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Tolerancia cero con las drogas y el alcohol al volante

Tolerancia cero con las drogas y el alcohol al volante

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La Dirección General de Tráfico (DGT) desplegará, desde este lunes y hasta el 16 de agosto, una nueva campaña de control de presencia de alcohol y drogas en conductores con el objetivo de confirmar la tendencia reflejada en las últimas campañas, que muestran un claro descenso en las cifras de positivos y, por tanto, un cambio de comportamiento de los conductores.

También pretende disuadir del binomio alcohol-conducción y concienciar sobre el peligro de conducir después de haber ingerido bebidas alcohólicas. Además el objetivo es extender este tipo de controles preventivos de drogas, reducir los accidentes de tráfico provocados por el consumo de sustancias estupefacientes al volante y crear mayor conciencia de los riesgos que supone conducir habiendo consumido drogas, similar a la que ya se tiene con el alcohol y la conducción.

Desde la Delegación de Gobierno de La Rioja recuerdan también la importancia de que en la carretera “hay que ser consecuente”. Por ello, “todos somos responsables y debemos tratar de impedir que otras personas que hayan bebido conduzcan. En todo caso, insisten, nunca subas al coche con él”.

Normativa aplicable

Desde el departamento que dirige Alberto Bretón inciden en que la Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción administrativa está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.

En cuestión de alcohol, se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas, Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

Permiso por puntos

Para tasas de más de 0,50 mg/l de aire espirado para conductores en general o más de 0,30 mg/l para conductores profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad, se restarán 6 puntos. Para tasas superiores a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). Se restarán 4 puntos.

También se penaliza con la pérdida de 6 puntos el incumplimiento de la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia. La presencia de drogas en el organismo llevará aparejada igualmente una detracción de 6 puntos.

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