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El Tribunal Supremo confirma la condena contra Sito Miñanco por blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico

El narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, Sito Miñanco,EFE / Salvador Sas/Archivo

elDiario.es Política

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por delito de blanqueo de capitales agravado al narcotraficante gallego José Ramón Prado Bugallo, conocido como Sito Miñanco, si bien la Sala reduce la pena de cuatro años de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Pontevedra a tres años y nueve meses al apreciar dilaciones indebidas en la causa, que se inició en 2009.

Igualmente, se ratifica la condena, con reducciones de penas por el mismo motivo, a la primera esposa de Sito Miñanco, Rosa Pouso; a su hija mayor, Rosa Prado Pouso; y al empresario Jose Alberto Agüin. El tribunal absuelve del mismo delito a la excuñada del narcotraficante porque los hechos por los que se le condenó no son concluyentes y suscitan una duda razonable que obliga a la absolución por el principio de presunción de inocencia.

La Sala Segunda del Supremo impone a Prado Bugallo tres años y nueve meses de prisión y una multa de cinco millones de euros -la Audiencia Provincial fijaba seis millones-; así como tres años y seis meses y multa de cinco millones a su exesposa; tres años y tres meses y multa de cuatro millones a su hija; y tres años y seis meses y multa de cinco millones al empresario Jose Alberto Agüin. Todos había sido condenados inicialmente por la Audiencia Provincial a cuatro años de cárcel.

La sentencia ratifica el resto de pronunciamientos de la Audiencia, que incluyen la clausura definitiva de la Inmobiliaria San Saturnino S.L. y el comiso de la totalidad de los bienes reflejados en los hechos probados.

El tribunal considera acreditado que los condenados formaron una estructura organizada marcada por intensos vínculos personales de sus integrantes y que blanquearon dinero procedente del narcotráfico entre 1988 y 2012, a través de sociedades instrumentales “constituidas para la ocultación y retorno de las ganancias obtenidas o vinculadas con las actividades de una enorme magnitud cuantitativa y cualitativa de narcotráfico en las que participó Sito Miñanco.

A juicio de la Sala, los hechos objetivos acreditados conducen a la conclusión de que Prado Bugallo “creó un modelo de transformación de las ganancias ilícitas derivadas de su actividad criminal prolongado durante más de 20 años en el que participaron las personas más próximas de su círculo más íntimo personal y familiar”.

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