La Audiencia de Álava revoca el cierre de la causa de las filtraciones de la OPE de Osakidetza y plantea un juicio para dos imputados

Iker Rioja Andueza

Vitoria —
17 de septiembre de 2025 10:55 h

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La Audiencia de Álava, en un inesperado pronunciamiento judicial más de siete años después de que se iniciara la causa, ha revocado el archivo de las actuaciones contra dos de los 19 imputados en la investigación de las presuntas filtraciones en las oposiciones médicas de la primavera de 2018 en el Servicio Vasco de Salud (Osakidetza). Esta resolución, notificada este miércoles, abre la puerta a la celebración de un juicio centrado exclusivamente en el examen de Cirugía Plástica. La sala, por el contrario, confirma el cierre total de las actuaciones en el resto de pruebas, como Cardiología, Anestesia y otras, ocho en total.

El cierre de la causa, después de años parada en un juzgado, fue conocido en diciembre de 2024. La instructora Blanca Ester Díaz Pulido, la cuarta desde 2018, optó en un auto por no apreciar ningún indicio para celebrar un juicio. Sin embargo, los sindicatos LAB y ESK presentaron un recurso y ahora, nueve meses después, la Audiencia Provincial lo ha estimado parcialmente. “El juzgado instructor deberá dictar auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado, determinando como hechos punibles, con las modulaciones que estime pertinentes, aquellos que en el marco de las diligencias de investigación practicadas y de lo expuesto en la presente resolución y en relación al proceso selectivo para facultativos médicos en la especialidad de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, sirvan de sustente a una calificación conforme a los delitos tipificados en los artículos 417.1 y 418 del Código Penal”, señala el auto firmado por los magistrados Elena Cabero, Jesús Poncela y Francisco García Romo (ponente). Estos delitos hacen referencia revelación de secretos e infidelidad en la custodia de documentos.

Los afectados son el doctor Alfredo Martínez Flórez y la opositora Thais Salas, a los que les unía un vínculo familiar. Este auto es firme y no caben recursos. En su momento, el caso concreto de Cirugía Plástica se planteó como un “expediente X” por lo extraño de su desarrollo. Era algo diferente a los otros exámenes investigados, en los que el patrón era notas anormalmente altas o directamente perfectos en candidatos próximos a los autores de las preguntas.

La opositora era Thais Salas y obtuvo la mejor nota en la prueba. Sin embargo, sorpresivamente, renunció a ella en el acto y no consta en los listados de resultados. ¿Qué ocurrió? Esto implicó una serie de comunicaciones entre las partes, incluida la dirección de Osakidetza. El autor del examen fue Alfredo Martínez Flórez. Salas ha admitido que en aquella época tenían una relación de parentesco. Según el sindicato LAB, que en su día propuso estas imputaciones en su condición de acusación, la Administración no solamente conocía lo ocurrido sino que lo ocultó “deliberadamente”.

La Audiencia plantea que aunque el doctor “se abstuvo” de participar en el tribunal sí realizó “la mitad” de las preguntas, mientras que Salas, pareja de uno de sus hijos, “rozó la perfección en las contestaciones a las preguntas elaboradas por su suegro, 44 correctas sobre 46”. Por el contrario, sacó 24 de 45 en el resto de la prueba. Según la sala, la instructora erró al entender que la renuncia ya elimina el posible delito. Existen “elementos indiciarios suficientes” para, al menos, discutir el asunto en un juicio.

Sobre las otras especialidades, por el contrario, el recurso resuelto entiende que están bien cerradas. En el caso de Cardiología, con tantos exámenes perfectos como plazas en juego y avisos previos de dos miembros del tribunal de que iba a producirse un fraude, el tribunal defiende que el material recopilado en la investigación es “insuficiente” para pasar de las sospechas a las “certezas”. “No es razonable esperar que en un eventual juicio oral se modifique este estado de cosas con la aparición, muchos años después de los hechos, de pruebas de cargo hasta ahora desconocidas. Los doctores Loma-Osorio y Obieta [los dos vocales denunciantes] no podrían añadir nada que no hayan contado ya y no es razonable esperar una confesión de los eventuales acusados”, expone la sala.

El caso de las OPE de Osakidetza se conoció el 1 de junio de 2018, el mismo día en que Pedro Sánchez se convirtió en presidente del Gobierno. En los siguientes meses, implicó la dimisión del consejero de Salud, Jon Darpón, de la directora general del Servicio Vasco de Salud, María Jesús Múgica, del responsable de Recursos Humanos, Juan Carlos Soto, y de otros cargos. La investigación ha estado plagada de parones y ni siquiera se han revisado en el juzgado todos los exámenes afectados. Las acusaciones intentaron elevar las responsabilidades penales a los responsables políticos pero pronto se cerró esa puerta.

