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Las teles autonómicas ganan la guerra con Hacienda: el Supremo establece que no pagan IVA por las subvenciones

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Alberto Pozas

4 de marzo de 2024 12:25 h

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Las televisiones autonómicas han ganado un pleito de cientos de millones de euros con Hacienda. El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que los entes públicos de las comunidades autónomas no tienen que pagar IVA por las subvenciones que reciben de las administraciones regionales. “Las subvenciones recibidas por las sociedades que prestan servicios de radiodifusión pública no tienen naturaleza de contraprestación, no siendo por ello onerosa tal actividad y, por ende, no está sujeta al IVA”, dice la sentencia del Supremo examinada por elDiario.es.

Los jueces han estimado el recurso que la televisión pública de Castilla-La Mancha interpuso contra la decisión de la Agencia Tributaria de establecer que estas subvenciones estaban sujetas al pago del Impuesto sobre el Valor Añadido. Este es el primer caso que ha estudiado el Tribunal Supremo y marca el camino a reclamaciones y pleitos de varias televisiones y radios autonómicas por valor de cientos de millones de euros por el IVA de las subvenciones. Los datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) revelan que en 2022 estas televisiones recibieron 923,4 millones de euros de financiación pública.

El Supremo explica que los entes públicos informativos de radio y televisión tienen una “naturaleza dual”. Por un lado, la prestación del servicio público no sujeto a IVA por ser una actividad de “interés general”, y por otro la comercialización de sus productos, por ejemplo la publicidad, que sí está sujeto al pago de este tributo. La respuesta del Supremo es clara: “Los importes que reciben de la Junta de Castilla-la Mancha a través del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha para su financiación, no forman parte de la base imponible del IVA”.

En el caso de la televisión y la radio públicas de Castilla-La Mancha, el Supremo reconoce su derecho a recuperar 11 millones de euros, y debe ser la propia administración tributaria la que lo haga “sin demora”. Sin que le ente público tenga que iniciar, por tanto, un proceso de devolución de ingresos, mucho más largo y complejo.

El caso de Castilla-La Mancha

La televisión pública de Castilla-La Mancha reclamó las primeras decisiones de Hacienda y los tribunales económicos le dieron parcialmente la razón, aunque entraron en un asunto que aumentaba la factura fiscal del ente público: estableció que las subvenciones que recibía un televisión pública están sujetas al pago de IVA. En su caso, y en este pleito en concreto, eran 11 millones de euros.

La Audiencia Nacional confirmó esta decisión y el Supremo admitió a trámite el recurso del ente público al entender que era necesario unificar criterios y dar la misma respuesta a todas las televisiones que habían reclamado su caso.

Hay más pleitos de otros entes autonómicos, tanto televisiones como radios, que acumulan más de 400 millones de euros en reclamaciones ante la administración.

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