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Hacienda contra las teles autonómicas: el Supremo decide si pagan cientos de millones por IVA de las subvenciones

Una cámara de televisión en la entrada de CMM en un debate electoral

Alberto Pozas

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El Tribunal Supremo estudiará esta semana un pleito en el que las televisiones públicas autonómicas de todo el país se juegan cientos de millones de euros: si tienen o no que pagar IVA por las subvenciones que reciben de los gobiernos autonómicos, al menos, hasta 2017. Los jueces, según ha sabido elDiario.es, analizan el caso de la televisión de Castilla-La Mancha contra la decisión de Hacienda de obligar a pagar este impuesto por las subvenciones autonómicas que recibió hace más de una década de la administración regional. El Supremo tiene otros recursos similares en marcha y las televisiones mantienen reclamaciones que superan los 400 millones de euros entre todas.

La guerra tributaria entre el fisco y casi todas las televisiones autonómicas se centra, desde hace una década, en las subvenciones que reciben anualmente de los ejecutivos regionales en sus presupuestos, su principal vía de financiación, pero también en los impuestos que deben o no pagar por actividades como los espacios publicitarios o el servicio público que ofrecen.

La cifra de estas subvenciones suman cientos de millones de euros cada ejercicio. Según el último informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), en 2022 las autonómicas recibieron 923,4 millones de euros en financiación pública, desde los 8,5 euros por habitante de Castilla y León hasta los 64,8 del País Vasco pasando por Galicia (38,5 euros por habitante) o Catalunya (34,4 euros por habitante). Las radios, por su parte, recibieron 75,2 millones de euros en total.

En 2017 la legislación cambió y el Gobierno de Mariano Rajoy intentó zanjar la batalla especificando que estas subvenciones no están sujetas al pago de IVA. Pero para entonces los pleitos se amontonaban en la mesa de los tribunales económicos y de los jueces de lo contencioso-administrativo. Esta semana el Tribunal Supremo estudia el primero, que marcará el camino al resto de reclamaciones de otros canales: el de la televisión y la radio públicas de Castilla-La Mancha.

El ente público castellanomanchego llevó ante la Justicia varias liquidaciones de Hacienda por el IVA tanto de la televisión como de la radio entre 2012 y 2014, liquidaciones que entre todas sumaban 1,8 millones de euros. La respuesta de los tribunales administrativos empeoró su situación: Hacienda estableció que eran sujetos pasivos duales, diferenciando entre su actividad publicitaria y el servicio público que prestaban, pero también condenó a las televisiones y radios a pagar IVA por las subvenciones que cobraban.

“Las subvenciones percibidas constituyen la contrapartida del servicio de elaboración y emisión de una determinada programación televisiva y radiofónica y, por tanto, forman parte de la base imponible del IVA”, contestó el Tribunal Económico-Administrativo Central al ente público de Castilla-La Mancha. El recurso también fracasó ante la Audiencia Nacional y el caso ha llegado finalmente al Tribunal Supremo con la televisión pública denunciando que, paradójicamente, sus alegaciones han sido estimadas en parte pero que el resultado es una factura todavía mayor que la que tenía que pagar en un primer momento.

El primer pleito en el Supremo

Los tribunales han admitido diversos recursos de varias televisiones en casos similares pero, según fuentes del caso, esta será la primera sentencia que dicte la sección de lo contencioso del Tribunal Supremo especializada en impuestos. El recurso de la televisión pública de Castilla-La Mancha fue admitido a trámite en noviembre del año pasado y ya entonces los jueces dejaron claros los motivos por los que aceptaban estudiarlo: era el primer caso que llegaba a su mesa y podía afectar a muchos otros.

A lo largo del proceso, parte del debate ha girado en torno a cómo debe considerarse fiscalmente el servicio que prestan las televisiones y radios autonómicas y, por tanto, qué consideración económica tiene el caudal de millones de euros públicos que cada año reciben de los gobiernos autonómicos.

“La emisión de progamación no puede considerarse como una prestación de servicios al no tener un destinatario concreto”, decía el ente público de Castilla-La Mancha en sus alegaciones. Los tribunales económicos, por su parte, decidieron que estas televisiones prestan unos servicios a los ciudadanos, que son el “acreedor” y eso convierte a la administración regional en “deudora”.

El resultado, a día de hoy, es una serie de pleitos y reclamaciones entre Hacienda y las televisiones autonómicas que suma cientos de millones de euros en juego pendientes de esta sentencia. Solo en el caso de TV3, por ejemplo, una de las reclamaciones de Hacienda supera los 160 millones de euros. La televisión pública aragonesa, en sus sucesivas cuentas consolidadas, deja constancia de pleitos y reclamaciones por este concepto que superan los 40 millones de euros.

El Tribunal Supremo decidió admitir a trámite el recurso de la televisión de Castilla-La Mancha al entender que “conviene un pronunciamiento que sirva para dar respuesta” a las alegaciones del ente público, que marcarán el camino del resto de recursos y pleitos similares. “Esta cuestión está siendo resuelta de forma contadictoria por distintos tribunales”, reconoce. Y pone encima de la mesa varios pronunciamientos de los tribunales europeos que podrían cuestionar el criterio de Hacienda. Casos procedentes de Francia, de la República Checa y de Bulgaria.

El caso de la televisión búlgara tiene especial peso en este procedimiento. En septiembre de 2021 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que la normativa comunitaria considera que el servicio que ofrece una televisión pública “no constituye una prestación de servicios a título oneroso”, y que por tanto no tenían que pagar IVA.

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