La pensión aumentará un 15% para quienes se jubilen a los 70
En concreto, la norma, que próximamente será aprobada por el Senado, permitirá que aquellos trabajadores que se jubilen con 66 o más años vean incrementada un 2% su pensión por cada año cotizado después de los 65 años.
Este porcentaje será del 3% si se acreditan carreras de cotización de 40 años, de tal forma que si un trabajador se mantiene en activo hasta los 70 y ha cotizado 40 o más años, verá mejorada su pensión un 15%. La ley establece además que en los casos en que se supere la pensión máxima, se reconocerá el derecho a percibir anualmente una cantidad a tanto alzado, cuyo importe dependerá de los años cotizados.
Caldera, que intervino en la Conferencia Ministerial de la ONU sobre Envejecimiento que se celebra en la capital leonesa, señaló además que la reforma de pensiones permitirá a los empresarios mantener a los trabajadores mayores de 65 años si el empleado lo decide y sin costes para la empresa.
“Las personas mayores viven cada vez mas y hay que adoptar medidas de sostenibilidad para el futuro. Hemos pedido a los ciudadanos que si quieren mantenerse en el empleo por encima de la edad de jubilación, pueden hacerlo y para ello tendrán incentivos”, recordó el ministro, que subrayó que ello será beneficioso para el futuro del sistema de protección social.
La reforma de la Seguridad Social es fruto del acuerdo que firmaron el Gobierno y los agentes sociales en el Palacio de La Moncloa el 13 de julio de 2006. El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley en febrero de este año y el pasado 13 de septiembre recibió el visto bueno del Pleno del Congreso.
El proyecto no sufrió grandes cambios a su paso por la Cámara Baja, aunque se introdujeron varias enmiendas para mejorar la protección de huérfanos, discapacitados y viudas con hijos menores.
Además de incentivar la prolongación de la vida laboral, la reforma de la Seguridad Social reconocerá la pensión de viudedad a las parejas de hecho, exigirá más tiempo de cotización efectivo para cobrar una pensión de jubilación y endurecerá los requisitos de acceso a la jubilación parcial.
Con el fin de incrementar la correspondencia entre aportaciones y prestaciones, la reforma sitúa el periodo mínimo de cotización para acceder a la pensión de jubilación en 5.475 días efectivos (15 años) de cotización, frente a los 4.700 días de cotización (12,5 años) que se exigen en la actualidad.
La reforma incluye también medidas para mejorar las pensiones causadas antes del 1 de enero de 2002 por trabajadores con 60 o más años que, acreditando 35 o más años de cotización, accedieron a la jubilación anticipada tras un despido. En este sentido, se considerará involuntaria la extinción de la relación laboral que se produzca dentro de un expediente de regulación de empleo (ERE).
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