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El TC estudiará la suspensión como diputados de Sànchez, Rull y Turull

Los diputados electos de JxCAT en prisión preventiva Josep Rull, Jordi Sànchez (d) y Jordi Turull (c), antes del inicio de la sesión constitutiva de las Cortes Generales en el Congreso de los diputados de Madrid.

EFE

Madrid —

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El Tribunal Constitucional estudiará la suspensión como diputados de tres acusados en el caso “procés”, Jordi Sànchez, Josep Rull y Jordi Turull, si bien ha rechazado suspender las resoluciones de la Mesa del Congreso con las que se acordó esta medida al no apreciar la urgencia excepcional necesaria.

El pleno del tribunal de garantías ha admitido a trámite los recursos de los tres acusados -que se encuentran en prisión preventiva a la espera de la sentencia del “procés”- contra los acuerdos de la Mesa del Congreso del pasado 24 de mayo y 11 de junio que acordaron su suspensión como diputados, según informa el TC.

Los tres diputados suspendidos de Junts per Catalunya también solicitaron suspender estos acuerdos, si bien el Constitucional ha rechazado su petición al no contemplar la urgencia excepcional necesaria, por lo que ha acordado abrir una pieza separada y conceder un plazo de tres días a la Fiscalía y a los recurrentes para que presenten alegaciones.

Para admitir a trámite los recursos de Sànchez, Rull y Turull -acusados de rebelión en el Supremo- los magistrados del Constitucional han estimado que concurre “una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina” en el tribunal y porque “el asunto trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales”.

El pasado 24 de mayo, la Mesa del Congreso acordó suspender a cuatro diputados catalanes presos -Oriol Junqueras, Rull, Turull y Sànchez- tras contar con el aval de los letrados de la Cámara, que apuntaron a la suspensión “automática” sustentada en el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).

Señala este precepto: “Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión”.

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