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El Constitucional dictamina que los menores transexuales podrán cambiar su género en los registros públicos

18 julio 2019 - 14:44 h

El Tribunal Constitucional ha decidido que los menores transexuales tienen derecho a anotar su cambio de sexo en los registros públicos, frente a la legislación vigente que se lo impide. La medida supone para este colectivo la posibilidad de cambiar los datos de su DNI, adecuándolos a su verdadera identidad. El artículo 1 de la ley que regula el cambio registral relativo al sexo obliga a ser mayor de edad para acometer una variación de estas características. El alto tribunal acaba de sentenciar que el articulado de esa ley vulnera los principios de la Constitución.

En España está permitido que los menores de edad procedan al cambio de nombre en su documento nacional de identidad, pero no se les autoriza alteraciones en la casilla relativa al sexo. El artículo 1 de la ley que regula los cambios de sexo en los registros dice que “toda persona de nacionalidad española, mayor de edad y con capacidad suficiente para ello, podrá solicitar la rectificación de la mención registral relativa al sexo”.

Lo cuenta Gonzalo Cortizo.

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