La sala, sobre este punto, indica que “no resulta posible [...] acoger la tesis de las acusaciones recurrentes en el sentido de que se han allegado indicios suficientes de la existencia de un fraude generalizado diseñado 'desde arriba', desde posiciones de dirección o Gobierno de Osakidetza y del IVAP, cuando ninguno de los 19 investigados ocupa una posición de ese tipo y cuando no se solicita continuar la investigación de cara a la identificación y toma de declaración como investigados de esos cargos directivos supuestamente responsables del embeleco”. Sin embargo, en la instrucción se han rechazado por sistema estas comparecencias, particularmente solicitadas por LAB. La Audiencia carga contra ambos sindicatos acusadores hasta el punto de que, en un momento, considera “pobrísimo” [sic] el recurso de ESK.

Eso sí, el auto plasma también que la OPE diseñada estaba “abocada al fracaso ab initio”. Se trata de una convocatoria en la que, precisamente para evitar filtraciones, Osakidetza delegó en otro organismo, el IVAP, la confección de parte de los cuestionarios. Pero el IVAP, a su vez, se los encomendó a miembros de los tribunales al no disponer de especialistas médicos. La Audiencia afea al equipo de Darón que “no se expuso con detalle qué criterios debía seguir el IVAP para seleccionar a los redactores de los exámenes” ni “cómo debía llevarse a cabo” esa tarea.

Osakidetza lo considera un “avance”

Osakidetza, en un comunciado, se ha felicitado de la resolución judicial aunque abra la puerta a celebrar un juicio, algo que hasta ahora no se contemplaba. Su tesis es que “ha decidido mantener abiertas únicamente dos imputaciones, sobreseyendo de forma definitiva la causa contra el resto de facultativos”. “Este pronunciamiento judicial permite dejar prácticamente cerrado un asunto que ha estado judicializado durante años y supone un paso decisivo para avanzar en los objetivos estratégicos del Servicio Vasco de Salud”, indican desde la cartera que dirige Alberto Martínez, él mismo vocal del tribunal de la OPE en aquella convocatoria.

Para el Gobierno, este “avance” o “punto de inflexión” le permitirá “adjudicar en breve más de 200 plazas de médicos que hasta ahora se mantenían pendientes”, las de las categorías que no irán a juicio. “Todo ello convierte a 2025 en el mayor ejercicio de consolidación de plantilla de la historia de Osakidetza”, agregan, sumando estas plazas pendientes desde hace años con las de otros procesos más recientes para “reducir la eventualidad del 37% actual al entorno del 11% a finales de 2025 y situarla en torno al 9% en 2026”.

Los sindicatos lo ven insuficiente

Desde los sindicatos que han ejercido de acusaciones, LAB acoge “con satisfacción” que puede haber juicio y más en una categoría especialmente señalada por la central desde hace años por las irregularidades que se produjeron aunque lamentan que no se depuren responsabilidades en los demás exámenes y que no se eleve el foco a los responsables de la época de Osakidetza. “A la vista de los hechos parece legítimo concluir que al menos María Jesús Múgica conocía esta cuestión y la omitió en dicha declaración [en la instrucción judicial, en la que declaró como testigo y con obligación de decir la verdad]. La valoración que hacemos del fallo es positiva pero insuficiente. Se han rechazado infinidad de diligencias que formuló este sindicato como, por ejemplo, el estudio de los exámenes de las categorías bajo sospecha; no se ha intervenido ni una sola comunicación entre opositores investigados y miembros de tribunal; no se ha permitido la declaración como investigados de la cúpula de Osakidetza de aquel momento para dar luz a lo sucedido, lo cual sin lugar a dudas es un escándalo para el sistema público vasco”, han manifestado en un comunicado.

Y ESK sale con una “sensación agridulce”. “En el fondo, hemos puesto elementos probatorios en todas las categorías y al final solo se ha contemplado en una”, señala por teléfono Patxi Nicolau, que cree que el juicio podía haberse hecho “con muchas más” pruebas que Cirugía Plástica. Sin embargo, se felicita de que la “acción” de ESK desde 2018, más allá del resultado del proceso penal, implicara “la dimisión de un consejero”, por Darpón, y el cambio en toda la “cúpula” de Osakidetza. “Con ello, el PNV reconoce implícitamente que lo que hemos defendido, ese sistema estructural de adjudicación de plazas, era real. Que futuras OPE hayan mitigado la posibilidad de esas filtraciones pone en valor nuestro trabajo”, explica Nicolau, que agradece expresamente la denuncia inicial de tres anestesistas que luego desató la bola de nieve, Marta Macho, Roberto Sánchez y Manoel Martínez.

elDiario.es/Euskadi

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