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Los plazos a partir de ahora: el próximo presidente se elegirá a las puertas de 2020

El Palacio de La Moncloa, sede del Gobierno.

Gonzalo Cortizo

Nuevas elecciones y nuevo calendario. Hasta el filo de 2020 como pronto no habrá un Gobierno plenamente operativo. Por mucho que corran los plazos y las negociaciones que deberán producirse tras los comicios del 10N, la sesión de investidura no podrá celebrarse hasta la semana del 16 de diciembre.

Tras las nuevas elecciones está previsto que las Juntas Electorales Provinciales realicen el recuento definitivo en torno al 13 de noviembre. En la semana del 18 de ese mismo mes, los primeros diputados empezarán a tramitar sus actas y presentar sus declaraciones de bienes e intereses. Se repite un procedimiento que muchos de ellos (si no hay vuelcos en las listas) ya cumplieron el pasado mes de mayo.

La sesión constitutiva de la cámara se celebrará previsiblemente entre los días 4 y 5 de diciembre, momento en el cual las diferentes formaciones pactarán el reparto de la Mesa del Congreso. Todo el mecanismo vuelve a la casilla de salida: la formación más votada propondrá un presidente del Congreso y el reparto de poder en la Mesa se decidirá en función de los resultados obtenidos.

Si todo transcurre con celeridad, el rey podría convocar la primera ronda de consultas en la semana del 9 de diciembre y, en caso de que designe un candidato, encauzar la jornada de investidura para la semana del 16 de ese mismo mes. Si por el contrario las formaciones políticas no alcanzan un acuerdo, habría que esperar hasta 2020 para tener opciones de investir a un presidente y configurar un Consejo de Ministros con plena capacidad de actuación.

Hasta que haya presidente, el Gobierno seguirá en funciones, una condición en la que se encuentra desde la disolución del Parlamento previa a las elecciones del 28 de abril. Esa condición limita la acción del Ejecutivo y solo le permite la gestión de los asuntos “ordinarios” del día a día.

Los diputados y senadores dejarán de serlo el próximo 23 de septiembre, coincidiendo con la nueva disolución de las Cortes, y solo mantendrán esa condición aquellos que pertenecen a la Diputación Permanente, el órgano parlamentario que se mantiene de guardia en los tiempos en los que la cámara no está configurada. A pesar de ello todos los parlamentarios que lo deseen seguirán cobrando su salario, siempre y cuando soliciten la “indemnización de transición” que les permite seguir cobrando del Congreso siempre y cuando no reciban otro salario público o privado.

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