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La Justicia tumba las plazas en euskera de la OPE de Educación

El consejero José Luis Mendoza.

N. Elia

Varapalo judicial para la polémica Oferta Pública de Empleo que, tras una sonada polémica, aprobó a principios el Gobierno de Navarra a propuesta del departamento de Educación. De las 200 plazas de profesores en especialidades propuestas por el titular del departamento, José Luis Mendoza, el TSJN ha anulado ahora las 108 plazas reservadas para euskera. Aunque el auto puede recurrirse, la presidenta Barkos ha “lamentado profundamente” el pronunciamiento judicial y ha admitido que en el departamento que dirige Mendoza se han producido “desaciertos absolutos, y además reconocidos”.

El TSJN estima el recurso presentado por el sindicato Afapna contra la OPE de 200 plazas de personal docente no universitario aprobada el pasado mes de febrero por el Gobierno. El sindicato de la enseñanza pedía, concretamente, la anulación de las plazas convocadas de maestro en euskera: 10 de ecuación física, 10 de música, 20 de pedagogía terapéutica, 25 de inglés y 35 de euskera. En su auto, el TSJN admite la petición sindical y considera que las citadas plazas son contrarias a derecho.

Entiende el tribunal que, para que dichas plazas sean ajustadas a derecho, tendrían que figurar dentro de la plantilla orgánica del departamento de Educación como vacantes que requieren el conocimiento de euskera para su obtención.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN expone que, según el artículo 18.1 del decreto foral 29/2003 para el uso del vascuence en la administración foral, las administraciones públicas, mediante resolución motivada, indicarán en sus respectivas plantillas orgánicas los puestos de trabajo para los que el conocimiento del euskera sea preceptivo para poder acceder a los mismos, en función del contenido competencial y de la demanda.

La OPE de maestros reservaba sin embargo 108 plazas para euskera sin haber alterado la estructura orgánica del departamento previamente, es decir, sin asignar a dichas plazas el carácter de preceptivo conocimiento de euskera.

El TSJN afianza así la tesis de Afapna, consideraba que el departamento de Educación incumplió los criterios establecidos en la plantilla orgánica, puesto que la misma no especifica en qué puestos de trabajo es requisito el conocimiento del euskera para acceder a dichas plazas. Las vacantes, según Afapna, figuran desde hace años en una sola bolsa de trabajo, sin adscripción a ningún centro, con la única indicación de si son plazas de maestros (nivel B) o de profesor de Secundaria (nivel A). El decreto foral, en cambio, contenía una relación de vacantes que recogía la diferencia entre castellano o euskera que no existe en la plantilla orgánica.

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