El Parlamento Europeo y el Consejo –los Gobiernos– debatirán ahora la propuesta de directiva de la Comisión sobre la mejora de las condiciones laborales en el trabajo de plataforma. Una vez adoptada, los Estados miembros dispondrán de dos años para transponer la directiva a la legislación nacional.