Ilegalidad en la Junta de la Federación de Mujeres Jóvenes

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En un comunicado, las Asociaciones de Mujeres Jóvenes de Madrid y Valencia, acusan a la actual presidenta de la Junta Directiva de la Federación de Mujeres Jóvenes, Gimena Llamedo González, de vulnerar la ley, ya que desde el pasado 11 de junio, Gimena juró su cargo como concejala del PSOE en el ayuntamiento de Parrés (Asturias), hecho que prohíben expresamente los estatutos de la Federación.

El comunicado explica que el artículo 25 de los estatutos de la Federación Mujeres Jóvenes establece: “La Junta ejercerá su mandato durante dos años salvo que se estime lo contrario, pudiendo sus componentes ser reelegidas. No se podrá ser simultáneamente miembra de la Junta Directiva y cargo electo representando a algún partido político (…)”.

Las asociaciones de Valencia y Madrid afirman que han solicitado a la Junta Directiva, en reiteradas ocasiones, que se convocara una Asamblea General Extraordinaria para elegir a la nueva Junta. Solución que aportan los estatutos en caso de que suceda una situación como la actual.

El mismo comunicado solicita que “ante esta situación de ilegalidad, se invaliden los acuerdos que haya suscrito la actual Junta Directiva compuesta por Gimena Llamedo (presidenta), Soraya Vega (vicepresidenta), Sonia Cabrero del Amo (secretaria general), Patricia Benavente (tesorera) y las vocales: María Gil Villaescusa, Susana Martín Gijón y Felicidad Martí”.

Las Asociaciones de ambos territorios, de Madrid y Valencia, no quieren que en un futuro se acuse a la Federación Mujeres Jóvenes de no acatar las leyes. El colectivo asegura que desde el primer momento se informó a la Junta Directiva sobre la situación a la que se podía llegar si la presidenta juraba su cargo como concejala, por su parte la Junta Directiva no dio ninguna respuesta.

Por otro lado la Asociación de Mujeres Jóvenes de Madrid sostiene que la presidenta no se ha puesto en contacto con ellas previamente a la difusión del comunicado para informarlas de la convocatoria de una asamblea extraordinaria, ya que es el procedimiento a seguir, pero sí que lo ha hecho tras la publicación del escrito, que ha escrito a la Asociación indicando que presentaba su dimisión, aunque no hay constancia de la convocatoria de una asamblea extraordinaria.

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