El Superior vasco también da portazo al SMI propio y desestima la demanda de ELA y LAB para forzar a Confebask a negociar
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) presidida por Garbiñe Biurrun también ha dado un portazo a la posibilidad de que se negocie un SMI vasco, y ha desestimado la demanda de ELA y LAB con la que se pretendía forzar judicialmente a la patronal a sentarse a negociar esta medida con los sindicatos. La sala considera que no puede forzarse a los empresarios a negociar este salario porque “afectaría a todas las personas trabajadoras”, es decir, estén sujetas a un convenio o no, y esa es una competencia que es del Gobierno central. Lo que significa que considera justificada la negativa de Confebask a no sentarse en las mesas de negociación.
ELA y LAB basaban su demanda en considerar que la negativa de Confebask a constituir una mesa era contraria al deber de negociar de buena fe recogido en el Estatuto de los Trabajadores. El tribunal señala, sin embargo, que la petición de las centrales no está referida a un “salario profesional del convenio”, sino a un “salario o retribución mínima” que “afectaría a todas las personas que trabajan” en Euskadi. Un SMI, que como recuerda el tribunal, el Estatuto de los Trabajadores atribuye al Gobierno central su fijación anual previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas.
El Tribunal señala que la negociación colectiva consagrada en la Constitución “es la vía más adecuada para fijar los salarios”, pero matiza que ese papel de la negociación colectiva no puede extenderse a la fijación de un SMI o “salario o retribución mínima para todas las personas trabajadoras en los exactos términos de la pretensión ejercitada en la demanda” de las centrales porque tal materia es competencia del Gobierno central y afecta “a materias vedadas a dicha negociación colectiva”.
“En consecuencia, no siendo la materia de un salario o retribución mínima para las personas trabajadoras que presten servicios en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi/País Vasco susceptible de ser objeto de la negociación colectiva -acuerdo interprofesional, en el caso- no puede considerarse que la organización empresarial demandada haya vulnerado su deber de negociación que, con carácter general, se impone en el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores”, concluye el TSJPV en la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida.
A la espera de si las centrales deciden presentar un recurso o no, la sentencia es un nuevo golpe en el camino que han emprendido los sindicatos nacionalistas para que Euskadi tenga un salario mínimo propio más alto que en el Estado para ser más acorde con el nivel de vida y los precios en la comunidad autónoma. Estos sindicatos, que el 17 de marzo han convocado una huelga general en Euskadi por este motivo se han unido con otros sindicatos nacionalistas para reclamar a los partidos apoyo en el Congreso de los Diputados a que se modifique el Estauto de los Trabajadores para otorgar competencias sobre el SMI a las comunidades autónomas. Ya fracasaron en conseguir que se tramitara en el Parlamento Vasco una ILP en este mismo sentido, pese a que recogieron 138.495 firmas de apoyo.
Los sindicatos han intentado reunirse con Confebask para negociar el SMI tres veces. El último intento de encuentro entre patronal y sindicatos sobre este tema fue en el mes de octubre, en el acto de conciliación previo a que se presentara la demanda ante los tribunales. El primer intento de negociación se realizó en febrero del año pasado. La patronal se sentó en la mesa del CRL con todos los sindicatos -también con CCOO y UGT-, pero sólo para confirmar 'in situ' que no pensaba negociar nada sobre este asunto. Ni las presiones de los sindicatos ni los llamamientos del Gobierno a la negociación consiguieron que acudiera a un segundo intento.
La patronal señala que admiten una negociación sobre salarios en el ámbito de la mesa de diálogo social, y de forma conjunta con otras materias. En esta mesa se sientan por la parte sindical CCOO y UGT que defienden un salario mínimo propio, pero de convenio, es decir, sólo sujeto a la negociación colectiva y, por lo tanto, no extensible a todos los trabajadores.