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El decreto de las prórrogas automáticas del alquiler solo entrará en vigor si se convalida

6 octubre 2026 - 13:04 h
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, comparece en rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros.

El segundo decreto no entrará en vigor hasta que no lo convalide la Diputación Permanente. Se vuelve a aprobar separado y da como automática la renovación por cinco años (siete si el dueño es una empresa) de los contratos de alquiler si ninguna de las partes ha comunicado la voluntad de no extenderlo, seis meses antes en el caso del propietario, dos del inquilino. Si el casero no cumple con esa prórroga, deberá pagar una indemnización de un año de rentas al inquilino. Si alguien compra la vivienda, el nuevo propietario será el responsable de abonar esa cuantía.

Las excepciones que permitirán al propietario no pagar esa indemnización son: que el casero necesite el piso o bien el cónyuge en caso de divorcio, una ausencia no justificada del inquilino durante seis meses, que el inquilino tenga ya otro piso en la misma ciudad, si hay otro contrato entre las partes de cinco años o si el casero es vulnerable. Sobre la prórroga indefinida, que se publicará en un segundo decreto, puedes leer más en este enlace.

Si sale adelante, se superpone a las prórrogas extraordinarias. Pero, a priori, no cuenta con los apoyos.

Informa Germán Aranda Millán.

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